Logo El Peruano
Fecha de publicación: 02/04/2015
RESOLUCION MINISTERIAL N� 088-2015-PCM - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
background image
El Peruano
Jueves 2 de abril de 2015
549972
en el �mbito de sus jurisdicciones y en el marco de sus
competencias, y compromete la participaci�n activa de
todas las instituciones e instancias del sector privado.
Art�culo 5.- Financiamiento
La implementaci�n de lo dispuesto en la presente
Resoluci�n Ministerial se efectuar� con cargo al
Presupuesto Institucional de cada entidad, sin demandar
recursos adicionales al Tesoro P�blico.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
ANA JARA VEL�SQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
1220089-4
Aprueban tupA Modelo de los
procedimientos
Administrativos
de Licencia de Funcionamiento e
Inspecciones t�cnicas de Seguridad en
Edificaciones para las Municipalidades
provinciales y Distritales
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 088-2015-PCM
Lima, 31 de marzo de 2015
VISTOS: El Memor�ndum N� 242-2015-PCM/
SGP, Informe N� 011-2015-PCM-SGP.LAHB y dem�s
antecedentes remitidos por la Secretar�a de Gesti�n
P�blica de la Presidencia de Consejo de Ministros;
CONSIDERANDO:
Que, la Constituci�n Pol�tica del Per�, establece en
su art�culo 194 que las municipalidades provinciales y
distritales son los �rganos de gobierno local que cuentan
con autonom�a pol�tica, econ�mica y administrativa en
los asuntos de su competencia, dentro de los cuales
se encuentra la creaci�n, modificaci�n y supresi�n de
contribuciones, tasas, licencias y derechos municipales
conforme a ley;
Que, asimismo la Carta Fundamental en su art�culo
195 reconoce que los gobiernos locales promueven
el desarrollo y la econom�a local, y la prestaci�n de los
servicios p�blicos de su responsabilidad, en armon�a con
las pol�ticas y planes nacionales y regionales de desarrollo,
teniendo competencia para fomentar la competitividad,
las inversiones y el financiamiento para la ejecuci�n de
proyectos y obras de infraestructura local;
Que, as� tambi�n, el art�culo 119 de la acotada norma,
se�ala que la direcci�n y la gesti�n de los servicios
p�blicos est�n confiadas al Consejo de Ministros; y a
cada ministro en los asuntos que competen a la cartera
a su cargo;
Que, el art�culo 4 de la Ley N� 29158, Ley Org�nica
del Poder Ejecutivo, estipula que el Poder Ejecutivo
tiene como parte de sus competencias exclusivas,
el dise�o y supervisi�n de las pol�ticas nacionales y
sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio
por todas las entidades del Estado en todos los niveles
de gobierno;
Que, mediante Decreto Supremo N� 043-2013-
PCM se aprueba la Pol�tica Nacional de Modernizaci�n
de la Gesti�n P�blica, constituy�ndose en el principal
instrumento orientador de la modernizaci�n de la gesti�n
p�blica en el Per�, que establece la visi�n, los principios
y lineamientos para una actuaci�n coherente y eficaz del
sector p�blico, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo
del pa�s;
Que, el dispositivo en menci�n, prescribe como uno
de los Pilares centrales de la Pol�tica de Modernizaci�n
de la Gesti�n P�blica, la implementaci�n de la gesti�n por
procesos, simplificaci�n administrativa y la organizaci�n
institucional de las entidades p�blicas, a fin de que brinden
a los ciudadanos servicios de manera m�s eficiente y
eficaz y logren resultados que los beneficien;
Que, la Secretar�a de Gesti�n P�blica de la Presidencia
del Consejo de Ministros, como ente rector del Sistema
Administrativo de Modernizaci�n de la Gesti�n P�blica,
viene impulsando un proceso de Modernizaci�n de
la Gesti�n P�blica a fin de promover en el Per� una
Administraci�n P�blica eficiente, enfocada en resultados y
que rinda cuentas a los ciudadanos;
Que, en ese sentido, a trav�s de los documentos
de Vistos, la Secretaria de Gesti�n P�blica refiere que
en coordinaci�n con el Centro Nacional de Estimaci�n,
Prevenci�n y Reducci�n del Riesgo de Desastres
� CENEPRED, ha formulado un TUPA Modelo que
comprende los procedimientos administrativos de
Licencia de Funcionamiento e Inspecciones T�cnicas de
Seguridad en Edificaciones (ITSE) para los gobiernos
locales, precisando que cumple con los criterios legales
para la formulaci�n de un procedimiento a iniciativa
de parte y la forma en que se determinan los plazos de
atenci�n y derechos de tramitaci�n de los procedimientos
ITSE y la diligencia de levantamiento de observaciones,
encontr�ndose acorde con el marco legal previsto en el
Reglamento de ITSE aprobado por Decreto Supremo
N� 058-2014-PCM y la propia Ley N� 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, entre otros que
indica para sustentar la aprobaci�n del TUPA Modelo;
Que, el TUPA Modelo que se aprueba contribuir�
con los esfuerzos relacionados a la simplificaci�n
administrativa, ya que permitir� mejorar la calidad, la
eficiencia y la oportunidad de los procedimientos y
servicios administrativos que la ciudadan�a realiza ante
la administraci�n p�blica, que tiene como objetivo la
eliminaci�n de obst�culos o costos innecesarios para la
sociedad, que genera el inadecuado funcionamiento de la
Administraci�n P�blica y produce adem�s una afectaci�n
a las condiciones de predictibilidad y a los principios de
legalidad, razonabilidad y uniformidad establecidos en el
art�culo IV del T�tulo Preliminar de la Ley N� 27444- Ley del
Procedimiento Administrativo General;
Que, en consecuencia, atendiendo a las facultades con
las que cuenta la Presidencia del Consejo de Ministros,
resulta necesario aprobar el TUPA Modelo que uniformice
las reglas para la difusi�n de algunos procedimientos
administrativos que autorizan la realizaci�n de actividades
sociales y econ�micas previstos en los TUPA de las
municipalidades del pa�s;
Que, la determinaci�n de los procedimientos de
Licencia de Funcionamiento y de Inspecciones T�cnicas
de Seguridad en Edificaciones que componen el TUPA
Modelo ha sido formulada por la Secretar�a de Gesti�n
P�blica, �stos �ltimos de manera consensuada y con la
validaci�n del Centro Nacional de Estimaci�n, Prevenci�n
y Reducci�n del Riesgo de Desastres- CENEPRED, como
ente rector en la materia, seg�n se desprende del Oficio
N� 148-2015/CENEPRED-1.0, de fecha 13 de febrero de
2015;
De conformidad con la Ley N� 29158- Ley Org�nica del
Poder Ejecutivo; la Ley N� 27444- Ley del Procedimiento
Administrativo General; el Decreto Supremo N� 004-2013-
PCM, que aprueba la Pol�tica Nacional de Modernizaci�n
de la Gesti�n P�blica; y, el Decreto Supremo N� 063-2007-
PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de
Organizaci�n y Funciones de la Presidencia del Consejo
de Ministros;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Alcance
Las disposiciones establecidas en la presente
Resoluci�n, son de observancia obligatoria para todas las
municipalidades provinciales y distritales del pa�s, a cargo
de la tramitaci�n de los procedimientos administrativos de
Licencia de Funcionamiento y de Inspecciones T�cnicas
de Seguridad en Edificaciones (ITSE) que forman parte
de sus Textos �nicos de Procedimientos Administrativos
(TUPA).
Art�culo 2.- Aprobaci�n del TUPA Modelo
Apru�bese el Anexo N� 1 como parte integrante
de la presente Resoluci�n denominado "TUPA Modelo
de los procedimientos administrativos de Licencia de
Funcionamiento e Inspecciones T�cnicas de Seguridad
en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y
Distritales", que se detallan en el citado Anexo y que las
municipalidades por exigencia legal deben publicar en sus
respectivos TUPA para su tramitaci�n.
Art�culo 3.- Contenido y uso obligatorio del TUPA
Modelo
El TUPA Modelo aprobado en el art�culo 2 de la
presente Resoluci�n, es de uso obligatorio en los
background image
El Peruano
Jueves 2 de abril de 2015
549973
procesos de aprobaci�n y modificaci�n de los TUPA de las
municipalidades se�aladas en el art�culo 1 de la presente
norma. Los requisitos, plazos y calificaci�n de cada
procedimiento administrativo que las municipalidades se
encuentran facultadas a solicitar por mandato legal a los
administrados, ser�n �nicamente las establecidas en el
TUPA Modelo.
Art�culo 4.- Facultad de las municipalidades de
establecer condiciones m�s favorables
Las municipalidades comprendidas en el art�culo 1
de la presente Resoluci�n se encuentran facultadas a
establecer condiciones m�s favorables en la determinaci�n
de los procedimientos administrativos que forman parte del
Anexo N� 1, a trav�s de la exigencia de menores requisitos,
plazos de atenci�n o una calificaci�n m�s favorable a los
establecidos legalmente.
Art�culo 5.- Adecuaci�n de los TUPA de las
municipalidades al TUPA Modelo
El TUPA Modelo aprobado en la presente
Resoluci�n deber� ser aplicado obligatoriamente en
la siguiente modificaci�n del TUPA que realicen las
municipalidades comprendidas en los alcances del
art�culo 1, as� como para la publicaci�n referida en el
numeral 38.3 del art�culo 38 de la Ley N� 27444 - Ley
del Procedimiento Administrativo General, modificado
por la Ley N� 29091.
Art�culo 6.- Vigencia
La presente Resoluci�n entra en vigencia al d�a siguiente
de su publicaci�n en el Diario Oficial El Peruano.
Art�culo 7.- Publicaci�n
Disponer la publicaci�n de la presente Resoluci�n en
el Diario Oficial El Peruano y del Anexo N� 1 en el Portal
Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros
(www.pcm.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe)
DISPOSICI�N
COMPLEMENTARIA FINAL
�NICA.- Incorporaci�n de nuevos procedimientos
al TUPA Modelo
Autor�cese a la Secretar�a de Gesti�n P�blica de la
Presidencia del Consejo de Ministros a aprobar mediante
Resoluci�n la inclusi�n de procedimientos administrativos
al TUPA Modelo, siempre que hayan sido creados
conforme a ley, norma con rango de ley o decreto supremo
vigentes.
Para dicho efecto, los Ministerios deben remitir sus
propuestas a la Secretar�a de Gesti�n P�blica, �rgano
que evaluar� la pertinencia de su inclusi�n, de acuerdo
con los siguientes criterios conforme al art�culo 36 inciso 1
de la Ley N� 27444- Ley del Procedimiento Administrativo
General:
1. El Ministerio proponente deber� acompa�ar a su
solicitud la siguiente documentaci�n:
- Un informe t�cnico conjunto de las oficinas de
planeamiento y asesor�a jur�dica, o los que hagan sus
veces, acompa�ado del proyecto de formato de TUPA
Modelo conteniendo los procedimientos administrativos
que se solicita incorporar, en el que se identificar� de
manera precisa la base legal, es decir la norma con rango
de ley o decreto supremo que establece la creaci�n del
procedimiento administrativo y sus requisitos de forma
obligatoria as� como los plazos y calificaci�n en caso la
norma de creaci�n los haya establecido.
2. Debido a que el TUPA Modelo no es un instrumento
creador de procedimientos y requisitos, la Secretar�a de
Gesti�n P�blica se encuentra facultada a devolver las
solicitudes cuyos procedimientos no cumplan con los
requisitos establecidos en el p�rrafo anterior, requiriendo al
Ministerio proponente efect�e las correcciones necesarias
para su incorporaci�n.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
ANA JARA VEL�SQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
1220089-5
AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban el Glosario complementario de
t�rminos en aplicaci�n del Reglamento
del Sistema Nacional de plaguicidas de
uso Agr�cola
RESOLUCI�N DIRECTORAL
N� 0015-2015-MINAGRI-SENASA-DIAIA
13 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el art�culo 17� del
Decreto Ley N� 25902, Ley Org�nica del Ministerio de Agricultura,
se cre� el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA)
como encargado de desarrollar y promover la participaci�n de
la actividad privada para la ejecuci�n de los planes y programas
de prevenci�n, control y erradicaci�n de plagas y enfermedades
que inciden con mayor significaci�n socioecon�mica en la
actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de
cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional;
Que, conforme con lo se�alado por el art�culo 5� del
Reglamento de Organizaci�n y Funciones (ROF) del
SENASA, aprobado por Decreto Supremo N� 008-2005-
AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones,
las de conducir y mantener el sistema de registro y
actividades post-registro de insumos agropecuarios;
Que, el ROF del SENASA establece que la Direcci�n de
Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su
cargo, entre otras a la Subdirecci�n de Insumos Agr�colas;
Que, conforme con lo antes se�alado, la Direcci�n
de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria
tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos
de control, registro y fiscalizaci�n de los insumos de uso
agr�cola, as� como conducir el registro de las empresas
productoras y/o comercializadoras de estos insumos;
Que, mediante Decreto Supremo N� 001-2015-
MINAGRI se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional
de Plaguicidas de Uso Agr�cola;
Que , la S�tima Disposici�n Complementaria Final del
Reglamento antes citado se�ala que el �rgano de l�nea
competente del SENASA establecer� las disposiciones
espec�ficas y complementarias al Reglamento para su
mejor aplicaci�n;
Que, mediante Memor�ndum-0075-2015-MINAGRI-
SENASA-DIAIA-SIA de fecha de 2 de marzo de 2015,
la Subdirecci�n de Insumos Agr�colas de la Direcci�n
de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria
ha remitido un GLOSARIO COMPEMENTARIO DE
T�RMINOS para una mejor aplicaci�n del Reglamento;
De conformidad con lo dispuesto por el T�tulo V del Decreto
Ley N� 25902, Decreto Legislativo N� 1059, Decreto Supremo
N� 008-2005-AG y modificatoria, Decreto Supremo N� 001-
2015-MINAGRI, y con el visado de la Subdirecci�n de Insumos
Agr�colas y de la Oficina de Asesor�a Jur�dica;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Aprobar el Glosario complementario
de t�rminos en aplicaci�n del Reglamento del Sistema
Nacional de Plaguicidas de Uso Agr�cola, el cual forma
parte integrante de la presente Resoluci�n.
Art�culo 2�.- Disponer la publicaci�n del Glosario
antes citado en el portal institucional del SENASA
(www.senasa.gob.pe).
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JOSUE CARRASCO VALIENTE
Director General
Direcci�n de Insumos Agropecuarios
e Inocuidad Agroalimentaria
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
1219228-1
Aprueban diversos protocolos patr�n de
ensayos de eficacia de plaguicidas de uso
agr�cola, en aplicaci�n del Reglamento
del Sistema Nacional de plaguicidas de
uso Agr�cola
RESOLUCI�N DIRECTORAL
N� 0016-MINAGRI-SENASA-DIAIA
13 de marzo de 2015