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Fecha de publicación: 29/03/2015
DECRETO SUPREMO N� 025-2015-PCM - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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El Peruano
Domingo 29 de marzo de 2015
549726
Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra de Energ�a
y Minas, el Ministro de Educaci�n, el Ministro dela
Producci�n, el Ministro del Interior y el Ministro de
Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
d�as del mes de marzo del a�o dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
ANA JARA VEL�SqUEz
Presidenta del Consejo de Ministros
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
JAIME SAAVEDRA CHANDUV�
Ministro de Educaci�n
ROSA MAR�A ORTIz R�OS
Ministra de Energ�a y Minas
JOS� LUIS P�REz GUADALUPE
Ministro del Interior
PIERO GHEzzI SOL�S
Ministro de la Producci�n
AN�BAL VEL�SqUEz VALDIVIA
Ministro de Salud
JOS� GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcci�n y Saneamiento
1218250-1
Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en el Centro
Poblado de Mirave en el Distrito de
Ilabaya, Provincia de Jorge Basadre,
del Departamento de Tacna
DECRETO SUPREMO
N� 025-2015-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
que, las intensas precipitaciones pluviales ocurridas
el 26 de marzo en el Centro Poblado de Mirave, en el
distrito de Ilabaya, Provincia de Jorge Basadre, en
el departamento de Tacna, ha originado un huayco
ocasionando da�os de magnitud en viviendas, servicios
b�sicos, v�as de comunicaci�n, infraestructura diversa,
hect�reas de cultivos, as� como da�os a la salud y el
patrimonio de la poblaci�n;
que, el numeral 68.5 del art�culo 68 del Reglamento
de la Ley N� 29664, que crea el Sistema Nacional de
Gesti�n del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado
por Decreto Supremo N� 048-2011-PCM, establece que
excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros
puede presentar de oficio al Consejo de Ministros la
Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro
inminente o por la ocurrencia de un desastre, previa
comunicaci�n de la situaci�n y propuesta de medidas y/o
acciones inmediatas que correspondan, efectuadas por el
Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI);
Que, mediante Oficio N� 0999-2015-INDECI/5.0 de
fecha 28 de marzo de 2015, el Jefe del INDECI remite
el Informe Situacional N� 004-2015-INDECI/11.0, emitido
por el Director de Respuesta de dicha instituci�n, quien
en atenci�n a la informaci�n contenida en el Reporte
de Situaci�n N� 501-27/03/2015/COEN-INDECI/15:55
Horas (Reporte N� 02), se�ala que por la magnitud de
los da�os producidos en viviendas, �reas de cultivo,
v�as de comunicaci�n, instituciones educativas, servicios
b�sicos e infraestructura p�blica, as� como a la salud y
el patrimonio de la poblaci�n, en el Centro Poblado de
Mirave, Distrito de Ilabaya, Provincia de Jorge Basadre
del departamento de Tacna, a ra�z de un huayco de
envergadura como efecto de las lluvias torrenciales
que se vienen produciendo en la zona; se requiere de
una atenci�n especial y apoyo del gobierno nacional; y,
recomienda que la Presidencia del Consejo de Ministros
considere la aprobaci�n de la Declaratoria de Estado de
Emergencia de Oficio, por el plazo de treinta (30) d�as
calendario, por impacto de da�os ocurrido en el Centro
Poblado de Mirave, en el Distrito de Ilabaya, Provincia de
Jorge Basadre del Departamento de Tacna;
que, la magnitud de la situaci�n descrita en el
considerando precedente, demanda la adopci�n de
medidas urgentes que permitan al Gobierno Regional de
Tacna, a la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre y
la Municipalidad Distrital de Ilabaya; con la coordinaci�n
t�cnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa
Civil (INDECI) y la participaci�n del Ministerio de Vivienda,
Construcci�n y Saneamiento, del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, del Ministerio de Salud, Ministerio
de Agricultura y Riego, del Ministerio de Educaci�n, del
Ministerio de Energ�a y Minas, del Ministerio del Interior,
del Ministerio de Defensa y dem�s instituciones p�blicas y
privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro
de sus competencias; ejecutar las acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitaci�n de las zonas
afectadas; para cuyo efecto se cuenta con la opini�n
favorable de la Secretar�a de Gesti�n del Riesgo de
Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros,
emitida mediante el Memor�ndum N� 152-2015-PCM/
SGRD;
que, de acuerdo a lo establecido por el art�culo 21
de la Norma Complementaria sobre la Declaratoria de
Estado de Emergencia, en el marco de la Ley N� 29664,
del Sistema Nacional de Gesti�n del Riesgo de Desastres
� SINAGERD, aprobada por Decreto Supremo N� 074-
2014-PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)
debe efectuar las acciones de coordinaci�n y seguimiento
a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias
que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno
Regional y/o los sectores involucrados, en el marco de la
Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, dentro
del plazo establecido, debiendo remitir a la Presidencia
del Consejo de Ministros, el Informe de los respectivos
resultados, as� como de la ejecuci�n de las acciones
inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma;
De conformidad con el inciso 1 del art�culo 137 de la
Constituci�n Pol�tica del Estado; la Ley N� 29158, Ley
Org�nica del Poder Ejecutivo; la Ley N� 29664, Ley que crea
el Sistema Nacional de Gesti�n del Riesgo de Desastres;
el numeral 68.5 del art�culo 68 del Reglamento de la Ley
N� 29664, que crea el Sistema Nacional de Gesti�n del
Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto
Supremo N� 048-2011-PCM; y, la Norma Complementaria
sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia, en
el marco de la Ley N� 29664, del Sistema Nacional de
Gesti�n del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobada
por Decreto Supremo N� 074-2014-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la Rep�blica;
DECRETA:
Art�culo 1.- Declaratoria del Estado de
Emergencia
Decl�rese el Estado de Emergencia por impacto de
huaycos en el Centro Poblado de Mirave, Distrito de
Ilabaya, Provincia de Jorge Basadre del Departamento
de Tacna, por el plazo de treinta (30) d�as calendario,
para la ejecuci�n de medidas de excepci�n inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitaci�n en la zona
afectada.
Art�culo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Tacna, la Municipalidad
Provincial de Jorge Basadre, y la Municipalidad Distrital
de Ilabaya; con la coordinaci�n t�cnica y seguimiento
del Instituto Nacional de Defensa Civil � INDECI, y la
participaci�n del Ministerio de Vivienda, Construcci�n
y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, del Ministerio de Salud, del Ministerio
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El Peruano
Domingo 29 de marzo de 2015
549727
de Agricultura y Riego, del Ministerio de Educaci�n, del
Ministerio de Energ�a y Minas, del Ministerio del Interior,
del Ministerio de Defensa, y dem�s instituciones p�blicas
y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro
de sus competencias; ejecutar�n las acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitaci�n de las zonas
afectadas para el restablecimiento de los servicios b�sicos
y de la infraestructura diversa; acciones que pueden ser
modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos
de seguridad que se vayan presentando durante su
ejecuci�n, sustentadas en los estudios t�cnicos de las
entidades competentes.
Art�culo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo ser� refrendado por
la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de
Vivienda, Construcci�n y Saneamiento, el Ministro de
Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Salud, el
Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Educaci�n,
la Ministra de Energ�a y Minas, el Ministro del Interior y el
Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
d�as del mes de marzo del a�o dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
ANA JARA VEL�SqUEz
Presidenta del Consejo de Ministros
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
JAIME SAAVEDRA CHANDUV�
Ministro de Educaci�n
ROSA MAR�A ORTIz R�OS
Ministra de Energ�a y Minas
JOS� LUIS P�REz GUADALUPE
Ministro del Interior
AN�BAL VEL�SqUEz VALDIVIA
Ministro de Salud
JOS� GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcci�n y Saneamiento
1218250-2
CULTURA
Aprueban el nuevo texto de la
Directiva N� 002-2015-VMPCIC-MC,
denominada "Normas y procedimientos
de los Concursos de Proyectos y Obras
Cinematogr�ficas organizados por el
Ministerio de Cultura"
RESOLUCI�N VICEMINISTERIAL
N� 035-2015-VMPCIC-MC
Lima, 25 de marzo de 2015
VISTOS, el Informe N� 171-2015-DGIA-VMPCIC/MC
de la Direcci�n General de Industrias Culturales y Artes
y el Informe N� 0111-2015-DAFO-DGIA-VMPCIC/MC de
la Direcci�n de Audiovisual, la Fonograf�a y los Nuevos
Medios, y;
CONSIDERANDO:
que, el Ministerio de Cultura es un organismo del
Poder Ejecutivo con personer�a de derecho p�blico;
que, la Ley N�26370, Ley de Cinematograf�a Peruana,
modificada por Ley N� 29919, en su Cap�tulo V, regula los
Concursos de Proyectos y Obras Cinematogr�ficas;
que, mediante Resoluci�n Viceministerial N� 050-
2013-VMPCIC-MC se aprob� la Directiva N� 002-2013-
VMPCIC/MC denominada "Normas y procedimientos de
los Concursos de Proyectos y Obras Cinematogr�ficas
organizados por el Ministerio de Cultura",
que, mediante Resoluci�n Viceministerial N� 068-
2013-VMPCIC-MC se modifica la directiva citada en el
considerando precedente;
que, conforme lo se�alado en los documentos de vistos
la Direcci�n de Audiovisual, la Fonograf�a y los Nuevos
Medios alcanz� propuesta de una nueva modificaci�n de
la directiva antes se�alada, sustentando que la misma
responde a la identificaci�n de oportunidades para la
optimizaci�n del proceso de realizaci�n de concursos;
Que, para tal efecto se solicita modificar los art�culos 6.2,
6.3, 7.2, 7.3 y 7.8 de la Directiva N� 002-2013-VMPCIC-MC
denominada "Normas y procedimientos de los Concursos
de Proyectos y Obras Cinematogr�ficas organizados por
el Ministerio de Cultura" aprobada mediante Resoluci�n
Viceministerial N� 050-2013-VMPCIC-MC y su modificatoria,
conforme a lo sustentado por la Direcci�n del Audiovisual, la
Fonograf�a y los Nuevos Medios;
Con el visado de la Directora General de Industrias
Culturales y Artes, del Director (e) de la Direcci�n del
Audiovisual, la Fonograf�a y los Nuevos Medios, del
Director General de la Oficina General de Planeamiento
y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina
General de Asesor�a Jur�dica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N� 29565,
Ley de creaci�n del Ministerio de Cultura; Ley N� 26370,
Ley de Cinematograf�a Peruana, modificada por Ley
N� 29919 y el Decreto Supremo N� 005-2013-MC, que
aprueba el Reglamento de Organizaci�n y Funciones del
Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Dejar sin efecto las Resoluciones
Viceministeriales N�s. 050-2013-VMPCIC-MC y 068-2013-
VMPCIC � MC mediante las cuales se aprob� y modific�
la Directiva N� 002-2013-VMPCIC/MC denominada
"Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos
y Obras Cinematogr�ficas organizados por el Ministerio
de Cultura", respectivamente.
Art�culo 2�.- Aprobar el nuevo texto de la Directiva N� 002-
2015-VMPCIC-MC denominada "Normas y procedimientos
de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematogr�ficas
organizados por el Ministerio de Cultura", que como Anexo
forma parte integrante de la presente Resoluci�n.
Art�culo 3�.- Disponer la publicaci�n de la presente
Resoluci�n en el Diario Oficial el Peruano.
Art�culo 4�.- Disponer la difusi�n de la presente
Resoluci�n en el Portal Institucional del Ministerio de
Cultura (www.cultura.gob.pe).
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
1218177-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector P�blico para
el A�o Fiscal 2015 a favor de diversos
Pliegos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO
N� 070-2015-Ef
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
que, mediante Ley N� 30281, Ley de Presupuesto del
Sector P�blico para el A�o Fiscal 2015, se aprob�, entre