El Peruano
Jueves 6 de noviembre de 2014
536894
el Decreto Supremo N� 047-2002-PCM, modificado por
Decreto Supremo N� 056-2013-PCM; el Decreto Supremo
N� 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias que reglamentan
los viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector
Defensa; y el Decreto Supremo N� 024-2009-DE/SG, que
determina la jerarqu�a y uso de las normas de car�cter
administrativo que se aplicar�n en los distintos �rganos
del Ministerio de Defensa;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Autorizar el viaje al exterior por Misi�n
de Estudios del Licenciado en Ciencias F�sicas Rodolfo
Domingo MORENO SANTILLAN, servidor de la Comisi�n
Nacional de Investigaci�n y Desarrollo Aeroespacial
� CONIDA, identificado con DNI N� 06785255 a la ciudad
de Beijing, Rep�blica Popular China, por el periodo
comprendido del 15 de noviembre de 2014 al 31 de julio
de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa
de la presente Resoluci�n.
Art�culo 2�.- Los gastos de pasajes a�reos de ida
que irrogue el cumplimiento de la presente Resoluci�n,
ser�n con cargo a la Unidad Ejecutora 006: Comisi�n
Nacional de Investigaci�n y Desarrollo Aeroespacial,
del Pliego Ministerio de Defensa, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes A�reos: Lima � Beijing:
US$ 3,472.00 x 1 persona (Incluye TUUA) = US$ 3,472.00
-------------------
Total a pagar
= US$ 3,472.00
Art�culo 3�.- Los gastos por concepto de pasajes
a�reos de retorno que origine el cumplimiento de la
presente autorizaci�n de viaje al exterior por Misi�n
de Estudios, se efectuar� con cargo a las partidas
presupuestales del Sector Defensa - Unidad Ejecutora
006: Comisi�n Nacional de Investigaci�n y Desarrollo
Aeroespacial, del A�o Fiscal correspondiente.
Art�culo 4�.- El personal autorizado, deber� cumplir
con presentar un informe detallado ante el Titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) d�as calendario a partir de la fecha de
retorno al pa�s.
Art�culo 5�.- La presente Resoluci�n Suprema no
dar� derecho a exoneraci�n ni liberaci�n de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominaci�n.
Art�culo 6�.- El Ministro de Defensa queda
facultado para variar la fecha de inicio y t�rmino de la
autorizaci�n a que se refiere el art�culo 1�, sin exceder
el total de d�as autorizados; y sin variar la actividad
para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del
participante.
Art�culo 7�.- La presente Resoluci�n Suprema ser�
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el
Ministro de Defensa.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
ANA JARA VEL�SQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1160505-8
Aprueban los Planes Estrat�gicos del
Ej�rcito, Marina de Guerra del Per� y
Fuerza A�rea del Per�
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 654-2014-DE/
Lima, 5 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N� 28455 se cre� "El Fondo para
las Fuerzas Armadas y Polic�a Nacional", destinado �nica
y exclusivamente para la adquisici�n de equipamiento,
modernizaci�n, repotenciaci�n, renovaci�n tecnol�gica,
reparaci�n y mantenimiento de las Fuerzas Armadas y
Polic�a Nacional;
Que, mediante Decreto Supremo N� 011-2005-DE/SG,
y modificatorias se aprob� el Reglamento de la Ley N�
28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y
Polic�a Nacional, el mismo que determina los mecanismos
de administraci�n del Fondo de las Fuerzas Armadas y
Polic�a Nacional y establece la finalidad, organizaci�n,
funciones y responsabilidades del Comit� encargado de
Administrar el Fondo;
Que, el literal b) del art�culo 20 del Reglamento
antes referido se�ala que el Comando Conjunto de
las Fuerzas Armadas y la Polic�a Nacional del Per�
expondr�n sus Planes Estrat�gicos al Consejo de
Seguridad Nacional, para su aprobaci�n y formalizaci�n
mediante Resoluci�n Suprema refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros y el Titular del
Sector correspondiente;
Que, de conformidad con el art�culo 4 del Decreto
Legislativo N� 1129, Decreto Legislativo que regula el
Sistema de Defensa Nacional, el Sistema de Defensa
Nacional est� compuesto, entre otros, por el Consejo de
Seguridad y Defensa Nacional; por el cual corresponde
que los Planes Estrat�gicos se expongan antes este
�ltimo;
Que, en Sesi�n del Consejo de Seguridad y Defensa
Nacional, realizada el 5 de noviembre de 2014, el
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas expuso
los nuevos Planes Estrat�gicos del Ej�rcito, Marina de
Guerra del Per� y Fuerza A�rea del Per�; asimismo, en
la citada Sesi�n, el Consejo de Seguridad y Defensa
Nacional aprob� los mencionados instrumentos;
Que, en ese contexto, resulta necesario disponer
la aprobaci�n de los nuevos Planes Estrat�gicos del
Ej�rcito, Marina de Guerra del Per� y Fuerza A�rea
del Per�, presentados por el Comando Conjunto de
las Fuerzas Armadas, dejando sin efecto la Resoluci�n
Suprema N� 373-2005-DE/SG, de fecha 19 de julio de
2005;
Estando a lo acordado; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N�
28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas
Armadas y Polic�a Nacional, y su reglamento aprobado
mediante Decreto Supremo N� 011-2005-DE-SG, y
modificatorias; y en la Ley N� 29158, Ley Org�nica del
Poder Ejecutivo;.
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Aprobar los Planes Estrat�gicos del
Ej�rcito, Marina de Guerra del Per� y Fuerza A�rea
del Per�, presentados por el Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas y aprobados en Sesi�n del Consejo de
Seguridad y Defensa Nacional de fecha 5 de noviembre
de 2014.
Art�culo 2.- D�jese sin efecto la Resoluci�n
Suprema N� 373-2005-DE/SG, de fecha 19 de julio de
2005.
Art�culo 3.- La presente Resoluci�n Suprema ser�
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
el Ministro de Defensa.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
ANA JARA VEL�SQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1160510-6