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Fecha de publicación: 16/11/2013
DECRETO SUPREMO N� 283-2013-EF - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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El Peruano
S�bado 16 de noviembre de 2013
507207
CONSIDERANDO:
Que, con Facs�mil (DSD) N� 877 del 30 de octubre de
2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizaci�n
para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos
de Am�rica, sin armas de guerra;
Que, con Carta G.500-4347 del 8 de noviembre de
2013, el Secretario del Comandante General de la Marina
por encargo del Comandante General de la Marina, emite
opini�n favorable para el ingreso al pa�s del personal militar
de los Estados Unidos de Am�rica;
Que, el referido personal militar ingresar� a territorio de
la Rep�blica, del 20 al 22 de noviembre de 2013, a fin de
participar en la ceremonia de cambio de mando del Centro
de Investigaci�n de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6);
Que, el art�culo 5� de la Ley N� 27856, Ley de requisitos
para la autorizaci�n y consentimiento para el ingreso de
tropas extranjeras en el territorio de la Rep�blica, modificado
por el art�culo �nico de la Ley N� 28899, establece que el
ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra
para realizar actividades relacionadas a las medidas de
fomento de la confianza, actividades de asistencia c�vica,
de planeamiento de futuros ejercicios militares, acad�micas,
de instrucci�n o entrenamiento con personal de las Fuerzas
Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinaci�n
o protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante
Resoluci�n Ministerial, con conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la
Rep�blica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas
tras la expedici�n de la resoluci�n, bajo responsabilidad. La
Resoluci�n Ministerial de autorizaci�n debe especificar los
motivos, la relaci�n del personal militar, la relaci�n de equipos
transe�ntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitar�
opini�n previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Per�;
y de conformidad con la Ley N� 27856, modificada por la
Ley N� 28899;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Autorizar el ingreso al territorio de la
Rep�blica, sin armas de guerra, al personal militar de los
Estados Unidos de Am�rica detallado a continuaci�n, del
20 al 22 de noviembre de 2013, a fin que participen en la
ceremonia de cambio de mando del Centro de Investigaci�n
de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6).
1. Capit�n de Nav�o John W. SANDERS
2. Capit�n
Kyle SERVICE
Art�culo 2�.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resoluci�n, a fin que d� cuenta
al Congreso de la Rep�blica en el plazo a que se contrae el
art�culo 5� de la Ley N� 27856, modificada por Ley N� 28899.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1014679-1
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 1005-2013-DE/SG
Lima, 14 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, con Facs�mil (DSD) N� 885 del 4 de noviembre
de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio
de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizaci�n
para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de
Am�rica, sin armas de guerra;
Que, con Oficio NC-900-SGFA-EMOP- N� 4973 del 11
de noviembre de 2013, el Secretario General de la Fuerza
A�rea por encargo del Comandante General de la Fuerza
A�rea, emite opini�n favorable para el ingreso al pa�s del
personal militar de los Estados Unidos de Am�rica;
Que, el referido personal militar ingresar� a territorio de
la Rep�blica, del 18 al 22 de noviembre de 2013, a fin de
participar en la revisi�n del Programa FMS de la Fuerza
A�rea del Per� y sostener reuniones oficiales con personal
de esa Instituci�n Armada;
Que, el art�culo 5� de la Ley N� 27856, Ley de requisitos
para la autorizaci�n y consentimiento para el ingreso de
tropas extranjeras en el territorio de la Rep�blica, modificado
por el art�culo �nico de la Ley N� 28899, establece que el
ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra
para realizar actividades relacionadas a las medidas de
fomento de la confianza, actividades de asistencia c�vica,
de planeamiento de futuros ejercicios militares, acad�micas,
de instrucci�n o entrenamiento con personal de las Fuerzas
Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinaci�n
o protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante
Resoluci�n Ministerial, con conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la
Rep�blica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas
tras la expedici�n de la resoluci�n, bajo responsabilidad. La
Resoluci�n Ministerial de autorizaci�n debe especificar los
motivos, la relaci�n del personal militar, la relaci�n de equipos
transe�ntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitar�
opini�n previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Fuerza A�rea del Per�; y
de conformidad con la Ley N� 27856, modificada por la Ley
N� 28899;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Autorizar el ingreso al territorio de la Rep�blica,
sin armas de guerra, a la Mayor Linda Jane THIERAUF de los
Estados Unidos de Am�rica, del 18 al 22 de noviembre de
2013, a fin de que participe en la revisi�n del Programa FMS
de la Fuerza A�rea del Per� y sostenga diversas reuniones
oficiales con personal de esa Instituci�n Armada.
Art�culo 2�.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resoluci�n, a fin que d�
cuenta al Congreso de la Rep�blica en el plazo a que se
contrae el art�culo 5� de la Ley N� 27856, modificada por
Ley N� 28899.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1014679-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban la Formalizaci�n de los
Cr�ditos Suplementarios del Tercer
Trimestre del A�o Fiscal 2013, en
el Presupuesto Consolidado de los
Organismos P�blicos Descentralizados
y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO
N� 283-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 42.3 del art�culo 42 del Texto �nico
Ordenado de la Ley N� 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo N� 304-2012-EF, se�ala que la Direcci�n General
de Presupuesto P�blico propone el proyecto de Decreto
Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto
Consolidado de los Organismos P�blicos Descentralizados
y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, sobre la base de las resoluciones que aprueban la
mayor disponibilidad financiera de los fondos p�blicos que
financian el presupuesto de las referidas entidades;
Que, el art�culo 5 del Decreto Supremo N� 256-2012-
EF establece, entre otros aspectos, que las modificaciones
al Presupuesto Consolidado de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales, se aprueban en periodos trimestrales
mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos
establecidos en la Directiva para la Ejecuci�n Presupuestaria
de las Entidades de Tratamiento Empresarial;
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El Peruano
S�bado 16 de noviembre de 2013
507208
Que, en consecuencia es necesario aprobar la
formalizaci�n de los Cr�ditos Suplementarios del Tercer
Trimestre del A�o Fiscal 2013, en el Presupuesto Consolidado
de los Organismos P�blicos Descentralizados y Empresas de
los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y,
De conformidad con el numeral 8) del art�culo 118 de la
Constituci�n Pol�tica del Per�, el numeral 42.3 del art�culo
42 del Texto �nico Ordenado de la Ley N� 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo N� 304-2012-EF, el art�culo
5 del Decreto Supremo N� 256-2012-EF, y los art�culos
20 y 21 de la Directiva N� 001-2010-EF/76.01, Directiva
para la Ejecuci�n Presupuestaria de las Entidades de
Tratamiento Empresarial, aprobada por la Resoluci�n
Directoral N� 002-2010-EF/76.01 y modificada mediante
Resoluciones Directorales N�s. 003-2011-EF/76.01 y 002-
2012-EF/50.01.
DECRETA:
Art�culo 1�.- Objeto
Apru�base, en el Presupuesto Consolidado de los
Organismos P�blicos Descentralizados y Empresas de los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente
al A�o Fiscal 2013, la formalizaci�n de los Cr�ditos
Suplementarios del Tercer Trimestre del citado a�o fiscal por
la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 267
345 657,00), de acuerdo al siguiente desagregado:
INGRESOS
EnNuevosSoles
FuentedeFinanciamiento
Recursos Directamente Recaudados
106 834 550,00
Donaciones y Transferencias
149 517 616,00
Recursos por Operaciones Oficiales de Cr�dito
10 549 372,00
Recursos Determinados
444 119,00
-----------------------
TOTALINGRESOS
267345657,00
============
EGRESOS
EnNuevosSoles
Gastos Corrientes
64 666 510,00
Gastos de Capital
202 679 147,00
----------------------
TOTALEGRESOS
267345657,00
============
Art�culo 2�.- Desagregado del Presupuesto
Consolidado
El desagregado de los montos aprobados en el art�culo
precedente, a nivel Consolidado de los Organismos
P�blicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos
que forman parte de la presente norma legal, los cuales
son publicados en el Portal Institucional del Ministerio de
Econom�a y Finanzas: www.mef.gob.pe, de acuerdo a lo
siguiente:
Descripci�n
Anexo
Distribuci�n del Egreso de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de
Financiamiento y Gen�rica del Gasto
Anexo N� I
Distribuci�n del Ingreso de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de
Financiamiento
Anexo N� II
Distribuci�n del Egreso de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Gen�rica del
Gasto � Recursos P�blicos
Anexo N� III
Distribuci�n del Egreso de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Gen�rica del
Gasto � Recursos Directamente Recaudados Anexo
N� III-1
Distribuci�n del Egreso de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Gen�rica del
Gasto � Donaciones y Transferencias
Anexo N� III-2
Distribuci�n del Egreso de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Gen�rica del
Gasto � Recursos por Operaciones Oficiales de Cr�dito
Anexo N� III-3
Distribuci�n del Egreso de los Organismos P�blicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Gen�rica del
Gasto � Recursos Determinados
Anexo N� III-4
Art�culo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Econom�a y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince
d�as del mes de noviembre del a�o dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Econom�a y Finanzas
1015333-1
Autorizan transferencia de partidas en
el Presupuesto del Sector P�blico para
el A�o Fiscal 2013 a favor del Pliego
Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO
N� 284-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N� 29951, Ley de Presupuesto del
Sector P�blico para el A�o Fiscal 2013, se aprob� entre
otros el Presupuesto del Pliego 006 Instituto Nacional de
Defensa Civil;
Que, la Segunda Disposici�n Complementaria Final de la
Ley N� 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector P�blico para el A�o Fiscal 2013, se�ala que en
la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de
CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50
000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil
� INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el A�o
Fiscal 2013, a fin de brindar una respuesta oportuna ante
desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos
da�inos por el inminente impacto de un fen�meno natural o
antr�pico declarado, determinado por el organismo p�blico
t�cnico-cient�fico competente, y rehabilitar la infraestructura
p�blica existente;
Que, los literales b) y c) de la Segunda Disposici�n
Complementaria Final de la Ley anteriormente mencionada,
establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso
de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a
que se refiere la Ley en menci�n, correspondiendo al Ministerio
de Econom�a y Finanzas, a trav�s de la Direcci�n General de
Pol�tica de Inversiones, dictar los criterios y procedimientos
para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;
Que, el numeral 7.1 del art�culo 7 de la Directiva N�
004-2012-EF/63.01 "Directiva que establece los criterios y
procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere
la Segunda Disposici�n Complementaria Final de la Ley
N� 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector P�blico para el A�o Fiscal 2013", se�ala
que es competencia del INDECI ser responsable por el
adecuado uso de los recursos antes se�alados, as� como
de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y
transferirlos financieramente;
Que, seg�n el art�culo 10 de la Directiva referida en el
considerando precedente, la emergencia por ocurrencia
de desastres de gran magnitud o peligro inminente del
mismo, se atiende a trav�s de dos formas de intervenci�n:
Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas
por el INDECI; y Proyectos de Inversi�n P�blica (PIP) de
Emergencia, que son presentados a la Direcci�n General
de Pol�tica de Inversiones del Ministerio de Econom�a y
Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles;
Que, el numeral 11.6 del art�culo 11 de la citada Directiva,
se�ala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Econom�a