RESOLUCION N� 394-2013-CG - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
El Peruano
Mi�rcoles 13 de noviembre de 2013
506933
40.- Que, en virtud de lo expuesto precedentemente,
no corresponde la adecuaci�n de la tipificaci�n atribuida
al hecho imputado en el presente proceso disciplinario,
que solicita el recurrente;
41.- Que, asimismo, cabe precisar que la invocaci�n
a la disminuci�n de su autodeterminaci�n por tratarse de
un proceso en el cual se encontraba incurso su hermano,
contrariamente a lo se�alado por el recurrente resulta
ser una comprobaci�n objetiva de la responsabilidad
incurrida de manera consciente, justamente en raz�n
de su condici�n de Juez Superior, que lo hace especial
conocedor y experto de sus obligaciones y limitaciones en
el ejercicio de la funci�n jurisdiccional;
42.- Que, de otro lado, en cuanto a la Resoluci�n N�
049-2011-PCNM, de 12 de enero de 2011, dictada en
el tr�mite del proceso disciplinario N� 025-2010-CNM,
seguido contra el doctor Sergio Roberto Salas Villalobos,
de la revisi�n de los actuados respectivos se advierte que
los hechos resultan ser distintos a los que subyacen al
presente proceso, en la medida que la presunta ayuda
que se imput� en ese momento al doctor Salas Villalobos
se refer�a a hechos que no ten�an vinculaci�n directa con
el proceso, sino con la recomendaci�n de abogados para
que asesoren a do�a Allison Hoefken, que resultan ajenos
al resultado del proceso y por tanto significativamente
distintos a los hechos que nos ocupan en el presente
proceso disciplinario;
43.- Que, en definitiva, entonces, el sustento principal
de descargo del recurrente basado en su negativa sobre los
cargos imputados en su contra y fundamentalmente sobre
la realizaci�n de la entrevista entre los co-procesados del
23 de marzo de 2010, se encuentra desvirtuado; por tanto
no se advierte de los t�rminos del recurso interpuesto
que las consideraciones que han dado lugar a la decisi�n
contenida en la Resoluci�n N� 602-2012-PCNM hayan
sido desvirtuadas en modo alguno, de forma que no existe
justificaci�n jur�dica que permita amparar la presente
reconsideraci�n, por lo que debe ser desestimada;
Por las consideraciones expuestas, estando a lo
acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo
Nacional de la Magistratura, en Sesi�n N� 2455 del 03 de
octubre de 2013, Acuerdo N� 1525-2013, y de conformidad
a lo establecido en el art�culo 37 incisos b) y e) de la Ley
26397;
SE RESUELVE:
1.- Declarar infundado en todos sus extremos el recurso
de reconsideraci�n interpuesto por el doctor Edilberto
Casta�eda Pacheco contra la Resoluci�n N� 602-2012-
PCNM, d�ndose por agotada la v�a administrativa.
2.- Declarar infundado en todos sus extremos el
recurso de reconsideraci�n interpuesto por el doctor Luis
Orlando Carrera Contti contra la Resoluci�n N� 602-2012-
PCNM, d�ndose por agotada la v�a administrativa.
Reg�strese y comun�quese.
M�XIMO HERRERA BONILLA
Presidente
1011478-2
CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Directiva "Disposiciones para
la publicaci�n de las recomendaciones
de los informes de control en el marco del
Reglamento de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Informaci�n P�blica",
modifican instructivo de formato
e incorporan Anexo a la Directiva
N� 014-2000-CG
RESoLUci�n dE contRaLoRia
N� 394-2013-CG
Lima, 12 de noviembre de 2013
VISTO, la Hoja Informativa N� 00114-2013-CG/REG,
mediante la cual el Departamento de Regulaci�n pone
a consideraci�n el proyecto de Directiva "Disposiciones
para la publicaci�n de las recomendaciones de los
informes de control en el marco del Reglamento de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci�n P�blica";
as� como, la modificaci�n del Instructivo del Formato
N� 5-A e incorporaci�n del Anexo N� 3-A en la Directiva
N� 014-2000-CG/B150 "Verificaci�n y Seguimiento de
Implementaci�n de Recomendaciones derivadas de
Informes de Acciones de Control";
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el art�culo
82� de la Constituci�n Pol�tica del Per�, la Contralor�a
General de la Rep�blica es el �rgano Superior del
Sistema Nacional de Control que supervisa la legalidad
de la ejecuci�n del presupuesto del Estado Peruano, de
las operaciones de la deuda p�blica y de los actos de las
instituciones sujetas a control;
Que, el literal t) del art�culo 22� de la Ley N� 27785
- Ley Org�nica del Sistema Nacional de Control y de la
Contralor�a General de la Rep�blica, establece como
atribuci�n de la Contralor�a General, emitir disposiciones
y/o procedimientos para implementar operativamente
medidas y acciones contra la corrupci�n administrativa, a
trav�s del control gubernamental, promoviendo una cultura
de honestidad y probidad de la gesti�n p�blica, as� como
la adopci�n de mecanismos de transparencia e integridad
al interior de las entidades, consider�ndose el concurso
de la ciudadan�a y organizaciones de la sociedad civil;
Que, el art�culo 14� de la citada Ley Org�nica, establece
que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema
en las entidades, se efect�a bajo la autoridad normativa
y funcional de la Contralor�a General, la que establece
los lineamientos, disposiciones y procedimientos t�cnicos
correspondientes a su proceso, en funci�n a la naturaleza
y/o especializaci�n de dichas entidades, las modalidades
de control aplicables y los objetivos trazados para su
ejecuci�n;
Que, de conformidad con los literales b) y f) del
art�culo 15� de la Ley N� 27785 - Ley Org�nica del
Sistema Nacional de Control y de la Contralor�a General
de la Rep�blica, es atribuci�n del Sistema Nacional
de Control, emitir, como resultado de las acciones de
control efectuadas, los informes respectivos; as� como
formular oportunamente recomendaciones para mejorar
la capacidad y eficiencia de las entidades en la toma de
decisiones y en el manejo de sus recursos, as� como
los procedimientos y operaciones que emplean en su
accionar, a fin de optimizar sus sistemas administrativos,
de gesti�n y de control interno;
Que, seg�n lo establecido en el art�culo 16� y literal b)
del art�culo 32� de la citada Ley Org�nica, la Contralor�a
General es el ente t�cnico rector del Sistema Nacional de
Control, siendo facultad del Contralor General, planear,
aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la
Contralor�a General y de los �rganos del Sistema;
Que, el literal p) del art�culo 8� del Reglamento de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci�n P�blica,
incorporado por el art�culo 2� del Decreto Supremo N�
070-2013-PCM, establece que se publicar�n en el Portal
de Transparencia Est�ndar, las recomendaciones de
los informes de auditor�a orientadas al mejoramiento de
la gesti�n de las entidades p�blicas, efectuadas por los
�rganos de Control Institucional, as� como el estado de
implementaci�n de dichas recomendaciones, de acuerdo
a lo dispuesto en las normas del Sistema Nacional de
Control que regulan la publicidad de dichos Informes;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 252-2013-
PCM, publicada el 04 de octubre de 2013, se modific� la
Directiva N� 001-2010-PCM/SGP-"Lineamientos para la
implementaci�n del Portal de Transparencia Est�ndar en
las Entidades de la Administraci�n P�blica" precisando en
el numeral 10.2.4. que se efectuar� la publicaci�n de las
recomendaciones de los informes de auditor�a orientadas
al mejoramiento de la gesti�n de las entidades p�blicas,
cuyo seguimiento se encuentra a cargo de los �rganos de
Control Institucional, as� como el estado de implementaci�n
de dichas recomendaciones, de acuerdo a lo dispuesto en
las normas del Sistema Nacional de Control que regulan
la publicidad de dichos informes; asimismo se se�ala que
El Peruano
Mi�rcoles 13 de noviembre de 2013
506934
dicha informaci�n se actualizar� semestralmente y se
sujetar� a los lineamientos o disposiciones que considere
emitir la Contralor�a General de la Rep�blica;
Que, mediante Resoluci�n de Contralor�a N� 279-
2000-CG, se aprob� la Directiva N� 014-2000-CG/B150
"Verificaci�n y Seguimiento de implementaci�n de
Recomendaciones derivadas de Informes de Acciones de
Control" estableciendo en el numeral G.2 que los �rganos
de Control Institucional deber�n presentar los resultados
de la verificaci�n y seguimiento de las recomendaciones,
para lo cual se�ala que en lo relacionado al estado de
implementaci�n de las recomendaciones se presentar� la
informaci�n contenida en el Formato N� 5-A "Verificaci�n y
Seguimiento de la Implementaci�n de Recomendaciones"
�Acciones Adoptadas, en cuyo �tem (8) se se�ala que
para especificar la situaci�n de la recomendaci�n se
debe emplear el Anexo N� 3, respecto de la situaci�n de
recomendaciones administrativas;
Que, en el referido Anexo N� 3 de la Directiva N�
014-2000-CG/B150, precisa las situaciones de las
recomendaciones de procesos administrativos, siendo
necesario adicionar un Anexo N� 3-A que precise las
situaciones de otras recomendaciones orientadas al
mejoramiento de la gesti�n en las entidades p�blicas,
cuyo seguimiento se encuentra a cargo de los �rganos
de Control Institucional;
Que, a fin de dar cumplimiento a la disposici�n
referida en el literal p) del art�culo 8� del Reglamento
de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci�n
P�blica, se efectuaron las coordinaciones respectivas
con la Secretar�a de Gesti�n P�blica de la Presidencia
del Consejo de Ministros, consider�ndose necesario
establecer las disposiciones espec�ficas que regulen la
publicaci�n de las recomendaciones de los informes de
control y el estado de su implementaci�n en el Portal
de Transparencia Est�ndar de las entidades p�blicas,
conform�ndose para tal fin un equipo de trabajo integrado
por el Departamento Legal, el Departamento de Regulaci�n
y el Departamento de Aseguramiento de la Calidad, con la
finalidad de elaborar el documento normativo que regule
el procedimiento a realizar por los �rganos de Control
Institucional;
Que, mediante el documento de visto, el Departamento
de Regulaci�n opin� favorablemente respecto del
proyecto de Directiva citado, se�alando que dicha
normativa se ajusta a las disposiciones establecidas
en la Directiva N� 003-2011-CG/GDES "Organizaci�n y
Emisi�n de Documentos Normativos"; debiendo precisar
que la citada Directiva se aplica de conformidad con la
Primera Disposici�n Transitoria de la Directiva N� 014-
2013-CG/REG, "Organizaci�n y Emisi�n de Documentos
Normativos", aprobada por Resoluci�n de Contralor�a N�
387-2013-CG;
Que, consecuentemente resulta necesario aprobar
la Directiva "Disposiciones para la publicaci�n de las
recomendaciones de los informes de control en el marco
del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Informaci�n P�blica"; as� como modificar el Instructivo del
Formato N� 5-A e incorporar el Anexo N� 3-A en la Directiva
N� 014-2000-CG/B150 "Verificaci�n y Seguimiento de
Implementaci�n de Recomendaciones derivadas de
Informes de Acciones de Control";
Que, en uso de las facultades previstas en el literal
l) del art�culo 32� de la Ley N� 27785 - Ley Org�nica del
Sistema Nacional de Control y de la Contralor�a General
de la Rep�blica;
SE RESUELVE:
art�culo Primero.- Aprobar la Directiva N� 016-
2013-CG/REG "Disposiciones para la publicaci�n de las
recomendaciones de los informes de control en el marco
del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Informaci�n P�blica", cuyo texto forma parte integrante de
la presente Resoluci�n.
art�culo Segundo.- Modificar el Instructivo del Formato
N� 5-A "Verificaci�n y Seguimiento de la Implementaci�n de
Recomendaciones". Acciones Adoptadas, de la Directiva
N� 014-2000-CG/B150 aprobada por la Resoluci�n de
Contralor�a N� 279-2000-CG, conforme al Anexo 1 que
forma parte integrante de la presente Resoluci�n.
art�culo tercero.- Incorporar el Anexo N� 3-A "Situaci�n
de Otras Recomendaciones Orientadas al Mejoramiento de
la Gesti�n de las Entidades P�blicas", en la Directiva N� 014-
2000-CG/B150 aprobada por la Resoluci�n de Contralor�a
N� 279-2000-CG, conforme al Anexo 2 que forma parte
integrante de la presente Resoluci�n.
art�culo cuarto.- La presente Directiva entrar� en
vigencia a partir del d�a h�bil siguiente a la publicaci�n de
la Resoluci�n de Contralor�a que la aprueba.
art�culo Quinto.- Encargar al Departamento de
Tecnolog�as de la Informaci�n, la publicaci�n de la
Directiva aprobada por la presente Resoluci�n en el portal
electr�nico del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y
en el portal electr�nico de la Contralor�a General de la
Rep�blica (www.contraloria.gob.pe).
Reg�strese, comun�quese y publ�quese
FUAD KHOURY ZARZAR
Contralor General de la Rep�blica
1013237-1
Autorizan viaje de Gerente del
Departamento de Obras a Chile, en
comisi�n de servicios
RESoLUci�n dE contRaLoRia
n� 395-2013-cg
Lima, 12 de noviembre de 2013
VISTOS; el Oficio N� 02193-2013-CG/DC suscrito por
el Contralor General de la Rep�blica del Per�, la Carta CG
429/13 suscrita por el Contralor General de la Rep�blica
de Chile, la Carta CA-GIZ-497/2013 suscrita por el
Director y Asesora Principal del Programa Buen Gobierno
y Reforma del Estado de la Cooperaci�n Alemana al
Desarrollo (GIZ) y la Hoja Informativa N� 00385-2013-CG/
CPC del Departamento de Cooperaci�n y Prevenci�n de
la Corrupci�n de la Contralor�a General de la Rep�blica;
CONSIDERANDO:
Que, conforme se da cuenta en los documentos de
Vistos, el Director y Asesora Principal del Programa Buen
Gobierno y Reforma del Estado de la Cooperaci�n Alemana
al Desarrollo (GIZ), en el marco de las coordinaciones
realizadas entre la Contralor�a General de la Rep�blica
del Per� y la Contralor�a General de la Rep�blica de
Chile, para compartir la experiencia y el funcionamiento
del "Sistema de Informaci�n de Obras P�blicas del Estado
� INFObras", en el �mbito de la Cooperaci�n Triangular,
informa de la visita t�cnica que deber� realizar la EFS del
Per� a la EFS de Chile del 14 al 15 de noviembre de 2013,
en la ciudad de Santiago de Chile, Rep�blica de Chile;
Que, la Cooperaci�n Sur-Sur est� basada en la
solidaridad de los pa�ses y en un proceso de coparticipaci�n
o intercambio voluntario de recursos t�cnicos, pericias
y capacidades, entre pa�ses en desarrollo que permite
compartir sus mutuas experiencias. Busca soluciones de
desarrollo bas�ndose en pol�ticas y pr�cticas demostradas
en el Sur, dando prioridad al intercambio sostenido de
ideas, experiencias, conocimientos y destrezas t�cnicas
y es un instrumento de pol�tica exterior, que refuerza los
v�nculos entre el Per� y los pa�ses con los que establece
relaci�n, promoviendo la integraci�n y alianzas con otras
regiones del mundo, conjugando recursos financieros
y t�cnicos para apoyar esfuerzos a fin de fortalecer las
capacidades del pa�s receptor;
Que, para la formulaci�n del proyecto de Cooperaci�n
Triangular bajo la modalidad Sur-Sur sobre la "Experiencia
de Implementaci�n del Registro de Informaci�n y
Participaci�n Ciudadana en el Control de Obras P�blicas �
INFObras", se ha previsto la visita t�cnica a la Contralor�a
General de la Rep�blica de Chile que consistir� en la
realizaci�n de reuniones de trabajo y entrevistas con
funcionarios de la Contralor�a General citada, as� como de
las entidades responsables del sistema de contrataciones
y de compras, sistema de presupuesto y gasto p�blico,
sistema de proyectos de inversi�n p�blica y de cooperaci�n
t�cnica internacional;
Que, los alcances de la citada actividad est�n relacionados
con las funciones que corresponden al Departamento de