El Peruano
Viernes 8 de noviembre de 2013
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VISTA:
La solicitud presentada por el se�or Enrique Mart�n Bereche
Helguero para que se autorice la inscripci�n de la empresa
denominada FGR PER� AJUSTADORES DE SEGUROS
SOCIEDAD AN�NIMA pudiendo utilizar la denominaci�n
abreviada FGR PER� AJUSTADORES DE SEGUROS S.A.
en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Secci�n III: De los Auxiliares de Seguros, B: Personas
Jur�dicas, numerales 1 y 2 Ajustadores de Seguros Mar�timos
Transportes y Ajustadores de Seguros Generales; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Reglamento del Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por
Resoluci�n S.B.S. N� 1797-2011 de fecha 10 de febrero
de 2011, se estableci� los requisitos formales para la
inscripci�n de los Auxiliares de Seguros en el citado
Registro;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
exigidos por la referida norma administrativa;
Que, la Comisi�n Evaluadora Interna de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluaci�n
Interna de Expediente N� 09-2013-CEI celebrada el 02 de
setiembre de 2013, en concordancia con lo dispuesto en el
art�culo 10� del Reglamento del Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la
inscripci�n de la empresa en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Org�nica
de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N� 26702
y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la
Resoluci�n SBS N� 2348-2013 del 12 de abril de 2013.
RESUELVE:
Art�culo Primero.- Autorizar la inscripci�n en el
Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Secci�n
III: De los Auxiliares de Seguros, B: Personas Jur�dicas,
numerales 1 y 2 Ajustadores de Seguros Mar�timos
Transportes y Ajustadores de Seguros Generales, a la
empresa denominada FGR PER� AJUSTADORES DE
SEGUROS SOCIEDAD AN�NIMA pudiendo utilizar la
denominaci�n abreviada FGR PER� AJUSTADORES DE
SEGUROS S.A., con matr�cula N� AJ-086.
Art�culo Segundo.- La presente Resoluci�n entra en
vigencia al d�a siguiente de su publicaci�n en el Diario
Oficial El Peruano.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
MARCO OJEDA PACHECO
Secretario General
1010825-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE PASCO
Crean
Comisi�n
Regional
Anticorrupci�n de Pasco
ORDENANZA REGIONAL
N� 336-2013-G.R.PASCO/CR
Cerro de Pasco, 26 de agosto de 2013
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
PASCO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco,
en Sesi�n Ordinaria de fecha veintiuno de agosto del dos
mil trece.
CONSIDERANDO:
Que, la Constituci�n Pol�tica del Per�, modificada por
Ley N� 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Cap�tulo
XIV del T�tulo IV sobre Descentralizaci�n y Ley N� 28607,
en su art�culo 191� establece que los Gobiernos Regionales
tienen autonom�a pol�tica, econ�mica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y en art�culo 192� inciso 1
dispone que los Gobiernos Regionales son competentes
para aprobar su organizaci�n interna y su presupuesto;
Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de
2002, establece como Pol�tica de Estado la afirmaci�n
de un Estado eficiente y transparente (pol�tica 24�), as�
como la promoci�n de la transparencia y la erradicaci�n
de la corrupci�n en todas sus formas (pol�tica 26�);
correspondiendo al Estado afirmar en la sociedad y en
el Estado principios �ticos y valores sociales, as� como
la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendici�n de
cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro pa�s;
asimismo, constituye elemento consustancial a dichas
pol�ticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder,
de la corrupci�n y del atropello de los derechos;
Que, la corrupci�n es un fen�meno que afecta a todos
los peruanos, en especial a los m�s pobres, y por tanto
su combate o control representa una pol�tica de Estado
que compromete a los tres niveles de gobierno. En esa
l�nea, el art�culo 9� de la Ley N� 29976 - que eleva a
rango de ley la norma de creaci�n de la Comisi�n de Alto
Nivel Anticorrupci�n (CAN Anticorrupci�n) en el art�culo
9� inciso 1 establece que, "los gobiernos regionales y
locales implementan Comisiones Regionales y Locales
Anticorrupci�n (...)";
Que, en el a�o 1997, mediante Decreto Supremo N� 012-
97-RE de fecha 24 de marzo de 1997 (previa aprobaci�n:
Resoluci�n Legislativa N� 26757 de 12 de marzo de 1997),
el Per� ratific� la Convenci�n Interamericana Contra la
Corrupci�n (CICC), como primer documento supranacional
donde se propone una serie de medidas anticorrupci�n a
los pa�ses miembros, como las propuestas de algunos
delitos vinculados a la corrupci�n, como es el caso del
cohecho pasivo, cohecho activo, lavado de bienes, soborno
transnacional, enriquecimiento il�cito, utilizaci�n de bienes
del Estado, tr�fico de influencias, desviaci�n de la finalidad
de los bienes, contrataciones p�blicas etc.;
Que, a trav�s del Decreto Supremo N� 119-2012-PCM
se aprob� el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupci�n
2012-2016, que contiene una visi�n, un objetivo general,
cinco (5) objetivos espec�ficos, quince (15) estrategias
y cincuenta y cinco (55) acciones, y cuyo �mbito de
aplicaci�n comprende a los Gobiernos Regionales;
Que, mediante Ley N� 29976 se crea la Comisi�n de Alto
Nivel Anticorrupci�n, con el objeto de articular esfuerzos,
coordinar acciones y proponer pol�ticas de corto, mediano
y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupci�n
en el pa�s; que en su art�culo 9� numeral 9.1 prescribe "Los
gobiernos regionales y locales implementan Comisiones
Regionales y Locales Anticorrupci�n, cuya conformaci�n se
da en el marco de la presente Ley, en lo que fuera aplicable";
y en el numeral 9.2 se�ala "La Comisi�n de Alto Nivel
Anticorrupci�n realiza el seguimiento de la conformaci�n
de las Comisiones Regionales y Locales Anticorrupci�n,
en coordinaci�n con la Asamblea Nacional de Gobiernos
Regionales y la Asociaci�n de Municipalidades del Per�";
Que, la lucha contra la corrupci�n, es una pol�tica del
Estado que compromete a los tres niveles de Gobierno a
desarrollar esfuerzos conjuntos para propiciar pol�ticas de
gesti�n en los organismos p�blicos y privados, as� como
en la ciudadan�a en general, para la generaci�n de una
cultura de prevenci�n, control y erradicaci�n de los actos
de corrupci�n;
Que, el Gobierno Regional de Pasco se suma a este
esfuerzo conjunto del Estado Peruano para combatir la
corrupci�n creando la Comisi�n Regional Anticorrupci�n
de Pasco; con el objetivo de propiciar pol�ticas de gesti�n
en los organismos p�blicos y privados, as� como en la
ciudadan�a en general, para la generaci�n de una cultura
de prevenci�n, control y erradicaci�n de los actos de
corrupci�n; enmarcados en Ley N� 29976, as� como de
articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer pol�ticas
de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y
combatir la corrupci�n en el pa�s; cuya conformaci�n se da
en el marco de la Ley;
Que, mediante acuerdos obtenidos en las distintas
reuniones de trabajo, los cuales constan en actas, donde se
ha realizado la sociabilizaci�n, analizado e implementado
la formulaci�n de la Ordenanza Regional presentada por
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la comisi�n, producto de ellos el 13 de agosto del 2013
luego de realizado la tercera reuni�n de trabajo se da
por aprobado el Proyecto de Ordenanza Regional para
la Creaci�n de la Comisi�n Regional Anticorrupci�n de
Pasco;
Que, mediante el DICTAMEN Nro. 002-2013-
G.R.PASCO/CR/CFEyA la Comisi�n de Fiscalizaci�n,
�tica y Anticorrupci�n, luego de revisada, analizada e
implementada el Proyecto de Ordenanza Regional en
base a los aportes y observaciones de las instituciones
involucradas a partir del proyecto presentado por la
Comisi�n; consideran que existe fundamento y sustento
necesario para emitir y aprobar la Ordenanza Regional, que
permita establecer las acciones t�cnicas y administrativas
para implementar y dar cumplimiento en el �mbito de la
regi�n;
Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y
de conformidad con la Constituci�n Pol�tica del Estado, el
Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de
sus facultades y atribuciones conferidas por el art�culo 37�
inciso a) de la Ley Org�nica de Gobiernos Regionales, Ley
N� 27867 y sus modificatorias y en estricto cumplimiento a
las normas vigentes ha emitido la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL
Art�culo Primero.- Creaci�n y finalidad de la
Comisi�n
Cr�ase la Comisi�n Regional Anticorrupci�n de Pasco,
que tiene como objetivo principal implementar acciones de
prevenci�n y combate de la Corrupci�n, en el marco del
Plan Nacional de Lucha contra la corrupci�n.
Art�culo Segundo.- Conformaci�n
2.1 La Comisi�n Regional Anticorrupci�n de Pasco
se encuentra conformada por:
1. Presidente del Gobierno Regional de Pasco
2. Presidente de la Corte Superior de Justicia de
Pasco.
3. Gobernador Regional de Pasco.
4. Coordinadora Regional de la Procuradur�a P�blica
Anticorrupci�n Descentralizada del Distrito Judicial de
Pasco.
5. Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del
Distrito Fiscal de Pasco.
6. Presidente del Consejo Regional del Gobierno
Regional de Pasco.
7. El Presidente del Frente Amplio de los Intereses de
la provincia de Pasco.
8. El Presidente del Frente Amplio de los Intereses de
la provincia de Daniel Carri�n.
9. El Presidente de la Asociaci�n de Pobladores de la
Provincia de Oxapampa.
10. El Decano del Colegio de Ingenieros de Pasco.
11. El Decano del Colegio de Economistas de Pasco.
12. El Decano del Colegio de Periodistas de Pasco.
13. El Secretario T�cnico.
2.2 El Secretario T�cnico de la Comisi�n Regional
Anticorrupci�n de Pasco participa en las sesiones con voz
pero sin voto.
2.3 El Jefe del �rgano de Control Institucional del
Gobierno de Pasco, el Jefe de la Oficina Defensorial,
representante de la Iglesia Cat�lica y Evang�lica y
representante del sector empresarial actuar�n en calidad
de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares
participar en las sesiones de la Comisi�n con voz pero sin
voto.
Art�culo Tercero.- Funciones.
La Comisi�n Regional Anticorrupci�n tiene las
siguientes funciones:
a) Elaborar el Plan Regional de Lucha contra la
Corrupci�n.
b) Realizar el seguimiento y supervisi�n de la
implementaci�n y cumplimiento del Plan Nacional de Lucha
contra la Corrupci�n 2012-2016 en la Regi�n de Pasco.
c) Informar semestralmente a la Comisi�n de Alto Nivel
Anticorrupci�n sobre los avances en la implementaci�n del
Plan Regional de Lucha Contra la Corrupci�n.
d) Proponer pol�ticas a nivel regional de corto,
mediano y largo plazo para la prevenci�n y lucha contra
la corrupci�n.
e) Proponer iniciativas normativas a corto, mediano
y largo plazo para la prevenci�n y lucha contra la
corrupci�n.
f) Difundir las acciones y actividades de la Comisi�n.
Art�culo Cuarto.- Presidencia
La Presidencia asume la titularidad de la Comisi�n
Regional Anticorrupci�n de Pasco, que es elegida entre
sus miembros y tiene car�cter rotatorio cada a�o. La
Presidencia solo puede recaer en los representantes de
las entidades p�blicas.
La Comisi�n Regional Anticorrupci�n de Pasco
ser� convocada y presidida en la primera sesi�n por el
Presidente del Gobierno Regional.
Art�culo Quinto.- Secretar�a T�cnica
La Secretar�a T�cnica ejecuta los acuerdos de la
Comisi�n Regional Anticorrupci�n de Pasco, as� como la
direcci�n y elaboraci�n de los estudios y trabajos t�cnicos
que requiera dicha Comisi�n para el cumplimiento de sus
fines.
Art�culo Sexto.- Reglamento
La Comisi�n Regional Anticorrupci�n de Pasco
elaborar� su Reglamento Interno en un plazo de sesenta
(60) d�as calendario contabilizados desde la creaci�n de
la Comisi�n.
Art�culo S�ptimo.- La presente Ordenanza entrar�
en vigencia al d�a siguiente de su publicaci�n en el Diario
Oficial El Peruano.
Comun�quese al se�or Presidente del Gobierno
Regional Pasco, para su promulgaci�n.
En la Provincia de Pasco, a los veinti�n d�as del mes
de agosto del dos mil trece.
DANIEL ALBERTO PAUCAR ESPINOZA
Presidente del Consejo Regional
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco,
a los veinti�n d�as del mes de agosto del dos mil trece.
KLEVER U. MEL�NDEZ GAMARRA
Presidente
1010289-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Declaran de inter�s la propuesta de
iniciativa privada denominada "Centro
Comercial Strip Mall"
ACUERDO DE CONCEJO
N� 104-2013-MDI
Independencia, 30 de setiembre del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA
VISTO:
En Sesi�n Ordinaria de la fecha, el Memorando N�
695-2013-GAL/MDI de la Gerencia de Asesor�a Legal; el
Memor�ndum N� 1145-2013-GGU/MDI de la Gerencia de
Gesti�n Urbana; el Memorando N� 240-2013-GDEL/MDI
de la Gerencia de Desarrollo Econ�mico Local Municipal;
el Informe N� 075-2013-GDS/MDI, de la Gerencia de
Desarrollo Social; el Memorando N� 394-2013-GPPR/