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Fecha de publicación: 04/11/2026
Amplían plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante la R.M. N° 01102-2026-DE

Amplían plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante la R.M. N° 01102-2026-DE

Resolución Ministerial

N° 01358-2026-DE

Lima, 4 de noviembre del 2026

VISTOS:

El Informe Técnico N° 00139-2026-MINDEF/VPD-DIGEPE de la Dirección General de Política y Estrategia; el Oficio N° 04058-2026-MINDEF/VRD-DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00252-2026-MINDEF/VRD-DGPP-DIDOM de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización; y el Informe Legal N° 02069-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 32592, se declara de interés nacional la creación, implementación y desarrollo del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional, estableciendo en su Única Disposición Complementaria Transitoria que el Poder Ejecutivo es el encargado de elaborar la propuesta normativa para el desarrollo e implementación de un Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional y de un Sistema de Protección Amazónico y Nacional;

Que, conforme al último párrafo del artículo 3 de la Ley N° 32592, el Ministerio de Defensa a través de sus órganos operativos se constituye como el ente rector del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional, asegurando la integración y centralización de funciones con las diferentes entidades del Estado;

Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisa que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; asimismo, para otras funciones que no sean las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a los Grupos de Trabajo;

Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos, siendo sus conclusiones carentes de efectos jurídicos sobre terceros;

Que, el numeral 28.2 del artículo 28 de los referidos Lineamientos dispone que, los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; asimismo, en el segundo párrafo del citado numeral se establece que la resolución ministerial que aprueba la creación de un grupo de trabajo, cuya conformación incluya representantes de más de un sector o que no forman parte del Poder Ejecutivo, contiene un considerando en el cual se precisa que se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el grupo de trabajo;

Que, en mérito a ello, mediante Resolución Ministerial N° 01102-2026-DE, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Defensa, con el objeto de formular la propuesta normativa para el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional;

Que, conforme al artículo 5 de la citada Resolución Ministerial, la Dirección General de Política y Estrategia asume la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial; habiéndose establecido en el artículo 8 que el mismo tiene una vigencia de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de su instalación;

Que, en atención del Acta de Instalación, el Grupo de Trabajo Multisectorial se instaló con fecha 18 de setiembre de 2026, computándose su vigencia a partir del día siguiente hábil; habiendo acordado en la sesión del 9 de octubre de 2026, solicitar la ampliación del plazo de vigencia, por un plazo adicional de cuarenta y cinco (45) días calendario;

Que, la Dirección General de Política y Estrategia, en su calidad de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, a través del Informe N° 00139-2026-MINDEF/VPD-DIGEPE, señala que resulta necesaria la ampliación del plazo de vigencia del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, toda vez que la labor encargada al Grupo de Trabajo Multisectorial es una propuesta normativa, lo que implica, en primer término, la identificación, evaluación y sustento del problema público que se pretende resolver con la misma, para luego formular la propuesta normativa, la exposición de motivos y el sustento técnico, ello requiere contar con un mayor plazo que permita a los representantes realizar las funciones encargadas de manera eficiente;

Que, asimismo, el referido informe técnico señala que la ampliación de plazo permitirá cumplir con la disposición otorgada en la Ley N° 32592 al Poder Ejecutivo, en tanto posibilita la identificación de los elementos legales necesarios para el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional, para la vigilancia y protección de la Amazonía; adicionalmente, indica que la propuesta de ampliación cuenta con sustento funcional y respaldo multisectorial, conforme al acuerdo adoptado por el Grupo de Trabajo Multisectorial, según consta en el Acta de la cuarta sesión de fecha 9 de octubre de 2026, en la que se deja constancia que uno de sus acuerdos es el de solicitar la ampliación por cuarenta y cinco (45) días calendario;

Que, mediante Informe Técnico N° 00252-2026-MINDEF/VRD-DGPP-DIDOM, la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto dependiente del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa opina favorablemente respecto de la ampliación del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, por cuarenta y cinco (45) días calendario;

Que, a través del Informe Legal N° 02069-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica estima legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se formaliza la ampliación del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, contados a partir del 5 de noviembre de 2026, con el objeto de formular la propuesta normativa para el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Dirección General de Política y Estrategia, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Supremo N° 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliación del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante Resolución Ministerial N° 01102-2026-DE

Ampliar por cuarenta y cinco (45) días calendario adicionales el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Defensa, encargado de formular la propuesta normativa para el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional y del Sistema de Protección Amazónico y Nacional. El plazo de ampliación se contabiliza desde el 5 de noviembre de 2026.

Vencido el plazo de vigencia, el Grupo de Trabajo, con el apoyo de la Secretaría Técnica, presenta al titular del Ministerio de Defensa el Informe Final con los productos encargados, en un plazo máximo de siete (7) días calendario.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2571981-1