Modifican la Resolución de Presidencia N° 000008-2026-P/IPD, que delega facultades y atribuciones en materia de contrataciones públicas del Instituto Peruano del Deporte
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 000154-2026-P/IPD
Lima, 22 de octubre del 2026
VISTOS: El Informe N° 002520-2026-UL-OGA emitido por la Unidad de Logística; el Memorando N° 005558-2026-OGA emitido por la Oficina General de Administración; y, el Informe N° 001020-2026-OAJ/IPD emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (en adelante, IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal;
Que, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2004-PCM, el Presidente del Instituto Peruano del Deporte es el funcionario de mayor jerarquía de la institución y tiene funciones ejecutivas, siendo designado por Resolución Suprema, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; y es quien ejerce además la representación institucional y legal con las atribuciones que establece la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y su Reglamento;
Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), señala que los actos de administración interna de las entidades destinadas a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de dicha Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan;
Que, el numeral 65.1 del artículo 65 del TUO de la LPAG dispone que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación; asimismo, el numeral 67.1 del artículo 67 de la citada norma, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de la misma entidad; y del mismo modo, el artículo 70 de la norma antes mencionada establece que “todo cambio de competencia debe ser temporal, motivado, y estar su contenido referido a una serie de actos o procedimientos señalados en el acto que lo origina”;
Que, en ese sentido, el literal p) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del IPD, establece que son funciones y atribuciones del Presidente del IPD, entre otras, delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones en función de la institución, con excepción de aquellos que le son exclusivas;
Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000008-2026-P/IPD, de fecha 14 de enero de 2026, la Presidencia delegó, entre otras, diversas facultades y atribuciones para el ejercicio fiscal 2026 a favor de la Gerencia General y de la Oficina General de Administración, en materia de contrataciones públicas;
Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000082-2026-P/IPD, de fecha 20 de junio de 2026, se modificó el artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° 000008-2026-P/IPD e incorporó el numeral 2.1.1 en dicho artículo, en materia de contrataciones públicas;
Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, establecen las disposiciones que deben observar las entidades del Sector Público y sus titulares en los procedimientos de contratación de bienes, servicios y obras; y, en los literales a) y b) del numeral 25.1 del artículo 25 de la mencionada Ley, se dispone que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización, y que la autoridad de la gestión administrativa es la más alta autoridad de la gestión administrativa de cada entidad contratante;
Que, el numeral 25.2 del artículo 25 de la citada Ley N° 32069, señala que el titular de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que la citada Ley le otorga, salvo las excepciones prevista en el Reglamento;
Que, mediante Memorando N° 005558-2026-OGA, la Oficina General de Administración traslada el Informe N° 002520-2026-UL-OGA emitido por la Unidad de Logística, mediante el cual se sustenta y propone se modifique la Resolución de Presidencia N° 00008-2026-P/IPD, modificada por la Resolución de Presidencia N° 00082-2026-P/IPD, a fin que la facultad de aprobar la contratación de procedimientos de selección no competitivos por la causal de desabastecimiento, prevista en el literal c) del numeral 55.1 del artículo 55 de la referida Ley N° 32069, se delegue en la Jefatura de la Oficina General de Administración del IPD;
Que, mediante Informe N° 0001020-2026-OAJ/IPD, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable respecto a la propuesta de modificación de la Resolución de Presidencia N° 00008-2026-P/IPD, la cual fue modificada por la Resolución de Presidencia N° 00082-2026-P/IPD, a fin que la facultad para aprobar la contratación de procedimientos de selección no competitivos por la causal de desabastecimiento se delegue en favor de la Jefatura de la Oficina General de Administración del IPD, al encontrarse acorde al marco normativo vigente; y, recomienda la emisión del acto resolutivo por parte de la Presidencia del IPD;
Con el visado de la Unidad de Logística, la Oficina General de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;
De conformidad con las facultades previstas en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009 2025-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2004-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el literal a) del numeral 1.3 del artículo 1 de la Resolución de Presidencia N° 000008-2026-P/IPD
Modificar el literal a) del numeral 1.3 del artículo 1 de la Resolución de Presidencia N° 000008-2026-P/IPD, el cual queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 1°.- Delegación a la Gerencia General
Delegar en el/la Gerente General del Instituto Peruano del Deporte, durante el año fiscal 2026, las siguientes facultades y atribuciones:
(…)
1.3. En materia de Contrataciones Públicas
a) Aprobar los procedimientos de selección no competitivos en las causales establecidas en los literales b) y k) del numeral 55.1 del artículo 55° de la Ley General de Contrataciones Públicas.
(…)».
Artículo 2.- Modificar el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° 000008-2026-P/IPD, modificado por el artículo 1 de la Resolución de Presidencia N° 000082-2026-P/IPD
Modificar el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° 000008-2026-P/IPD, modificado por el artículo 1 de la Resolución de Presidencia N° 000082-2026-P/IPD, para incorporar el literal p), el cual queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 2°.- Delegación a la jefatura de la Oficina General de Administración
Delegar en el/la Jefe (a) de la Oficina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, durante el año fiscal 2026, las siguientes facultades y atribuciones:
2.1. En materia de contrataciones Públicas
(…)
p) Aprobar los procedimientos de selección no competitivos por la causal de desabastecimiento establecida en el literal c) del numeral 55.1 del artículo 55° de la Ley General de Contrataciones Públicas».
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente Resolución a todas las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte para los fines correspondientes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR FAUSTO FERNÁNDEZ CÁCERES
Presidente
Instituto Peruano del Deporte