Aprueban modificación del Manual Clasificador de Cargos de la Autoridad Portuaria Nacional
Resolución de Gerencia General
Nº 0545-2026-APN-GG
Callao, 22 de octubre de 2026
VISTOS:
El Memorando Nº 1836-2026-APN-OGA de fecha 20 de octubre de 2026 y el Informe Nº 0141-2026-APN-OGA de fecha 21 de octubre de 2026 de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 0328-2026-APN-DIPLA de fecha 21 de octubre de 2026 de la Dirección de Planificación y Estudios Económicos y el Informe Legal Nº 0610-2026-APN-UAJ del 22 de octubre de 2026, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, la Autoridad Portuaria Nacional (APN) es un Organismo Técnico Especializado, encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, asimismo, cuenta con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y sus modificatorias, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, comprendiendo los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, denominada “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en la que se establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, así como las reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasificador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional; y; administrar dichos cargos y posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos;
Que, la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, define al Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; asimismo, establece en su artículo 6 el proceso de elaboración y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la entidad, señalándose en su numeral 6.1.7 que la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos al titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planificación y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; y, de obtener la validación, el titular de la entidad lo aprueba y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, entre otros;
Que, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 0255-2026-APN-GG de fecha 27 de abril de 2026 se modificó el Manual Clasificador de Cargos de la APN aprobado mediante la Resolución de Gerencia General Nº 0326-2025-APN-GG y rectificado por la Resolución de Gerencia Nº 682-2025-APN-GG;
Que, a través del Informe Nº 0141-2026-APN-OGA del 21 de octubre de 2026, la Oficina General de Administración (OGA) formula la propuesta de modificación del MCC de la APN, sustentando ello en la inclusión de carreras profesionales vinculadas al ámbito marítimo portuario con relación a las unidades de organización de segundo y tercer nivel de la entidad; entre otros;
Que, con Informe Nº 0328-2026-APN-DIPLA del 21 de octubre de 2026, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos (DIPLA) emite opinión favorable a la propuesta de modificación del MCC de la APN, precisando que, de conformidad con la precitada Directiva, debe ser aprobado por la Gerencia General al ser la máxima autoridad administrativa de la entidad;
Que, mediante Informe Legal Nº 0610-2026-APN-UAJ del 22 de octubre de 2026 la Unidad de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que la Gerencia General emita el acto resolutivo por el cual apruebe la modificación del MCC de la APN;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del numeral 5.1 del artículo 5 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIRGDSRH, el titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y de acuerdo con lo señalado en el articulo 12 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, establecen que el Gerente General es la máxima autoridad administrativa es la máxima autoridad administrativa de la APN, por lo que le corresponde aprobar la modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la APN;
Que, el Decreto Supremo Nº 020-2024-MTC aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (en adelante, ROF) de la APN estableciendo, entre otros, que la APN adecuará sus documentos de gestión y de gestión interna de acuerdo con lo establecido en el ROF, en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del mismo Decreto Supremo; mientras que mediante Resolución de Acuerdo de Directorio (en adelante, RAD) Nº 001-2025-APN-DIR, se aprobó la Sección Segunda del ROF de la APN disponiendo, entre otros, que las denominaciones de los cargos estructurales de las unidades de organización contenidos en el ROF aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC continúan vigentes hasta la implementación dispuesta en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 020-2024-MTC y, mediante RAD Nº 062-2025-APN-DIR se amplió, con eficacia anticipada al 8 de julio de 2025, la vigencia de los artículos 1 y 2 de la RAD Nº 0001-2025-APN-DIR, hasta que se cuente con las disposiciones complementarias necesarias para la implementación de las Secciones Primera y Segunda del ROF de la APN, que garanticen la operatividad funcional de la entidad conforme a la nueva estructura organizacional aprobada;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la versión modificada del MCC de la APN;
De conformidad con Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el Decreto Supremo Nº 020-2024-MTC que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional y la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 001-2025-APN/DIR que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional - APN; la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 005-2025-APN/DIR que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la APN y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación del Manual Clasificador de Cargos de la APN aprobado por la Resolución de Gerencia General Nº 0326-2025-APN-GG del 21 de mayo de 2025, rectificado por la Resolución de Gerencia General Nº 0682-2025-APN-GG del 06 de noviembre de 2025 y modificado por la Resolución de Gerencia General Nº 0255-2026-APN-GG de fecha 27 de abril de 2026, el mismo que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Administración, a través de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, ejecute la implementación y aplicación de la modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Autoridad Portuaria Nacional aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese únicamente la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y encargar a la Unidad de Relaciones Institucionales, la publicación de la presente Resolución con su respectivo anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital de la entidad (https://www.gob.pe/apn) y en el Portal de Transparencia de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
Eusebio Melchor Vega Bueza
Gerente General (e)
Autoridad Portuaria Nacional
2567657-1