Logo El Peruano
Fecha de publicación: 17/10/2026
Autorizan viaje del Teniente Coronel EP a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en misión de estudios

Autorizan viaje de personal del Ejército Peruano a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 01281-2026-DE

Lima, 16 de octubre del 2026

VISTOS:

El Oficio Nº 183 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio Nº 02529-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01951-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Radicados Nº 2026124000584211: MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-DIRIE y Nº 2026124001949501: MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-DIRIE, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército Nacional de Colombia traslada al Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia, la invitación del Comandante del Comando de Transformación del Ejército del Futuro (COTEF) al Ejército del Perú, para realizar una visita al referido Comando con la finalidad de intercambiar información en temas de funcionamiento del Centro de Estudios Estratégicos del Ejército del Perú (CEEEP), a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 19 al 23 de octubre de 2026;

Que, con Oficio Nº 183 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Brigada EP LUIS NICOLAS CUEVA CARBAJAL, identificado con DNI Nº 43347169 y CIP Nº 117467300;y, del Coronel EP JOE PAUL MENDOZA DEL AGUILA, identificado con DNI Nº 02861223 y CIP Nº 118455500, para realizar una visita al Comando de Transformación del Ejército del Futuro (COTEF), a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 19 al 23 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 18 de octubre y su retorno el 24 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite entre otros, el Dictamen Legal Nº 1951-2026/OAJE, la exposición de motivos, la Hoja de Gastos del 1 de octubre de 2026 y las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000007543 y Nº 0000007544 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del referido personal, por cuanto les permitirá intercambiar conocimientos y experiencias los cuales contribuirán a identificar buenas prácticas para el proceso de transformación institucional y desarrollo de capacidades del Ejército del Perú;

Que, conforme a lo indicado en el Radicado Nº 2026124000584211: MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-DIRIE del Director de Relaciones Internacionales del Ejército de Colombia, los gastos por concepto de alojamiento y transporte interno en la ciudad de Bogotá D.C., serán asumidos por la República de Colombia a través del Comando de Transformación del Ejército del Futuro; razón por la cual, debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;

Que, a través del Oficio Nº 02529-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 668-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01951-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Brigada EP LUIS NICOLAS CUEVA CARBAJAL y del Coronel EP JOE PAUL MENDOZA DEL AGUILA, para realizar una visita al Comando de Transformación del Ejército del Futuro (COTEF), a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 19 al 23 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 18 de octubre y su retorno el 24 de octubre de 2026.

Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo a su presupuesto institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima – Bogotá (República de Colombia) - Lima

Clase económica

US$ 1,337.68 x 2 personas US$ 2,675.36

Viáticos

US$ 370.00 x 5 días x 2 personas x 40% US$ 1,480.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 4,155.36

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2565759-1