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Fecha de publicación: 16/10/2026
Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a la República de Corea, en misión de estudios

Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a la República de Corea, en misión de estudios

Resolución Ministerial

Nº 01271-2026-DE

Lima, 16 de octubre del 2026

VISTOS:

Los Oficios Extra FAP Nros. 003446 y 003634-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; los Oficios Nº 02435-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN y Nº 02508-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01938-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio KORDEF 26-113, la Agregaduría de Defensa de la República de Corea extiende una invitación a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú para que representantes de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú – EOFAP participen en la Semana Internacional 2026 (Republic of Korea Air Force Academy 14th International Week 2026), a realizarse en el Campus de la Academia de la Fuerza Aérea de la República de Corea, ubicada en la ciudad de Cheongju, República de Corea, del 19 al 24 de octubre;

Que, mediante Oficios Extra FAP Nros. 003446 y 003634-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, complementado con correos institucionales de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal de la Fuerza Aérea del Perú para participar en la Semana Internacional 2026 (Republic of Korea Air Force Academy 14th International Week 2026), a realizarse en el Campus de la Academia de la Fuerza Aérea de la República de Corea, ubicada en la ciudad de Cheongju, República de Corea, del 19 al 24 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 17 de octubre y su retorno el 25 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través de los citados documentos, la institución armada remite el Informe Legal Nº 018 EOFAP/EOAJ, la exposición de motivos, la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 Nº 169 DGVC-ME/SIAF-RP; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000000005 y Nº 0000000022, que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos de la institución armada, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal designado para participar en la referida misión de estudios; por cuanto permitirá a los cadetes formarse en una Fuerza Aérea líder en el ámbito aeronáutico mundial, con un acercamiento mucho mayor a la dinámica operacional y pedagógica de dicha organización; asimismo, tendrán la oportunidad de conocer la cultura y costumbres del personal militar de un país clave en el escenario global actual, pudiendo así incrementar el acervo profesional en su carrera como futuros Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, con la seguridad de obtener y brindar nuevas capacidades a ser implementadas en la institución;

Que, conforme a lo indicado en el documento acotado, la institución armada precisa que los gastos por concepto de alojamiento y alimentación serán asumidos por la Academia de la Fuerza Aérea de Corea (KAFA), de acuerdo a lo indicado en el Oficio KORDEF 26-113 de la Agregaduría de Defensa de la República de Corea; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;

Que, mediante los Oficios Nº 02435-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN y Nº 02508-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 199-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión técnica favorable respecto a la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, referida en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01938-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la Semana Internacional 2026 (Republic of Korea Air Force Academy 14th International Week 2026), a realizarse en el Campus de la Academia de la Fuerza Aérea de la República de Corea, ubicada en la ciudad de Cheongju, República de Corea, del 19 al 24 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 17 de octubre y su retorno el 25 de octubre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa el pago que corresponda, con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al concepto siguiente:

Pasajes aéreos: Lima – Incheon (República de Corea) - Lima

Clase económica

US$ 4,016.17 x 3 personas US$ 12,048.51

Pasajes Terrestres: Incheon - Cheongju - Incheon

US$ 240.00 x 3 personas US$ 720.00

Viáticos:

US$ 500.00 x 6 días x 3 personas x 20% US$ 1,800.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 14,568.51

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; y, de su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2565710-1