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Fecha de publicación: 16/10/2026
Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a la República de Corea, en misión de estudios

Autorizan viaje de Viceministra de Trabajo a Panamá, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 328-2026-TR

Lima, 16 de octubre de 2026

VISTOS: La Carta de fecha 12 de agosto de 2026 de la Secretaría Técnica de la Red Iberoamericana de Inspecciones de Trabajo (REDIBIT) y de la Dirección de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) de la República de Panamá; el Oficio Nº 663-2026-SUNAFIL/GG de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral; el Memorándum Nº 001668-2026-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación Nº 000740-2026-MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; el Informe Nº 000177-2026-MTPE/2/16.3 de la Dirección de Políticas y Regulación para la Promoción de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral; la Hoja de Elevación Nº 000397-2026-MTPE/4/10 y el Informe Nº 000019-2026-MTPE/4/10-LTH de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorándum Nº 001685-2026-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; y el Informe Nº 000208-2026-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta de fecha 12 de agosto de 2026, la Secretaría Técnica de la Red Iberoamericana de Inspecciones de Trabajo (REDIBIT) y la Dirección de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) de la República de Panamá cursan invitación a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL para que una delegación de tres (3) representantes asista al V Encuentro Plenario de la Red Iberoamericana de Inspecciones del Trabajo (REDIBIT) y Seminario técnico de alto nivel para responsables de las inspecciones del trabajo, que se realizará del 21 al 23 de octubre de 2026, en Ciudad de Panamá, República de Panamá;

Que, en el citado evento se abordarán principalmente los desafíos y oportunidades de la inspección del trabajo frente a las transformaciones tecnológicas, ambientales y socioeconómicas, con énfasis en el uso de la inteligencia artificial para promover el trabajo decente; la transición hacia la formalidad laboral y el papel de la inspección del trabajo en dicho proceso; la protección de la seguridad y salud en el trabajo frente al cambio climático y los fenómenos meteorológicos adversos; la lucha contra el trabajo forzoso, la trata de personas con fines de explotación laboral y el trabajo infantil; así como el fortalecimiento de la cooperación y articulación entre las inspecciones del trabajo iberoamericanas, a fin de mejorar su eficiencia y contribuir al desarrollo sostenible;

Que, asimismo, el V Encuentro Plenario de la REDIBIT contempla la revisión de los avances del Plan de Trabajo correspondiente al periodo noviembre de 2025 a octubre de 2026, la presentación de los informes de sus grupos de trabajo, la adopción de decisiones para el funcionamiento de la Red y la elaboración del plan de trabajo para el periodo octubre de 2026 a noviembre de 2027, lo que representa una oportunidad para fortalecer la cooperación y articulación internacional en materia de inspección del trabajo;

Que, con Oficio Nº 663-2026-SUNAFIL/GG, la Gerencia General de la SUNAFIL señala que, a través de la Carta Nº 000010-2026-SUNAFIL/SP, dirigida a la Secretaría Técnica de la REDIBIT y a la Dirección de Inspección de Trabajo del MITRADEL de la República de Panamá, la Superintendente de la SUNAFIL ha confirmado la participación de la señora HILDA SANDOVAL CORNEJO, Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como integrante de la delegación peruana que participará en el referido evento;

Que, conforme a lo señalado en el Informe Nº 000177-2026-MTPE/2/16.3 de la Dirección de Políticas y Regulación para la Promoción de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, la participación de la Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el evento en mención permitirá intercambiar experiencias y buenas prácticas con las autoridades responsables de las inspecciones del trabajo de otros países, conocer los avances en el desarrollo de estrategias para fortalecer la actuación inspectiva y contribuir al análisis de alternativas orientadas a mejorar la eficacia del Sistema de Inspección del Trabajo del Perú, en concordancia con los objetivos de promoción del trabajo decente, formalización laboral y protección de los derechos fundamentales en el trabajo;

Que, mediante Hoja de Elevación Nº 000397-2026-MTPE/4/10, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales hace suyo el Informe Nº 000019-2026-MTPE/4/10-LTH, en el cual se señala que la participación de la citada funcionaria en el mencionado evento “(…) resulta de interés institucional, en tanto que el Sistema de Inspección del Trabajo constituye un instrumento fundamental para la tutela de los derechos laborales, prevención y detección de incumplimientos, promoción de condiciones de trabajo dignas y seguras y contribución a la formalización laboral. Por consiguiente, conocer las experiencias, metodologías y estrategias desarrolladas por otras administraciones de trabajo permite identificar oportunidades de mejora para las políticas e intervenciones del sector, considerando las particularidades del contexto nacional. Además, fortalecerá la articulación entre la conducción sectorial de las políticas laborales y las entidades competentes en materia de inspección del trabajo, favoreciendo que los conocimientos y experiencias intercambiados puedan ser considerados en el análisis y perfeccionamiento de las intervenciones públicas correspondientes.”;

Que, asimismo, conforme al precitado informe, los organizadores del evento asumirán los gastos correspondientes a alojamiento, alimentación y traslados de la señora HILDA SANDOVAL CORNEJO, Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; en tanto que los gastos por concepto de pasajes aéreos que se deriven de su participación en el referido evento serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

Que, mediante el Memorándum Nº 001685-2026-MTPE/4/11, la Oficina General de Administración adjunta la correspondiente Certificación de Crédito Presupuestario y el consolidado del costo de pasaje que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo asumirá;

Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se efectuará por Resolución Ministerial del respectivo Sector;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional la participación de la señora HILDA SANDOVAL CORNEJO, Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el V Encuentro Plenario de la REDIBIT y Seminario técnico de alto nivel para responsables de las inspecciones del trabajo, por lo que corresponde emitir la resolución ministerial de autorización de viaje;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 000208-2026-MTPE/4/8, señala que resulta legalmente viable la emisión de la resolución ministerial de autorización de viaje;

Con las visaciones de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de viaje

Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de la señora HILDA SANDOVAL CORNEJO, Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 20 al 24 de octubre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento

Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Pliego 012: M. de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y apellidos

Pasaje Aéreo

(US$)

HILDA SANDOVAL CORNEJO

1,053.44

Artículo 3.- Presentación de informe

Dentro de los quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria debe presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- Derecho a exoneración, liberación de impuestos o derechos aduaneros

La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan Sheput Moore

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

2565362-1