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Fecha de publicación: 08/10/2026
Suspenden temporalmente el cronograma del proceso de Evaluación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción (ICP) 2026

Autorizan transferencia financiera a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP)

Resolución Ministerial

Nº 1491-2026-IN

Lima, 8 de octubre de 2026

VISTOS, el Informe Nº 001682-2026-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 002242-2026-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 002110-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: M. del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 2373-2025-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2026 del citado Pliego, por la suma de S/ 13 397 947 493,00 (TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento;

Que, el numeral 1 de la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática; y dicta otras medidas, autoriza, durante el Año Fiscal 2026, a los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, según corresponda, para el financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP); para cuyo efecto, conforme a su numeral 2, dichos pliegos, sujetos a su disponibilidad presupuestal, quedan exonerados de lo dispuesto en los numerales 9.1, 9.2 y 9.4 del artículo 9 y en los artículos 11 y 34 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, así como en los incisos 3 y 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, el numeral 3 de la citada Disposición Complementaria Final establece que “[l]os pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior quedan autorizados a realizar transferencias financieras a favor de la CPMP para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP. Dichos recursos no pueden utilizarse para fines distintos a los establecidos en el presente numeral. Las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, previa opinión de la oficina de presupuesto del pliego y se publican en el diario oficial El Peruano”;

Que, asimismo, el numeral 4 de la referida Disposición Complementaria Final dispone que las transferencias financieras que efectúen los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior a favor de la CPMP son otorgadas en las cuentas que determine la Dirección General del Tesoro Público, para su asignación financiera conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería, de manera que los recursos no utilizados en el cumplimiento de las indicadas obligaciones previsionales son devueltos por la CPMP a dichos pliegos, para que estos efectúen su reversión al Tesoro Público hasta el mes de marzo de 2027; siendo los pliegos responsables de la verificación y seguimiento del cumplimiento de la finalidad para la cual son transferidos los recursos;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 000052-2026-IN-OGPP, en el marco de lo dispuesto en el numeral 1 de la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32732, se aprueba una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático, Tipo 004, entre Unidades Ejecutoras, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, por el importe de S/ 280 035 386,00 (DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), de la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, a favor de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior - Oficina General de Administración, del Pliego 007: M. del Interior, para financiar la transferencia financiera a favor de la CPMP, para ser destinada exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de dicha Caja;

Que, mediante el Informe Nº 001682-2026-IN-OGPP-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, emite opinión favorable en materia presupuestal respecto de la resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 007: M. del Interior, hasta por la suma de S/ 280 035 386,00 (DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos habilitados en el presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior - Oficina General de Administración mediante la Resolución Directoral Nº 000052-2026-IN-OGPP, a favor de la CPMP, para ser destinada exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de dicha Caja, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 de la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32732;

Que, con Memorando Nº 002242-2026-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto valida la propuesta remitida por la Oficina de Presupuesto a través del Informe Nº 001682-2026-IN-OGPP-OP;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 002110-2026-IN-OGAJ, señala que resulta legalmente viable la emisión de la resolución ministerial remitida por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática; y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Resolución Ministerial Nº 0702-2026-IN, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorización de Transferencia Financiera

Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 007: M. del Interior, hasta por la suma de
S/ 280 035 386,00 (DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), para ser destinada exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de dicha Caja, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 de la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32732.

Artículo 2. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3. Remisión

Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior - Oficina General de Administración, para las acciones que correspondan.

Artículo 4. Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR AUGUSTO ASTUDILLO SALCEDO

Ministro del Interior

2562858-1