Autorizan viaje de cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” a Colombia, en misión de estudios
Resolución Ministerial
Nº 01213-2026-DE
Lima, 2 de octubre del 2026
VISTOS:
El Oficio Nº 164 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio Nº 02415-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01852-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento CIRCULAR Nº 2026124008225833 MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-DIRIE, la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército Nacional de Colombia traslada a las Agregadurías de Defensa, Militares, Navales y Aéreos acreditadas en la República de Colombia, la invitación de la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”, para que representantes de las diferentes Escuelas de Formación Militar de los Ejércitos de sus respectivos países participen en la Semana Internacional del Cadete 2026, a realizarse en las instalaciones de la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”, ubicado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 4 al 11 de octubre de 2026;
Que, con Oficio Nº 164 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia del Ejército del Perú solicita al Misterio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete IV año JOSUE LEODAN FRANCHEZCO LOPEZ VILLACORTA, identificado con DNI Nº 73615394, y del Cadete IV año JEFERSON DAVID SOTO MUÑOZ, identificado con DNI Nº 72721275, de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para participar en la Semana Internacional del Cadete 2026, a realizarse en las instalaciones de la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”, ubicado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 5 al 11 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 4 de octubre y su retorno el 11 de octubre de 2026, sin que el día adicional de ida genere gasto al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite entre otros, el Dictamen Legal Nº 1854-2026/OAJE, la exposición de motivos, la Hoja de Gastos del 28 de agosto de 2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000762 y Nº 0000001125, que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el citado viaje al exterior, en misión de estudios, del personal designado para participar en la referida actividad, por cuanto permitirá que el referido personal acceda a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la institución armada;
Que, conforme a lo señalado en el documento CIRCULAR Nº 2026124008225833 MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-DIRIE de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército Nacional de Colombia y la exposición de motivos, los gastos por los conceptos de alojamiento y alimentación serán cubiertos por la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”; en consecuencia, corresponde otorgar viáticos diarios hasta por un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
Que, mediante Oficio Nº 02415-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 183-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, con Informe Legal Nº 01852-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete IV año JOSUE LEODAN FRANCHEZCO LOPEZ VILLACORTA y del Cadete IV año JEFERSON DAVID SOTO MUÑOZ para participar en la Semana Internacional del Cadete 2026, a realizarse en las instalaciones de la Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”, ubicado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 5 al 11 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 4 de octubre y su retorno el 11 de octubre de 2026.
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima
(clase económica)
US$ 959.13 x 2 personas US$ 1,918.26
Viáticos
US$ 370 x 20% x 2 personas x 7 días US$ 1,036.00
Total a pagar en dólares americanos: US$ 2,954.26
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado.
Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2561514-1