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Fecha de publicación: 03/10/2026
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Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 01210-2026-DE

Lima, 2 de octubre del 2026

VISTOS:

El Oficio Extra FAP Nº 003608-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 02403-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01848-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, a través del Acta de la XVIII Reunión de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea de Chile se definió el Programa de Cooperación Bilateral para el periodo 2026-2027, estableciendo en el anexo “Bravo” las actividades a cargo de la Fuerza Aérea de Chile, siendo, entre otras, la actividad CHI-08 “Operaciones Aéreas en tiempo frío”;

Que, mediante el documento EMGFA Nº 162167/2026, la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea de Chile hace extensiva la invitación a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, para que dos (2) Oficiales de la institución armada participen en la actividad Operaciones en Tiempos de Frío, a realizarse en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 4 al 10 de octubre de 2026;

Que, con Oficio Extra FAP Nº 003608-2026-SECRE/FAP, complementado con el correo electrónico del 30 de setiembre de 2026, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú que participará en la actividad Operaciones en Tiempos de Frío, a realizarse en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 5 al 9 de octubre de 2026; asimismo, solicita autorizar la salida del país el 4 de octubre y su retorno el 11 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través de los citados documentos, la institución armada remite, entre otros, el Informe Legal Nº 006-AJ42-2026/GRU42; la exposición de motivos y sustento; la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 Nº 158 DGCV-ME/SIAF-RP; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000005 y Nº 0000000022 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos y sustento, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del referido personal, por cuanto les permitirá adquirir e intercambiar conocimientos y experiencias relacionados con la planificación, ejecución y desarrollo de operaciones aéreas en condiciones de bajas temperaturas y escenarios propios de la región austral, a fin de ser difundidos posteriormente en la institución armada;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 Nº 158 DGCV-ME/SIAF-RP, la institución armada precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos por cinco (5) días se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del año fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG;

Que, mediante el Oficio Nº 02403-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 625-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del mencionado personal;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01848-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú, que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la actividad Operaciones en Tiempos de Frío, a realizarse en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 5 al 9 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 4 de octubre y su retorno el 11 de octubre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del año fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos:

Lima – Punta Arenas (República de Chile) - Lima

clase económica

US$ 2,590.96 x 2 personas (incluye TUUA) US$ 5,181.92

Viáticos

US$ 370.00 x 5 días x 2 personas US$ 3,700.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 8,881.92

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal autorizado para realizar la comisión de servicio que se detalla en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2561513-1