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Fecha de publicación: 01/10/2026
Aprueban modificación de la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones - PMI correspondiente al periodo 2026-2028 del Sector Energía y Minas

Disponen efectuar transferencia financiera a favor de las municipalidades provinciales y distritales del departamento de Áncash

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

Nº 109-2026-GRA/GR

Huaraz, 30 de setiembre de 2026

VISTO:

El Acuerdo de Consejo Regional Nº 171-2026-GRA/CR, de fecha 24 de setiembre del 2026, Informe Presupuestal Nº 01289-2026-GRA/GRPPAT/SP, de fecha 11 de setiembre de 2026, Resolución Gerencial General Regional Nº 529-2026-GRA/GGR., de fecha 11 de setiembre de 2026, Informe Presupuestal Nº 01309-2026-GRA/GRPPAT/SP, de fecha 16 de setiembre de 2026, Informe Presupuestal Nº 01289-2026-GRA/GRPPAT/SP, Informe Técnico Nº 00026-2026-GRA/GRI/SGEI, de fecha 17 de setiembre de 2026; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor de los pliegos o entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan o regulan en las leyes anuales del presupuesto de Sector Publico;

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, regula las transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el año fiscal 2026, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 002-2026-GRA-GR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 441 Gobierno Regional del Departamento de Áncash;

Que, el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, regula las transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2026, comprendiendo de manera expresa las que se realicen para el financiamiento y confinamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en el Marco y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema Nacional, y el mantenimiento y desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2026 debiendo emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado;

Que, el numeral el numeral 13.2) del citado artículo, se ha dejado establecido que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de los gobiernos regionales mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose, para tal fin, el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; y que la resolución del titular del pliego y el Acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, para fines de implementación de las transferencias financieras a favor de las municipalidades provinciales y distritales del departamento de Áncash, ha procedido con aprobar la DIRECTIVA Nº 007-2026-GRA/GRI, denominada: “Directiva General que establece el procedimiento para la priorización de proyectos para la transferencia de recursos financieros a los gobiernos locales 2026”, mediante Resolución Gerencial General Nº 457 -2026-GRA/GGR, y con resolución Gerencia General Regional Nº 508-2026-GRA/GGR, que, aprueba una sección de disposiciones transitorias.

Que, a través del Informe Tecnico Nº 026-2026-GRA/GRI/SGEI, de fecha 17 de setiembre de 2026, el Sub Gerente de Estudios e Inversiones, remite un informe complementario sobre admisibilidad de Municipalidades por presentación de Declaraciones Juradas de compromiso de extorno/devolución y actualización de formatos dentro del plazo excepcional establecido por el RGGR Nº 508-2026-GRA/GGR; reporta al Gerente Regional de Infraestructura la relación de 51 inversiones aptas para su financiamiento. Así mismo, concluye en lo siguiente, “las Municipalidades han cumplido con presentar los requisitos solicitados en la Directiva Nº 007-2026-GRA/GRI, y resolución complementaria, correspondiente a la ejecución de obra del proyecto de inversión, y que los Gobiernos Locales son “responsables por lo vicios y/o errores y/u omisiones de la calidad del expediente técnico y su contenido en su totalidad”, conforme se ha realizado la verificación de contenidos según la tipología de la Directiva, que la presente solicitud cumple con los requisitos establecidos en la Directiva Nº 007-2026-GRA/GRI y resolución complementaria, los mismos que se encuentran aptos para la transferencia financiera”;

Que, mediante INFORME PRESUPUESTAL Nº 01289-2026-GRA/GRPPAT/SP, de fecha 11 de setiembre de 2026, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite información complementaria para realizar transferencias financieras a los gobiernos locales, arribando a las siguientes conclusiones y recomendaciones: CORRESPONDE APROBAR Y EFECTIVIZAR para el presente Ejercicio Fiscal 2026 la transferencia financiera por el importe exacto de S/ 150,000,000.00 (Ciento cincuenta millones y 00/100 soles), los cuales se encuentran distribuidos en la Fuente de Financiamiento 4 (Donaciones y Transferencias, Rubro 13) por S/ 27,926,739.00 y en la Fuente de Financiamiento 5 (Recursos Determinados, Rubro 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones) por S/ 122,073,261.00. Dicha transferencia queda expresamente sujeta y condicionada al estricto cumplimiento preventivo de las verificaciones y requisitos previstos del citado informe de presupuesto.

Que, mediante el Informe Presupuestal Nº 1309- 2026-GRA-GRPPAT/SGP, de fecha 16 de setiembre de 2026, el Subgerente de Presupuesto, ratifica y concluye en lo siguiente esta Subgerencia de Presupuesto emite opinión favorable para “realizar la Transferencia de Recursos Financieros a los Gobiernos Locales para la ejecución de inversiones, por el importe de S/ 150,000,000.00 Soles, para el Año Fiscal 2026, los cuales se encuentran distribuidos en la fuente de financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, rubro 13 Donaciones y Transferencias, por el por el importe de S/ 27,926,739.00 Soles y en la fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados, rubro 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, por el importe de S/ 122,073,261.00 Soles, asimismo se ratifica que el Pliego del Gobierno Regional dentro de la Unidad Ejecutora 001 Sede Central, en el Año Fiscal 2027, cuenta con Créditos Presupuestarios, dentro de la categoría presupuestal Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Productos, actividad 5001253 TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN, en la fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados rubro 15 Fondo de Compensación Regional por el importe de S/ 41,440,207.00 Soles, especifica de gasto 24.2.3.13 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO LOCAL y adicionado a ello, mediante modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, según las exoneraciones en la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2027 y las disposiciones establecidas en los dispositivos legales vinculados al Sistema Nacional de Presupuesto, se financiara por el importe de S/ 158,822,854.00 Soles, con cargo al Presupuesto Institucional vinculaos a Proyectos de Inversión, asciendo un total de S/ 200,263,061.00 Soles, por lo que se garantiza las transferencias financieras a los Gobiernos Locales para el financiamiento de inversiones, las cuales se encuentran enmarcadas dentro del literal h) del artículo 13 del Proyecto de Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2027, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional en el año 2027 dentro del plazo establecido.

Que, a través del Informe Legal Nº 847-2026-GRA/GRAJ, 18 de setiembre de 2026, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina lo siguiente “que habiendo evaluado los informes técnicos de las áreas correspondientes y teniendo la disponibilidad presupuestal autorice expresamente la Transferencia de Recursos Financieros a favor de los Gobiernos Locales beneficiarios del Programa Hatun Áncash V para el Año Fiscal 2026, por el monto de importe total general de hasta S/ 350,263,060.32 (Trescientos cincuenta millones doscientos sesenta y tres mil sesenta y 32/100 soles), sujetos al procedimiento presupuestal señalado en el Informe Presupuestal Nº 01289-2026-GRA/GRPPAT/SP e INFORME PRESUPUESTAL Nº 01309-2026-GRA/GRPPAT/SP

Que con Resolución Gerencial General Nº 529-2026-GRA/GGR, de fecha 11 de setiembre de 2026, la cual aprueba la lista priorizada de 51 proyectos de inversión en el marco del programa Hatun Áncash v;

Que, a través del OFICIO Nº 491-2026-GRA/GGR, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Áncash, remite al Consejo Regional de Áncash, la documentación técnica y legal del HATUN ANCASH V, para aprobación por el Consejo Regional;

Que, el Consejo Regional de Áncash en sesión del 24 de setiembre del presente, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 171-2026-GRA/CR, aprueba y autoriza la transferencia financiera de recursos, hasta por la suma de S/. 150 000 000,00 (Ciento cincuenta millones con 00/100 soles), ciñéndose a las normas establecidas para dicho fin;

Que, por los fundamentos antes descritos corresponde aprobar la transferencia financiera a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales del Departamento de Áncash, según lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 171-2026-GRA/CR;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo de Consejo Regional Nº 171-2026-GRA/CR; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y en el ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER efectuar la transferencia financiera de recursos, hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (Ciento cincuenta millones con 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, rubro 13 Donaciones y Transferencias, por el por el importe de S/ 27,926,739.00 y en la fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados, rubro 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, por el importe de S/ 122,073,261.00 destinada al financiamiento de los proyectos de inversión priorizados mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 529-2026-GRA/GGR, a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales del Departamento de Áncash, en cumplimiento del Acuerdo de Consejo Regional Nº 171-2026-GRA/CR.

Artículo Segundo.- PRECISAR que la transferencia financiera señalada en el artículo primero de la presente Resolución, se efectuará a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales del Departamento de Áncash, debidamente priorizadas y con Convenios de Cooperación Interinstitucional suscritos.

Artículo Tercero.- PRECISAR que los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación Interinstitucional, celebrados entre el Gobierno Regional de Áncash y las Municipalidades Provinciales y Distritales, correspondiente al año 2026.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Áncash, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura, la responsabilidad de realizar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas físicas y financieras correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución de proyectos de inversión pública señalados en el artículo primero de la presente resolución.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración, o la que haga sus veces, en el Pliego 441 Gobierno Regional del Departamento de Áncash, efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Sexto.- PRECISAR que los recursos de la transferencia financiera aprobada por el artículo primero de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional de Áncash, la notificación a las áreas correspondientes para la publicación de la presente Resolución, en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Áncash (www.regionancash.gob.pe).” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIAN KOKI NORIEGA BRITO

Gobernador Regional

2560112-1