Aprueban incorporación de dos Inversiones No Programadas (INP) en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2026-2028 del Sector Interior
Resolución Ministerial
Nº 1438-2026-IN
Lima, 28 de setiembre de 2026
VISTOS; los Oficios Nº 342-2026-CG-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVINV-DEPSEG y Nº 343-2026-CG-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVINV-DEPSEG de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú; los Informes Nº 001629-2026-IN-OGPP-OP y Nº 001602-2026-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Nº 000980-2026-IN-OGPP-OPMI y Nº 000983-2026-IN-OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 002183-2026-IN-OGPP; y el Informe Nº 002041-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, dispone la creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;
Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252, dispone que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del SNPMGI, establecidos en el Reglamento y sus normas complementarias; asimismo, el numeral 5.4 del mismo artículo 5 establece que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector tiene a su cargo la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión;
Que, de acuerdo con el numeral 26 del artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 140-2026-EF, el Programa Multianual de Inversiones es un instrumento de gestión del SNPMGI resultado de la fase de Programación Multianual de Inversiones, que comprende el diagnóstico de brechas, los criterios de priorización y la cartera de inversiones, que orienta la asignación de recursos y la ejecución de inversiones públicas para alcanzar las metas del cierre de brechas establecidas por las entidades que conforman dicho Sistema Nacional;
Que, el inciso 1 del numeral 9.4 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 dispone que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba el Programa Multianual de Inversiones del Sector, así como sus modificaciones cuando se incorpore inversiones no programadas, que no formen parte de la cartera de inversiones del PMI vigente o del año anterior;
Que, el inciso 7 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, señala que es función de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector aprobar las modificaciones del PMI del Sector cuando se trate de inversiones que forman parte de la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones vigente o del año anterior, así como registrar las referidas modificaciones en los aplicativos informáticos del SNPMGI y las que hayan sido aprobadas por el Órgano Resolutivo;
Que, el numeral 14.11 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 prevé que la modificación de la cartera de inversiones del PMI se realiza de manera excepcional; su registro es realizado por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, la que es responsable de sustentar técnica y financieramente estas modificaciones, conforme a las disposiciones que establece la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, para lo cual deberá contar con la aprobación del Órgano Resolutivo, en los casos de incorporación de inversiones no programadas;
Que, el numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, señala que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector registra en el Módulo de Programación Multianual de Inversiones las inversiones no previstas en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones, conforme al procedimiento y requisitos establecidos en el Anexo Nº 05: “Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI”, modificado por la Resolución Directoral Nº 0004-2026-EF/63.01, cuando corresponda;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0341-2025-IN, se aprueba el Programa Multianual de Inversiones 2026-2028 del Sector Interior, que contiene los Indicadores de Brechas de infraestructura o de Acceso a Servicios, el Diagnóstico de la Situación de Brechas de Infraestructura o de Acceso a Servicios, los Criterios de Priorización, la Cartera de inversiones, el Reporte de Consistencia de la Programación respecto al monto máximo y el Reporte de Metas de Cierre de Brechas;
Que, con los Oficios Nº 342-2026-CG-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVINV-DEPSEG y Nº 343-2026-CG-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVINV-DEPSEG, la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú solicita la incorporación no programada de dos (2) inversiones tipo IOARR denominadas: “Adquisición de equipamiento de ambientes de gestión administrativa y académica; en dieciocho II.EE. primaria a nivel nacional”, con CUI Nº 2727178, y “Adquisición de equipamiento de ambientes de gestión administrativa y académica; en seis II.EE. inicial a nivel nacional”, con CUI Nº 2726597, en la Cartera de Inversiones del PMI 2026-2028 del Sector Interior;
Que, a través de los Informes Nº 000980-2026-IN-OGPP-OPMI y Nº 000983-2026-IN-OGPP-OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta técnica y financieramente la incorporación de las citadas IOARR como Inversiones No Programadas en la Cartera de Inversiones del PMI 2026-2028 del Sector Interior, verificando el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el Anexo Nº 05: Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones, de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
Que, asimismo, mediante los Informes Nº 001629-2026-IN-OGPP-OP y Nº 001602-2026-IN-OGPP-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto de la disponibilidad de recursos en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 para financiar las referidas inversiones, con cargo a la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias;
Que, con el Memorando Nº 002183-2026-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentada en las opiniones emitidas por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, solicita la elaboración y trámite de la Resolución Ministerial para la incorporación de dos (2) Inversiones No Programadas en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2026-2028 del Sector Interior;
Que, mediante el Informe Nº 002041-2026-IN-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable la emisión de la resolución ministerial propuesta por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Que, resulta necesario aprobar la incorporación de dos (2) inversiones no programadas en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones 2026-2028 del Sector Interior;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, y;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 140-2026-EF; la Resolución Ministerial Nº0702-2026-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y; la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporación de Inversiones No Programadas
Aprobar la incorporación de dos (2) Inversiones No Programadas (INP) en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2026-2028 del Sector Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0341-2025-IN, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Registro e Implementación
Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto efectúe el registro correspondiente de las inversiones aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Módulo de Programación Multianual de Inversiones (MPMI), conforme al Anexo Nº 05: Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones, de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Interior y a la Unidad Ejecutora de Inversiones de la División de Logística de la Policía Nacional del Perú, para los fines correspondientes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR AUGUSTO ASTUDILLO SALCEDO
Ministro del Interior
ANEXO
MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA MULTIANUAL DE INVERSIONES (PMI) DEL SECTOR INTERIOR 2026-2028
POR LA INCORPORACIÓN DE INVERSIONES NO PROGRAMADAS
|
CUI |
Tipo de Inversión |
Nombre de la Inversión |
Función / Div. Funcional / Gr. Funcional |
Pliego / U.E. Presupuestal |
Costo Total Actualizado (S/) |
Devengado Acumulado (S/) |
PIM 2026 (S/) |
PROGRAMACIÓN DEL MONTO DE INVERSIÓN |
Saldo Pendiente (S/) |
||
|
2026 |
2027 |
2028 |
|||||||||
|
2727178 |
IOARR Reposición |
ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE AMBIENTES DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADÉMICA; EN DIECIOCHO II.EE. PRIMARIA A NIVEL NACIONAL |
22: Educación / 047: Ed. Básica / 0104: Ed. Primaria |
007: MININTER / 002: DIRECFIN PNP |
8,436,665.44 |
0.00 |
0.00 |
8,436,665.44 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
|
2726597 |
IOARR Reposición |
ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE AMBIENTES DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADÉMICA; EN SEIS II.EE. INICIAL A NIVEL NACIONAL |
22: Educación / 047: Ed. Básica / 0103: Ed. Inicial |
007: MININTER / 002: DIRECFIN PNP |
375,302.00 |
0.00 |
0.00 |
375,302.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
|
TOTAL |
|
|
|
|
8,811,967.44 |
0.00 |
0.00 |
8,811,967.44 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
2559297-1