Autorizan viaje de directora de la Escuela Electoral y de Gobernabilidad para participar en Misión de Observación y Acompañamiento Electoral Internacional de la UNIORE en Paraguay
RESOLUCIÓN Nº 000171-2026-P/JNE
Lima, 29 de setiembre del 2026
VISTOS:
El Informe Nº 000095-2026-OGCRI/JNE, del 8 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Cooperación y Relaciones Internacionales; y el Informe Nº 001148-2026-OGAJ/JNE, del 25 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Nota DRI/Presidencia TSJE Nº 70/2026, de fecha 20 de julio de 2026, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República del Paraguay extiende invitación al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones para participar en la Misión de Observación y Acompañamiento Electoral Internacional de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), con ocasión de las Elecciones de Intendentes Municipales y Miembros de Juntas Municipales de la República del Paraguay, a realizarse el 4 de octubre de 2026; asimismo, precisa que dicho Tribunal ha previsto la cobertura financiera de los gastos correspondientes a boleto aéreo, alojamiento, alimentación y transporte interno;
Que, la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Oficio Nº 000430-2026-P/JNE, de fecha 27 de agosto de 2026, comunica al Presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República del Paraguay la participación de la servidora Enith Patricia Pinedo Bravo, directora de la Escuela Electoral y de Gobernabilidad, en calidad de delegada del Jurado Nacional de Elecciones en la referida Misión de Observación y Acompañamiento Electoral Internacional, cuya agenda de trabajo se desarrollará del 1 al 4 de octubre de 2026;
Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización otorga la siguiente certificación de existencia de crédito presupuestario aprobado para el ejercicio fiscal 2026, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones:
- Nº 03624-2026-OGPPM/JNE, del 15 de setiembre de 2026, por el importe de S/ 338.40 (trescientos treinta y ocho con 40/100 soles), para la contratación de un servicio de asistencia al viajero internacional.
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el Informe Nº 001148-2026-OGAJ/JNE, considera relevante nuestra participación en el evento descrito en esta decisión, considerando, además, tal como lo manifiesta la Oficina General de Cooperación y Relaciones Internacionales en el informe de vistos, que se recomienda la participación de la servidora. En dicho sentido, considera jurídicamente viable que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje en comisión de servicios objeto de la presente decisión;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
En uso de las atribuciones de las que está conferida esta Presidencia;
RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la servidora Enith Patricia Pinedo Bravo, directora de la Escuela Electoral y de Gobernabilidad, y la respectiva licencia con goce de haber por el periodo comprendido del 30 de setiembre al 5 de octubre de 2026, para que participe, en calidad de delegada del Jurado Nacional de Elecciones, en la Misión de Observación y Acompañamiento Electoral Internacional de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), con ocasión de las Elecciones de Intendentes Municipales y Miembros de Juntas Municipales de la República del Paraguay, cuya agenda de trabajo se desarrollará del 1 al 4 de octubre de 2026.
Artículo Segundo.- Esta entidad cubrirá los gastos de la servidora según el siguiente detalle:
- Seguro de viaje internacional: S/ 338.40 (trescientos
treinta y ocho con 40/100 soles)
Artículo Tercero.- Disponer que, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la comisionada presente, a este despacho, un informe detallado, describiendo acciones realizadas y resultados obtenidos.
Artículo Cuarto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente decisión a la Oficina General de Administración, y a la comisionada, para su conocimiento y los fines consiguientes.
Artículo Sexto.- La presente resolución se publica en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ROLANDO BURNEO BERMEJO
Presidente
Jurado Nacional de Elecciones
2559262-1