Autorizan viaje de personal para participar en el “49° Campeonato Mundial de Esgrima Militar del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM)”, a realizarse en Hungría
Resolución Ministerial
N° 01179-2026-DE
Lima, 25 de septiembre del 2026
VISTOS:
Los Oficios N° 0193S/FEDEMILPE 2026 y
N° 000230S/FEDEMILPE 2026 de la Presidencia de la Federación Deportiva Militar del Perú - FEDEMILPE; los Oficios N° 01472-2026-MINDEF/VPD-DIGEDOC y N° 01680-2026-MINDEF/VPD-DIGEDOC de la Dirección General de Educación y Doctrina; el Oficio N° 02375-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01814-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM) es un organismo deportivo internacional militar cuyos miembros a nivel continental y regional son las Fuerzas Armadas, Policiales y/o Auxiliares de los países de los continentes de América, África, Europa y Asia, estando nuestro país representado por la Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) y por su Presidente del Directorio;
Que, mediante Expediente de Invitación del 27 de febrero de 2026, la Jefatura de la Delegación Húngara ante el Consejo Internacional del Deporte Militar - CISM cursa invitación a los países miembros de dicho organismo internacional para designar una delegación que los represente en el “49° Campeonato Mundial de Esgrima Militar del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM)”, a realizarse en las ciudades de Veszprém y Balatonakarattya, República de Hungría, del 27 de setiembre al 2 de octubre de 2026; asimismo, se señala que los gastos por los conceptos transporte interno, alojamiento y manutención de los participantes, serán asumidos por el comité organizador; con excepción del transporte interno y comidas adicionales al evento, así como los pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta), los cuales serán asumidos por el país participante;
Que, mediante Oficios N° 0193S/FEDEMILPE 2026 y N° 000230S/FEDEMILPE 2026, la Presidencia de la FEDEMILPE solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal designado para participar en el “49° Campeonato Mundial de Esgrima Militar del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM)”, a realizarse en las ciudades de Veszprém y Balatonakarattya, República de Hungría, del 27 de setiembre al 2 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 26 de setiembre y su retorno el 2 de octubre de 2026, sin que el día adicional de ida genere gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través de los citados documentos, la FEDEMILPE remite la ayuda memoria; el documento “Declaración que gastos no son cubiertos por un organismo internacional”, suscrita por la Presidencia y el Tesorero de la FEDEMILPE; así como, la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000158, que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, conforme a lo señalado en la ayuda memoria anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales del Sector Defensa la participación del mencionado personal en la “49° Campeonato Mundial de Esgrima Militar del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM)”; por cuanto, les permitirá competir con personal militar de un alto nivel deportivo, formar parte de la comunidad mundial del deporte militar, coordinar con los países sudamericanos para acceder a conocimientos técnicos del deporte competitivo y educación física militar, obtener oportunidades de apoyo y/o participar en actividades deportivas y culturales; así como, mantener la presencia de las Fuerzas Armadas como miembros activos en una de las actividades deportivas militares más importantes y reforzar los vínculos de cooperación con otros países de la región y a nivel mundial;
Que, de acuerdo con el Expediente de Invitación remitido por la Jefatura de la Delegación Húngara ante el Consejo Internacional del Deporte Militar – CISM e Informe Técnico N° 614-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC de la Dirección General de Relaciones Internacionales, los gastos por los conceptos transporte interno, alojamiento y manutención de los participantes, serán asumidos por el comité organizador; con excepción de transporte interno y comidas adicionales al evento, así como pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta), los cuales serán asumidos por el país participante; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCМ;
Que, con los Oficios N° 01472-2026-MINDEF/VPD-DIGEDOC y N° 01680-2026-MINDEF/VPD-DIGEDOC, la Dirección General de Educación y Doctrina remite los Oficios N° 0193S/FEDEMILPE 2026 y N° 000230S/FEDEMILPE 2026 de la Presidencia de la FEDEMILPE, para el trámite correspondiente de autorización del presente viaje al exterior, en comisión de servicios;
Que, a través del Oficio N° 02375-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 614-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del presente viaje al exterior, en comisión de servicio;
Que, mediante el Informe Legal N° 01814-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Educación y Doctrina, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal titular y suplente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial, para participar en el “49° Campeonato Mundial de Esgrima Militar del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM)”, a realizarse en las ciudades de Veszprém y Balatonakarattya, República de Hungría, del 27 de setiembre al 2 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 26 de setiembre y su retorno el 2 de octubre de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.
Artículo 3.- La Federación Deportiva Militar del Perú – FEDEMILPE, con cargo a la subvención recibida del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, efectúa los pagos que correspondan de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima – Budapest
(República de Hungría) – Lima
(clase económica)
US$ 3,500.00 x 4 personas US$ 14,000.00
Viáticos
US$ 540.00 x 20% x 4 personas x 6 días US$ 2,592.00
Total a pagar en dólares americanos: US$ 16,592.00
Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2558709-1