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Fecha de publicación: 06/09/2026
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Ministerio de Defensa

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Instituto del Mar del Perú

Decreto Supremo

N° 182-2026-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante el Oficio N° 00000524-2026-PRODUCE/DM, el Ministerio de la Producción solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, a favor del Instituto del Mar del Perú, para financiar la capacidad operativa de sus embarcaciones científicas, incluyendo el Buque de Investigación Científica ‘Luis Flores Portugal’, la ejecución de cruceros de investigación científica, así como la evaluación y monitoreo oceanográfico-ambiental y biológico-pesquero, permitiendo al Estado Peruano contar oportunamente con evidencia científica actualizada para la adopción de medidas de ordenamiento pesquero y de gestión frente a los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00000279-2026-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos. Asimismo, mediante el Oficio N° 00000170-2026-PRODUCE/OGPPM, la citada Oficina General remite el Informe N° 00000292-2026-PRODUCE/OP con información complementaria;

Que, mediante el Memorando Nº 3623-2026-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 2705-2026-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, determina el costo máximo para financiar el pago de viáticos por viajes en comisión de servicios solicitado para el Instituto del Mar del Perú;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 18 700 655,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto del Mar del Perú, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal;

De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 18 700 655,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto del Mar del Perú, para financiar la capacidad operativa de sus embarcaciones científicas, incluyendo el Buque de Investigación Científica ‘Luis Flores Portugal’, la ejecución de cruceros de investigación científica, así como la evaluación y monitoreo oceanográfico-ambiental y biológico-pesquero, permitiendo al Estado Peruano contar oportunamente con evidencia científica actualizada para la adopción de medidas de ordenamiento pesquero y de gestión frente a los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 18 528 155,00

GASTO DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 172 500,00

===========

TOTAL EGRESOS 18 700 655,00

===========

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 240 : Instituto del Mar del Perú - IMARPE

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina de Administración - IMARPE

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres

PRODUCTO 3000737 : Estudios para la Estimación del Riesgo de Desastres

ACTIVIDAD 5005578 : Generación de Información y Monitoreo del Fenómeno El Niño

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 403 912,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 122 500,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0137 : Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica

PRODUCTO 3000742 : Facilidades y Desarrollo de la Investigación, Innovación y Transferencia Tecnológica

ACTIVIDAD 5005624 : Operación y Mantenimiento de Infraestructura Científica y Tecnológica

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 8 123 120,00

ACTIVIDAD 5005625 : Instituciones Desarrollan y Ejecutan Proyectos de Investigación Científica y de Innovación Tecnológica

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 333 922,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 50 000,00

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000650 : Desarrollo de Estudios, Investigación y Estadística

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 9 667 201,00

===========

TOTAL EGRESOS 18 700 655,00

===========

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de setiembre del año dos mil veintiséis.

KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI

Presidenta de la República

ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA

Ministro de Economía y Finanzas

2551455-4