Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar como ponente en evento a realizarse en Brasil
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO
RESOLUCIÓN RECTORAL
N° 1514-2026-R-UNA
Puno, 10 de julio del 2026
VISTOS:
El MEMORÁNDUM N°549-2026-SG-UNA-PUNO (09-07-2026) de Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 08 de julio del año en curso, referido a autorizar el viaje a RIO DE JANEIRO - BRASIL, del 24 al 31 de julio del 2026; a favor del Dr. EDWIN CATACORA VIDANGOS - Docente de la Escuela Profesional de Sociología, Facultad de Ciencias Sociales de la UNA - Puno; para participar como Ponente en el XXXV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Sociología ALAS, con bolsa de viaje; en concordancia con la Resolución Decanal N°0399-2026-D-FCS-UNA;
CONSIDERANDO:
Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N°27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria;
Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N°27619, en concordancia con el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”;
Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N°008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; consiguientemente, el numeral 212.7 del Artículo 212° del citado cuerpo normativo, prescribe como derecho del docente, el de tener licencia con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario;
Que, vista la solicitud de parte (12-05-2026), en Sesión de Consejo de Facultad Extraordinario del 15-05-2026, mediante RESOLUCIÓN DECANAL N°0399-2026-D-FCS-UNA, la FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES de esta Casa Superior de Estudios, aprueba la Licencia por Capacitación con Goce de Haber al Dr. EDWIN CATACORA VIDANGOS Docente de la Escuela Profesional de Sociología, quien participará como PONENTE del XXXV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Sociología ALAS, a realizarse en Rio de Janeiro - Brasil del 26 al 30 de julio del 2026, por la distancia del evento se le otorga permiso en las fechas del 24 al 31 de julio del 2026. Asimismo, autoriza, la asignación de Bolsa de Viaje al citado docente, por la suma de S/.3,500.00 soles, afecto al 5% que le corresponde al Decanato de la Facultad de Ciencias Sociales de la Maestría en Ciencias Sociales;
Que, ahora bien, respecto al egreso que demande la presente resolución, la Unidad de Presupuesto ha emitido el INFORME N°1124-2026-UP-OPP-UNA-PUNO (08-06-2026) y Unidad de Planeamiento y Modernización, emitió el INFORME N°0780-2026-SP-UPM-OPP-UNA-P (15-06-2026) considerando su afectación a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, con cargo a la META SIAF 0011 - 5.005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gastos 2.3 Bienes y Servicios, y Centro de Costo 02.06.07.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Sociales, hasta por el monto de S/. 3,500.00 pero con fondos de la decanatura que corresponde al 5% de los recursos generados y con carácter de presupuesto adicional;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la opinión procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, inmersa en la OPINIÓN LEGAL N°525-2026-OAJ-UNA-PUNO (06-07-2026); corresponde emitir el respectivo administrativo;
En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N°30220 - Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N°009-2021-AU-UNA;
De conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario Extraordinario del 08 de julio del año en curso, transcrito en el MEMORANDUM N°549-2026-SG-UNA-PUNO (09-07-2026) de Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CONCEDER, Licencia por Capacitación Oficializada; y, AUTORIZAR, el viaje a RIO DE JANEIRO - BRASIL, del 24 al 31 de julio del 2026; a favor del Dr. EDWIN CATACORA VIDANGOS - docente de la Escuela Profesional de Sociología, Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para participar como Ponente en el XXXV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Sociología ALAS; en concordancia con la Resolución Decanal N°0399-2026-D-FCS-UNA.
Artículo Segundo.- OTORGAR, una BOLSA DE VIAJE por el importe total de S/3,500.00 (TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES) a favor del Dr. EDWIN CATACORA VIDANGOS, en el marco de lo aprobado precedentemente, monto que será con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, con cargo a la META SIAF 0011 - 5.005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gastos 2.3 Bienes y Servicios, y Centro de Costo 02.06.07.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Sociales, pero con fondos de la decanatura que corresponde al 5% de los recursos generados y con carácter de presupuesto adicional.
Artículo Tercero.- DISPONER, que el docente cuyo viaje es autorizado, presente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo.
Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, en cumplimiento estricto de los extremos del Decreto Supremo N°047-2002-PCM y demás normativa aplicable al presente caso.
Artículo Quinto.- PÓNGASE, a conocimiento la presente resolución a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y demás dependencias correspondientes de la entidad, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2544535-1