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Fecha de publicación: 10/08/2026
Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa

Aprueban desagregación de recursos y autorizan transferencia financiera a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial

Resolución Ministerial

Nº 1149-2026-IN

Lima, 10 de agosto del 2026

VISTOS, el Informe Nº 001430-2026-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 001842-2026-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 001705-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: M. del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 2373-2025-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2026 del citado Pliego, por la suma de S/ 13 397 947 493,00 (TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento;

Que, el numeral 65.2 del artículo 65 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que “Se autoriza, durante el Año Fiscal 2026, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, autorizadas en el presente numeral, se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo 1440, debiendo contar además con el refrendo del ministro de Defensa y el ministro del Interior, a solicitud de estos últimos. Dichos recursos se destinan, únicamente para financiar las transferencias financieras que dichos pliegos deben efectuar a la CPMP para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP. Dichos recursos no pueden utilizarse para fines distintos a los establecidos en el presente numeral. Las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, y se publican en el Diario oficial El Peruano”;

Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 157-2026-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 443 597 223,00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, para financiar las transferencias financieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial, a fin de ser destinadas exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la citada Caja de Pensiones, en el marco de lo establecido en el numeral 65.2 del artículo 65 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; correspondiendo al Ministerio del Interior la suma de S/ 277 537 379,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES);

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del referido Decreto Supremo establece que, “Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”;

Que, asimismo, el artículo 3 del aludido Decreto Supremo dispone que, “3.1 Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. 3.2 Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior son responsables de la verificación y seguimiento del cumplimiento de la finalidad para la cual son transferidos los recursos, de conformidad con lo establecido en el numeral 65.3 del artículo 65 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026”;

Que, a través del Informe Nº 001430-2026-IN-OGPP-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, propone la resolución ministerial que aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 157-2026-EF, hasta por la suma de S/ 277 537 379,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 007: M. del Interior, para financiar la transferencia financiera que debe efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para el pago de las obligaciones previsionales a su cargo; y, asimismo, autoriza a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: M. del Interior a realizar la transferencia financiera de los citados recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), en el marco de lo dispuesto en el numeral 65.2 del articulo 65 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

Que, con Memorando Nº 001842-2026-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto valida la propuesta planteada por la Oficina de Presupuesto a través del Informe Nº 001430-2026-IN-OGPP-OP;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 001705-2026-IN-OGAJ, señala que resulta legalmente viable la emisión de la resolución ministerial propuesta por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 157-2026-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de diversos pliegos del gobierno nacional; y la Resolución Ministerial Nº 0702-2026-IN, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Desagregación de recursos

Aprobar la desagregación de los recursos aprobados mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 157-2026-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 277 537 379,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Pliego 007: M. del Interior, para financiar la transferencia financiera que debe efectuar a la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para el pago de las obligaciones previsionales en el Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente detalle:

EGRESOS EN SOLES

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 007 : M. del Interior

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración

CATEGORÍA

PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

PRODUCTO 3999999 : Sin Producto

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.5 Otros Gastos 277 537 379,00

===============

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001: OFICINA 277 537 379,00

GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ===============

TOTAL PLIEGO 007: M. DEL INTERIOR 277 537 379,00

===============

Artículo 2.- Notas de Modificación Presupuestaria

La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto instruye a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: M. del Interior para que elabore la correspondiente “Nota de Modificación Presupuestaria” que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial

Autorizar a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: M. del Interior a realizar la transferencia financiera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) hasta por la suma de S/ 277 537 379,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para ser destinados exclusivamente al pago de las obligaciones previsionales en el Año Fiscal 2026.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Remisión

Copia de la presente Resolución se remite, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR AUGUSTO ASTUDILLO SALCEDO

Ministro del Interior

2541606-1