Dejan sin efecto extremos de los artículos 1 y 2 de la Resolución de Contraloría N° 426-2026-CG, relativos a autorización de viaje en comisión de servicios, así como a los gastos correspondientes
Resolución de Contraloría
Nº 435-2026-CG
Lima, 7 de agosto de 2026
VISTOS:
El Proveído Nº 000215-2026-CG/DC, del Despacho del Contralor; el Proveído Nº 002415-2026-CG/SGE, de la Secretaría General; el Memorando Circular Nº 000020-2026-CG/CASI, de la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, el Memorando Nº 000807-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 426-2026-CG, publicada el 05 de agosto de 2026 en el diario oficial El Peruano, se autorizó el viaje en comisión de servicios, entre otros, de la señora Aracely Elizabeth Sánchez Meoño, Ejecutiva de Alta Dirección del Despacho del Contralor, del 09 al 13 de agosto de 2026, a la ciudad de Cali, Colombia, para participar en la XXXIX Asamblea General Ordinaria de la EFSUR, a realizarse el 10 de agosto de 2026; en la LXXXIII Reunión del Consejo Directivo de la OLACEFS, a llevarse a cabo el 11 de agosto de 2026; y, en la XXXV Asamblea General Ordinaria de la OLACEFS, el primer día correspondiente al 12 de agosto de 2026;
Que, según los documentos de vistos, por razones de necesidad de servicio la citada profesional no participará en los citados eventos, por lo que la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales mediante Memorando Circular Nº 000020-2026-CG/CASI, comunica lo antes señalado y señala que se dispongan las acciones necesarias que corresponda;
Que, en ese contexto, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental ha emitido el Memorando Nº 000807-2026-CG/GJNC mediante el cual señala que corresponde la emisión de la Resolución de Contraloría que deja sin efecto los extremos de los artículos 1 y 2 de la Resolución de Contraloría Nº 426-2026-CG, relativos a la autorización del viaje en comisión de servicios de la señora Aracely Elizabeth Sánchez Meoño, Ejecutiva de Alta Dirección del Despacho del Contralor, así como a los gastos correspondientes a dicha participación;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; de acuerdo con la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto, los extremos de los artículos 1 y 2 de la Resolución de Contraloría Nº 426-2026-CG, relativos a la autorización del viaje en comisión de servicios de la señora Aracely Elizabeth Sánchez Meoño, Ejecutiva de Alta Dirección del Despacho del Contralor, así como a los gastos correspondientes a dicha participación.
Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI
Contralor General de la República
2541418-1