Logo El Peruano
Fecha de publicación: 07/08/2026
Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

Aprueban el Lineamiento Nº D000001-2026-CONADIS-PRE denominado “Lineamientos básicos para el adecuado funcionamiento del servicio de impresión de textos en Sistema Braille para los servicios de restauración y turísticos”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº D000145-2026-CONADIS-PRE

Lima, 7 de agosto del 2026

VISTOS:

El Informe Nº D000078-2026-CONADIS-SDPP-DABB, la Nota Nº D001036-2026-CONADIS-SDPP y el Memorando Nº D0000683-2026-CONADIS-DPSGE, elaborados por la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; el Memorando Nº D0001434-2026-CONADIS-DPRIPD, elaborado por la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad, el Informe Nº D000041-2026-CONADIS-OPPM-LECM y el Memorando Nº D001653-2026-CONADIS-OPPM emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº D000614-2026-CONADIS-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad (en adelante LGPCD) establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad. Está constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera;

Que, mediante la Ley Nº 31707 se modifica el artículo 21 de la LGPCD con la finalidad de fortalecer la accesibilidad en la comunicación de las personas con discapacidad, incorporándose la obligación de que las empresas de servicios de restauración y turísticos implementen el sistema Braille en al menos el 5% de su oferta. Asimismo, dispone la adecuación de la normativa correspondiente para garantizar el cumplimiento de estas medidas;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la LGPCD, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-JUS, establece que el CONADIS debe aprobar los lineamientos básicos para el adecuado funcionamiento del servicio de impresión en sistema braille para los servicios de restauración y turísticos;

Que, en el marco de dicha disposición, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, mediante el Memorando Nº D0000683-2026-CONADIS-DPSGE sustentado en el Informe Nº D000078-2026-CONADIS-SDPP-DABB y con la conformidad de la Subdirección de Políticas Públicas a través de la Nota Nº D001036-2026-CONADIS-SDPP, propone la aprobación y publicación de los “Lineamientos básicos para el adecuado funcionamiento del servicio de impresión de textos en sistema braille para los servicios de restauración y turísticos”;

Que, tanto la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Informe Nº D000041-2026-CONADIS-OPPM-LECM, con la conformidad de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Memorando Nº D001653-2026-CONADIS-OPPM, como la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº D0000614-2026-CONADIS-OAJ, emiten opinión favorable a la propuesta de Lineamientos;

Que, de acuerdo con los literales m) y q) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por la Resolución de Presidencia Nº D000119-2024-CONADIS-PRE, la Presidencia tiene las funciones de aprobar normas y documentos técnicos de los procedimientos que ejecutan los órganos de línea del CONADIS, en concordancia con las políticas institucionales y la normativa vigente, así como de emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;

Con los visados de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad, la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, la Resolución de Presidencia Nº D000119-2024-CONADIS-PRE que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el Lineamiento Nº D000001-2026-CONADIS-PRE denominado “Lineamientos básicos para el adecuado funcionamiento del servicio de impresión de textos en Sistema Braille para los servicios de restauración y turísticos”, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Presidencia y del Lineamiento Nº D000001-2026-CONADIS-PRE denominado “ LINEAMIENTOS BÁSICOS PARA EL ADECUADO FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE TEXTOS EN SISTEMA BRAILLE PARA LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN Y TURÍSTICOS ”, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la Resolución de Presidencia en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLGA MERCEDES VILLALOBOS MANRIQUE

Presidenta (dt)

Consejo Nacional para la Integración

de la Persona con Discapacidad

2541396-1