Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº D000289-2026-MIDAGRI-DM
Jesús María, 5 de agosto del 2026
VISTOS:
El Memorando Nº D000426-2026-MIDAGRI-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe Nº D000084-2026-MIDAGRI-SG-OGPP-OM de la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº D000405-2026-MIDAGRI-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;
Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) establece su naturaleza jurídica, ámbito de competencia, funciones generales y específicas; y, su organización básica; asimismo, dispone que el Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;
Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado (LOE), aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, señala que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que, el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los Lineamientos de Organización del Estado, define al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones como el documento que consolida las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto Integrado hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda, aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente;
Que, asimismo, el artículo 44-A de los Lineamientos de Organización del Estado dispone que cuando se modifica el Reglamento de Organización y Funciones, la entidad debe actualizar el Texto Integrado;
Que, en ese sentido, la emisión de un Texto Integrado tiene una finalidad estrictamente compilatoria e integradora, que reúne en un solo texto ordenado las modificaciones y actualizaciones a la Sección Primera y Segunda que ha tenido un Reglamento de Organización y Funciones;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2021-
MIDAGRI, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, con la Resolución Ministerial Nº 0073-2021-MIDAGRI se aprueba su Sección Segunda del citado documento técnico normativo de gestión organizacional. Asimismo, con Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
Que, posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº D000246-2026-MIDAGRI-DM se aprueba la modificación de los artículos 113 y 114 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, así como, la actualización de la estructura orgánica y organigrama de la entidad, a efectos de adecuar la calificación de los Proyectos Especiales binacionales Proyecto Especial Binacional Puyango-Tumbes (PEBPT), el Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo (PEBDICP) y al Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT) dependientes del MIDAGRI, conforme el Decreto Supremo Nº 098-2021-PCM que aprueba la calificación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo; y la nueva denominación de AGROMERCADO dispuesto por la Ley Nº 31872, Ley que modifica la Ley Nº 28890, Ley que crea Sierra y Selva Exportadora,
Que, el artículo 4 de la citada Resolución Ministerial Nº D000246-2026-MIDAGRI-DM dispone la actualización del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Memorando Nº D000426-MIDAGRI-SG-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº D000084-MIDAGRI-SG-OGPP-OM de la Oficina de Modernización, que propone y sustenta la necesidad de actualizar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. La propuesta formulada consolida el articulado de las secciones primera y segunda del ROF, incorporando las modificaciones dispuestas por la Resolución Ministerial Nº D000246-2026-MIDAGRI-DM, en estricto cumplimiento de lo previsto en el artículo 44-A de los LOE;
Que, a través del Informe Nº D000405-2026-MIDAGRI-SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la propuesta de actualización del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego mediante Resolución Ministerial;
Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, como documento mediante el cual se consolidan las secciones primera y segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MIDAGRI, y, en consecuencia, derogar la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI;
Con la visación del Secretario General de la Secretaría General; de la Jefa General de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo Nº 004-2021-MIDAGRI que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, con la Resolución Ministerial Nº 0073-2021-MIDAGRI que aprueba su Sección Segunda, modificada mediante Resolución Ministerial Nº D000246-2026-MIDAGRI-DM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones
Se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, que consta de cuatro (4) títulos, ciento dieciséis (116) artículos y un (01) Anexo, que contiene el Organigrama del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Alcance y consolidación normativa
El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobado en el artículo precedente compila e integra la Primera y Segunda Sección del Reglamento de Organización y Funciones del MIDAGRI y su modificatoria. Su aplicación no limita, interfiere ni condiciona la adopción de posteriores medidas, así como de aquellas que se encuentren en curso, en materia de organización y estructura que se disponga.
Artículo 3.- Derogación
Se deroga la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado mediante el artículo 1, se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe); así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2540900-1