Convocan al Proceso de Elecciones a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de la Municipalidad Distrital de Comas para el período 2026 - 2028 y aprueban el Cronograma Electoral
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 013-2026-AL/MDC
Comas, 22 de julio de 2026
VISTO: El Informe N° 269-2026-SGPV/MDC de fecha 15 de julio de 2026, de la Subgerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 157-2026-JSC-SGPV-GMDSPS/MDC de fecha 15 de julio de 2026, del Especialista de la Subgerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 037-2026-GMDSPS/MDC de fecha 15 de julio de 2026, de la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales; el Memorando N° 331-2026-GM/MDC de fecha 20 de julio de 2026, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 711-2026-OGAJ/MDC de fecha 21 de julio de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 331-2026-GM/MDC de fecha 20 de julio de 2026, de la Gerencia Municipal, concerniente a la “CONVOCATORIA AL PROCESO DE ELECCIONES A LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONCEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL (CCLD) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS PARA EL PERÍODO 2026 - 2028”, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, Ley de la Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a las municipalidades distritales en su calidad de Órganos de Gobierno Local, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital, es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, los regidores distritales y los representantes de las Organizaciones Sociales de base, entre otros, elegidos democráticamente por un periodo de dos años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la municipalidad distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada, según lo regulado en el artículo 102° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 31140, Ley de Bases de la Descentralización, los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 257-C/MC se aprobó el Reglamento de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Comas, el cual establece en su artículo 11° que la convocatoria a elecciones del Comité Electoral y de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, será efectuada mediante Decreto de Alcaldía (…) para la actual elección de representantes de la Sociedad Civil, mediara por lo menos cuarenta (40) días entre la convocatoria y la fecha designada para la elección, la misma que debe ser con una anticipación de noventa (90) días calendarios antes del vencimiento del mandato de dichos representantes; debiendo realizarse la elección antes de los quince días del término de dicho mandato;
Que, a través del informe N° 269-2026-SGPV-GMDSPS/MC de fecha 15 de julio de 2026, la Sub Gerencia de Participación Vecinal informa a la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales, que otorga visto bueno al Informe N° 157-2026-JSC-SGPV-GMDSPS/MDC, en el cual concluye que estando a las orientaciones de la Ordenanza N° 257-C/MC se debe iniciar el proceso de elecciones dentro de los plazos citados en dicha ordenanza;
Que, mediante informe N° 037-2026-GMDSPS/MC de fecha 15 de julio de 2026, la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales, informa a la Gerencia Municipal que hace suyo el Informe N° 269-2026-SGPV-GMDSPS/MDC emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal;
Que, mediante informe N° 711-2026-OGAJ/MC de fecha 21 de julio de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que estando a los sustentos expuestos por las áreas técnicas pertinentes y teniendo en consideración la necesidad de cumplir con las disposiciones normativas sobre la materia, estima que resulta viable emitir el Decreto de Alcaldía que establece el Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), período 2026 - 2028 del distrito de Comas, conforme a la propuesta presentada por la Subgerencia de Participación Vecinal. Asimismo, menciona que el marco legal que la sustenta no contraviene dispositivos legales de carácter general y/o especial para os fines en que se fundamentan; por lo que opina que resulta procedente, emitir el Decreto de Alcaldía, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente;
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27972; Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR al Proceso de Elecciones a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de la Municipalidad Distrital de Comas para el período 2026 - 2028.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma Electoral que regirá el presente proceso, el cual forma parte integrante del presente Decreto y se detalla a continuación.
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N° |
ACTIVIDADES |
FECHA |
FECHA |
HORARIO |
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1 |
Difusión y convocatoria del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD |
03 al 07 agosto |
08:00 - 17.00 |
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2 |
Inscripción de las organizaciones de la Sociedad Civil, acreditando a sus delegados electores - delegados candidatos |
03 al 07 agosto |
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3 |
Publicación de delegados inscritos |
10 agosto |
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4 |
Convocatoria para la elección del Comité Electoral |
11 al 13 agosto |
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5 |
Elección del Comité Electoral |
16 agosto |
17:30 - 19:00 |
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6 |
Aprobación del Reglamento Electoral del CCLD periodo 2026-2028 |
20 agosto |
17:30 - 19:00 |
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7 |
Inscripción de listas de candidatos |
21 al 26 agosto |
09:00 - 16:00 |
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8 |
Publicación de listas inscritas |
27 agosto |
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9 |
Presentación de tachas e impugnaciones de listas |
28 al 29 agosto |
09:00 - 16:00 |
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10 |
Resolución sobre las tachas e impugnaciones presentadas |
30 agosto |
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11 |
Publicación final de listas de candidatos |
31 agosto |
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12 |
Capacitación del Comité Electoral Por ONPE y sorteo de miembros de mesa |
02 setiembre |
09:00 - 12:00 |
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13 |
Elecciones de representantes de la sociedad civil periodo ante el CCLD, periodo 2026 - 2028 |
06 setiembre |
9:00 - 16:00 |
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales, a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, la Oficina General de Administración y a la Subgerencia de Participación Vecinal la conducción, organización y cumplimiento del Proceso Electoral, conforme a las disposiciones del Reglamento aprobado por la Ordenanza Municipal N° 257-C/MC.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaria de Concejo Municipal y a la Oficina General de Administración, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la oficina de Tecnología de la información, su publicación en el portal Institucional de la municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe)
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MONICA ACUÑA JARA
Alcaldesa
Municipalidad Distrital de Comas
2539456-1