Modifican la fecha máxima para que los agentes participantes hagan efectivo el aporte de su cofinanciamiento en el Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2027
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 008-2026/MDSMP
San Martín de Porres, 22 de julio de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN MARTÍN DE PORRES
VISTO; El Acta de Acuerdo del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo 2027 del distrito de San Martín de Porres de fecha 20 de julio de 2026; el Informe N° 109-2026-OGPP/MDSMP de fecha 22 de julio de 2026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 300-2026-OGAJ/MDSMP de fecha 22 de julio de 2026 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Memorándum N° 782-2026-MDSMP/GM de fecha 22 de julio de 2026 de la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 3º de la Ordenanza N° 563/MDSMP que aprueba el Reglamento del Proceso Participativo Basado en Resultados del distrito de San Martín de Porres; faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para que dicte las normas reglamentarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la modificación de las fechas correspondientes al Cronograma del proceso y la fecha de aporte de cofinanciamiento;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2026/MDSMP de fecha 20 de febrero de 2026 en su artículo primero se adecúa el tercer párrafo del artículo 12° del Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Martín de Porres, Ordenanza N° 563/MDSMP concediéndose hasta el 31 de julio de 2026 como fecha máxima para que la Sociedad Civil haga efectivo el aporte de su cofinanciamiento;
Que, el Acta de reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo 2027 del distrito de San Martín de Porres, con fecha 20 de julio de 2026, acuerda de manera unánime aprobar la ampliación del plazo de pago de cofinanciamiento de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo 2027 como fecha máxima hasta el 14 de agosto de 2026;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 109-2026-OGPP/MDSMP de fecha 22 de julio de 2026, señala que estando a lo acordado por el Equipo Técnico aprobando de manera unánime la ampliación de plazo de pago de cofinanciamiento de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo 2027, considera necesario la prórroga del plazo de pago de cofinanciamiento de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo 2027 hasta el 14 de agosto de 2026, toda vez que es de necesidad de los vecinos el extender el plazo a fin de cumplir con la totalidad de su cofinanciamiento;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 300-2026-OGAJ/MDSMP de fecha 22 de julio de 2026, opina que resulta jurídicamente viable la ampliación del plazo para el pago del aporte de cofinanciamiento de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2027 hasta el 14 de agosto de 2026, por encontrarse conforme con la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 28056, la Ordenanza N° 563-MDSMP y el Decreto de Alcaldía N° 002-2026-MDSMP, que facultan al señor Alcalde a modificar las fechas del cronograma del proceso y del aporte de cofinanciamiento mediante Decreto de Alcaldía;
Que, la Gerencia Municipal a través del Memorándum N° 782-2026-MDSMP/GM de fecha 22 de julio de 2026, corre traslado de los actuados a la Secretaría General a fin de que en el marco de sus competencias se sirva emitir el acto administrativo que corresponda para aprobar la prórroga de plazo para que los agentes participantes hagan efectivo el aporte de cofinanciamiento del Presupuesto Participativo 2027, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, en uso de las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el plazo señalado en el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 02-2026/MDSMP, hasta el 14 de agosto de 2026, como fecha máxima para que los Agentes Participantes hagan efectivo el aporte de su cofinanciamiento en el Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2027, conforme a los considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Asesoría Jurídica y a todas las áreas competentes, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente disposición municipal.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA
Alcalde
2539128-1