Logo El Peruano
Fecha de publicación: 31/07/2026
Designan Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas

Designan Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 325-2026-MINEM/DM

Lima, 31 de julio de 2026

VISTOS: El Memorando Nº 01209-2026/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe Nº 239-2026/MINEM-SG-OII de la Oficina de Integridad Institucional; el Informe Nº 204-2026/MINEM-OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 1077-2026-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Ley Nº 30705) se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 4 de Ley Nº 30705 establece que el Ministerio de Energía y Minas ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería;

Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil (en adelante, Ley del Servicio Civil), establece un régimen laboral único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como aquellas personas encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicio a cargo de éstas;

Que, el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil señala que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifican en los siguientes grupos: i) Funcionarios Públicos; ii) Directivos Públicos; iii) Servidores Civiles de Carrera; y, iv) Servidores de Actividades Complementarias; señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de confianza;

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de confianza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó; ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; no conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa;

Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil señala que, el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad;

Que, mediante Resolución Secretarial Nº 033-2019-MEM/SG, se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Manual de Perfiles de Puestos del MINEM);

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 092-2019-SERVIR/PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión Nº 018-2019, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Ministerio de Energía y Minas;

Que, con Resolución Jefatural Nº 118-2026-MINEM/OGA-ORH, se actualizó el Plan de Implementación para puestos del Régimen de la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil, para el Año Fiscal 2026, en cuyo Anexo se consigna en la posición (correlativo) Nº 004 y con código de puesto CO0401004, el puesto de Asesor (a) de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que se encuentra presupuestado;

Que, la Oficina de Integridad Institucional en el Informe Nº 239-2026/MINEM-SG-OII, señala que en el marco de la Ley Nº 31564 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2023-PCM, y demás normas en materia de integridad pública, el señor Carlos Cabrera Oliva, propuesto para el puesto de Asesor (a) de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, no se encuentra incurso en conflictos de intereses reales;

Que, mediante Informe Nº 204-2026-MINEM/OGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos señala que el señor Carlos Cabrera Oliva, cumple con los requisitos del perfil para ser designado en el puesto de Asesor (a) de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, según el Manual de Perfiles de Puestos del MINEM; y que dicho puesto se encuentra presupuestado;

Que, mediante el Informe Nº 1077-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la designación del señor Carlos Cabrera Oliva, en el puesto de confianza de Asesor (a) de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el numeral j) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, señala que, es función del/de la Ministro/a de Energía y Minas nombrar y/o remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al señor Carlos Cabrera Oliva como Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, bajo el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.

Artículo 2.- El vínculo del servidor civil designado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se rige según lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General y las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ

Ministro de Energía y Minas

2538948_1