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NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 3 de junio de 2012
467669
del resultado obtenido por cada Gobierno Local, aprueba
los resultados de las evaluaciones mediante Resoluci�n
Directoral de dicha Direcci�n General, como requisito
previo para la asignaci�n de recursos correspondientes a
los Gobiernos Locales;
Que, en el marco de lo se�alado en los considerandos
precedentes, la Direcci�n General de Contabilidad P�blica
del Ministerio de Econom�a y Finanzas - MEF, el Registro
Nacional de Identificaci�n y Estado Civil � RENIEC, el
Seguro Integral de Salud - SIS, el Ministerio de Desarrollo
e Inclusi�n Social - MIDIS y el Ministerio de Salud � MINSA
han remitido el Memorando N� 047-2012-EF/51.05; los
Oficios N� 001147-2012/GPP/RENIEC y N� 001253-2012/
GPP/RENIEC; el Oficio N� 013-2012-SIS-OGPPDO; el
Oficio N� 024-2012-SISFOH y el Oficio N� 114-2012-DG-
OGEI/MINSA; respectivamente, en donde informan los
resultados del cumplimiento por los Gobiernos Locales de
las metas anuales para el a�o 2011;
Que, asimismo, mediante el Informe N� 056-2012-
EF/50.05 la Direcci�n de Calidad de Gasto P�blico de
la Direcci�n General de Presupuesto P�blico informa los
resultados del cumplimiento de las metas correspondiente
al a�o 2011 por los Gobiernos Locales; por lo que, resulta
necesario aprobar dichos resultados;
En uso de las facultades conferidas en el art�culo
13� de la Ley N� 28112, Ley Marco de la Administraci�n
Financiera del Sector P�blico, los art�culos 3� y 4� de
la Ley N� 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, y el art�culo 7� del Decreto Supremo N� 183-
2010-EF;
SE RESUELVE:
Art�culo1�.- Objeto
Aprobar los resultados de la evaluaci�n del cumplimiento
de las metas anuales del Plan de Incentivos a la Mejora
de la Gesti�n y Modernizaci�n Municipal correspondiente
al 31 de diciembre del a�o 2011, establecidas en el literal
a) de la Segunda Disposici�n Complementaria Transitoria
del Decreto Supremo N� 183-2010-EF y modificatorias,
conforme al Anexo "Cumplimiento de las Metas del Plan
de Incentivos a la Mejora de la Gesti�n y Modernizaci�n
Municipal (PI) al 31 de diciembre del a�o 2011" que forma
parte integrante de la presente Resoluci�n Directoral.
Art�culo2�.- Publicaci�n
Disponer la publicaci�n de la presente Resoluci�n en
el Diario Oficial El Peruano, asimismo, establecer que su
Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de
Econom�a y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
ARMANDO CALDERON VALENZUELA
Director General(e)
Direcci�n General de Presupuesto P�blico
796395-1
EDUCACION
Aprueba el Reglamento de la Ley
N� 29719, Ley que promueve la
convivencia sin violencia en las
Instituciones Educativas
DECRETO SUPREMO
N� 010-2012-ED
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N� 29719, se promulg� la Ley que
promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones
Educativas;
Que, de acuerdo al art�culo 1 de la Ley precitada,
dicha norma tiene por objeto establecer los mecanismos
para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar
la violencia, el hostigamiento, la intimidaci�n y cualquier
acto considerado como acoso entre los alumnos de las
instituciones educativas;
Que, en atenci�n a lo dispuesto en la Primera Disposici�n
Complementaria Final de la referida Ley, el Ministerio
de Educaci�n ha elaborado el proyecto de Reglamento
correspondiente, teniendo en cuenta las opiniones
formuladas por diversos �rganos y entidades p�blicas, as�
como por instituciones privadas y organizaciones de la
sociedad civil involucradas con la materia;
Que, en tal virtud, corresponde disponer la aprobaci�n
del referido Reglamento; y
En uso de la facultad conferida por el numeral 8
del art�culo 118 de la Constituci�n Pol�tica del Per�, y
de conformidad con lo establecido por el Decreto Ley
N� 25762, Ley Org�nica del Ministerio de Educaci�n,
modificado por Ley N� 26510; y la Ley N� 29158, Ley
Org�nica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Art�culo 1.- Aprobaci�n del Reglamento de la Ley
N� 29719
Apru�bese el Reglamento de la Ley N� 29719, Ley que
promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones
Educativas, el que consta de siete (07) cap�tulos, veinti�n
(21) art�culos y cuatro (04) disposiciones complementarias
finales, cuyo texto, en condici�n de anexo, forma parte
integrante del presente Decreto Supremo.
Art�culo 2.- Normas Complementarias
Fac�ltese al Ministerio de Educaci�n para emitir las
disposiciones complementarias que sean necesarias para
el cumplimiento e implementaci�n del presente Decreto
Supremo.
Art�culo 3.- Publicaci�n
El Reglamento aprobado por el art�culo 1 ser�
publicado en el Portal Institucional del Ministerio de
Educaci�n
(http://www.minedu.gob.pe/normatividad/),
el mismo d�a de la publicaci�n del presente Decreto
Supremo en el Diario Oficial El Peruano.
Art�culo 4.- Vigencia
La presente norma entrar� en vigencia al d�a siguiente
de su publicaci�n en el Diario Oficial El Peruano.
Art�culo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo ser� refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de
Educaci�n.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos d�as
del mes de junio del a�o dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
�SCAR VALD�S DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
PATRICIA SALAS O'BRIEN
Ministra de Educaci�n
796624-6
Oficializan los "Est�ndares para la
Acreditaci�n de la Carrera Profesional
Universitaria de Arquitectura"
SiNEACE
Consejo Superior
RESOLUCi�N N� 031-2012-SiNEACE/P
Lima, 9 de mayo de 2012
VISTO:
El Oficio N� 285-2012-CONEAU/P de 18 de abril del
2012, que remite el Consejo de Evaluaci�n, Acreditaci�n