Aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Cajamarca al 2040
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 947-CMPC
Cajamarca, 23 de enero de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 21 de enero de 2026, el Dictamen Nº 001-2026-CPyP-MPC, de fecha 12 de enero de 2026, suscrito por la Comisión de Planeamiento y Presupuesto, Expediente Nº 88654-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y el articulo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el articulo 9°de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Consejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Local Concertados, mientras que el artículo 97° dispone que los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Son aprobados por los respectivos consejos municipales;
Que el artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la gestión pública y en la formulación, debate y concentración de sus planes de desarrollo y presupuesto que según el numeral 18.2) del artículo 18° de la misma ley, son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público cuanto del privado, así como de las sociedades regionales y locales de la cooperación internacional;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PDC, el CEPLAN aprobó la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento - SINAPLAN”, que establece el marco normativo de carácter general del Sistema de Planeamiento Estratégico, y en su artículo 6° indica en Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora Continua: Fase 1: Análisis de la situación actual, Fase 2: Análisis prospectivo, Fase 3: Decisión Estratégica y Fase 4: Seguimiento y evaluación;
Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0094-2024CEPLAN/PDC, se aprueba la “Guía para el Plan de Desarrollo Local Concertado Provincial y Distrital” para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N°166-2024-A-MPC, de fecha 10 de Julio del año 2024; se formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, el plan de trabajo y la conformación del Grupo de Trabajo para el proceso de formulación,
Que, con fecha 28 de mayo del 2025, el Consejo Coordinación Local Provincial mediante sesión ordinaria ha tomado conocimiento y validado la propuesta de Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) de la Provincia de Cajamarca al 2040.
Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, remite el Oficio N°00442-2025-CEPLAN-DNCP, adjuntando el Informe Técnico N° 000066-2025-CAPLAN-DNCPPDLC de fecha 28 de abril, concluye que luego de la revisión de la Fase 1 “Análisis de la situación actual” del Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Cajamarca, CUMPLE, con la metodología establecida por CEPLAN;
Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, remite el Oficio N° °00712-2025-CEPLAN-DNCP, adjuntando el Informe Técnico N° 0000127-2025-CAPLAN-DNCPPDLC de fecha 07 de julio, concluye que luego de la revisión de la Fase 2” Análisis Prospectivo” del Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Cajamarca, CUMPLE, con la metodología establecida por CEPLAN;
Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, remite el Oficio N° 001697-2025-CEPLAN-DNCP, adjuntando el Informe Técnico N°000378-2025-CEPLAN-DNCPPDLC de fecha 22 de diciembre del 2025, concluyendo, luego de la revisión de la Fase 3 “Decisión Estratégica” del Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Cajamarca 2040, CUMPLE, con la metodología establecida por CEPLAN;
Que, mediante el Informe Nº 365-2025-MPC-OGPP-OPM la Oficina de Planeamiento y Modernización, remite los actuados a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la cual deriva mediante Informe N° 170-2025-OGPP-MPC a la Oficina General de Asesoría Jurídica y sustenta el Proyecto de “Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Cajamarca 2040,” para opinión legal;
Que, mediante Informe Nº 708-2025-OGAJ-MPC la Oficina General de Asesoría Jurídica, en uso de sus facultades considera se encuentra dentro del marco legal vigente, emitiendo opinión favorable y declara procedente la aprobación del “Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Cajamarca 2040,”;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9° numeral 8) y artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL
CONCERTADO DE LA PROVINCIA DE CAJAMARCA AL 2040
Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA PROVINCIA DE CAJAMARCA AL 2040, que en Anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza y consta en la siguiente estructura:
1. Presentación
2. Situación Actual del Territorio
3. Futuro deseado
4. Matriz de objetivos y acciones estratégicas con sus indicadores y logros esperados.
5. Anexos
• Caracterización.
• Diagnostico.
• Análisis prospectivo.
• Diseño del futuro deseado.
• Matriz para la determinación de objetivos estratégicos.
• Matriz de determinación de acciones estratégicas.
• Fichas de inversiones estratégicas con enfoque territorial.
• Matriz de Articulación de Planes.
• Fichas de Indicadores.
• Evidencias del proceso participativo y concertado.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remitir copia de la presente Ordenanza y el documento de Gestión a la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento estratégico Centro Nacional de Planeamiento estratégico - CEPLAN.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y Oficina de Planeamiento y Modernización la correcta difusión a nivel institucional, a fin de implementar el presente documento territorial en el planeamiento institucional y operativo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Planeamiento y Modernización y a la Oficina General de Imagen y Comunicaciones Institucionales, desarrollar una estrategia de difusión del mismo, con la finalidad de que los actores en el territorio tomen conocimiento de su contenido.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información el mencionado dispositivo y el PDLC 2025-2040 en el Portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
REBER JOAQUÍN RAMÍREZ GAMARRA
Alcalde Municipalidad Provincial de Cajamarca
2484055-1