Aprueban los “Lineamientos y procedimientos para la contratación de bienes y servicios para el desarrollo de los procesos electorales a llevarse a cabo en el año 2026”
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000207-2025/JNAC/RENIEC
Lima, 15 de diciembre del 2025
VISTOS:
El Informe N° 000209-2025/OAF/ULG/RENIEC (11DIC2025), de la Unidad de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas; la Hoja de Elevación N° 000171-2025/OAF/RENIEC (11DIC2025), de la Oficina de Administración y Finanzas; el Proveído N° 008235-2025/SGEN/RENIEC (12DIC2025), de la Secretaría General y el Informe Nº 001392-2025/OAJ/RENIEC (12DIC2025), de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de junio de 2024, y su Reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de enero de 2025, iniciando la vigencia de la Ley y el Reglamento el 22 de abril de 2025;
Que, con fecha 04DIC2025, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 32513, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
Que, mediante Informe N° 000209-2025/OAF/ULG/RENIEC (11DIC2025), la Unidad de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas remite el Proyecto de “LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ELECTORALES A LLEVARSE A CABO EN EL AÑO 2026”, para la correspondiente aprobación por la Jefatura Nacional, previo informe legal de la Oficina de Asesoría Jurídica;
Que, con Hoja de Elevación N° 000171-2025/OAF/RENIEC (11DIC2025), la Oficina de Administración y Finanzas eleva a la Secretaría General el Informe N° 000209-2025/OAF/ULG/RENIEC de la Unidad de Logística, relacionado a los “LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ELECTORALES A LLEVARSE A CABO EN EL AÑO 2026”, y solicita se derive el expediente a la Oficina de Asesoría Jurídica para la evaluación y emisión del informe legal para la correspondiente aprobación de la Jefatura Nacional;
Que, mediante Proveído N° 008235-2025/SGEN/RENIEC (12DIC2025), la Secretaría General remite los “LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ELECTORALES A LLEVARSE A CABO EN EL AÑO 2026”, a la Oficina de Asesoría Jurídica para que emita el Informe legal correspondiente;
Que, la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza a los Organismos del Sistema Electoral para exonerarse de la aplicación de las normas Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, según corresponda, así como la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1057, para la contratación no solo de servicios necesarios a través de locación de servicios1 sino que la hace extensiva para la contratación adquisición de bienes y servicios2, durante el año 2026, necesarios para realizar los procesos electorales a llevarse a cabo en el año 2026; además dispone que los Organismos del Sistema Electoral mediante Resolución del Titular de la Entidad aprueben los procedimientos y lineamientos para la contratación, en un plazo de cinco (5) días hábiles, de publicada la presente Ley, observando los principios establecidos en el artículo 5 de la Ley Nº 32069. Siendo dicha facultad indelegable; en este contexto la Entidad como parte del Sistema Electoral deberá disponer la elaboración de dichos instrumentos internos para su aprobación correspondiente dentro del plazo previsto en la norma;
Que, en atención a lo antes indicado, la Unidad de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas, remite el proyecto de “LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ELECTORALES A LLEVARSE A CABO EN EL AÑO 2026”;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que en el Proyecto de “LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2026”, elaborado por la Unidad de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas, se han tomado en consideración los principios establecidos en el artículo 5 de la Ley Nº 32069; además a considerado las pautas previstas la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, por lo que resulta legalmente viable su aprobación;
Que, de conformidad con la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, corresponde al Titular de la Entidad aprobar mediante Resolución Jefatural los Lineamientos y Procedimientos para la contratación de bienes y servicios elaborados por la Unidad de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas;
Que de conformidad con lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR los “LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ELECTORALES A LLEVARSE A CABO EN EL AÑO 2026”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, a fin de que las contrataciones realizadas en el marco de la Ley N°32416, sean publicadas en el portal web del RENIEC y registradas en el SEACE- PLADICOP, cuando este aplicativo sea habilitado por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE).
Artículo Tercero.- DISPONER Ia publicación de Ia presente Resolución Jefatural en el diario oficial “El Peruano” y de su Anexo en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano www.gob.pe/reniec.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
1 Conforme lo indica actualmente la Undécima disposición complementaria final de la Ley 32185.
2 Reguladas en el art. 2 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
2468355-1