Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa y ante el Principado de Mónaco
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 174-2025-RE
Lima, 11 de noviembre de 2025
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema N° 039-2022-RE de 23 de marzo de 2022, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0192-2022-RE de 29 de marzo de 2022, se fijó el 1 de mayo de 2022, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa;
Que, mediante Resolución Suprema N° 084-2022-RE de 11 de julio de 2022, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Principado de Mónaco;
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Francesa.
Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Principado de Mónaco, con residencia en París, República Francesa.
Artículo 3.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 5.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.
Artículo 6.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ
Ministro de Relaciones Exteriores
2457693-1