LEY Nº 32465

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE TACNA (UNITAC)

EN LA PROVINCIA DE TACNA DEL

DEPARTAMENTO DE TACNA

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional la creación de la Universidad Nacional Intercultural de Tacna (UNITAC) en la provincia de Tacna del departamento de Tacna, convocándose al Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias, para que adopte las acciones de promoción correspondientes, en coordinación con el Gobierno Regional de Tacna, la Municipalidad Provincial de Tacna y la Municipalidad Distrital de Tacna, a fin de crear la referida universidad.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente realizada el día diecinueve de febrero de dos mil veinticinco, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los nueve días del mes de octubre de dos mil veinticinco.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente del Congreso de la República

FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

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