Disponen aprobación de la actualización de la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

N° D000179-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE

Magdalena del Mar, 17 de setiembre del 2025

VISTOS:

El Informe Técnico Nº D000382-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR emitido por la Dirección de Política y Regulación, el Memorando N° D000978-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el Informe Técnico N° D000991-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO emitido por la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento, el Memorando N° D001165-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Legal N° D000401-2025-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI);

Que, de conformidad con el literal c) del artículo 14 de la citada Ley, el SERFOR tiene entre sus funciones emitir y proponer normas y lineamientos de alcance nacional relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre establece que la zonificación forestal tiene por finalidad delimitar, de manera obligatoria, técnica y participativa, las tierras forestales, definiendo las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre. Asimismo, señala que el reglamento de la norma establece la metodología, plazos, condiciones y criterios sociales, económicos, culturales y ambientales aplicables, garantizando el respeto a los derechos de las poblaciones locales;

Que, conforme al artículo 26 del mismo cuerpo normativo, la zonificación forestal constituye un proceso técnico, participativo y obligatorio, que se realiza con enfoque ecosistémico, en concordancia con la zonificación ecológico-económica y con los instrumentos de planificación y gestión territorial a nivel regional. Además, establece que el reglamento define la metodología y el procedimiento aplicables, los cuales son de carácter vinculante para la gestión forestal;

Que, asimismo, el artículo 27 de dicha Ley establece las categorías de zonificación forestal, las cuales comprenden: a) Zonas de Producción Permanente, b) Zonas de Protección y Conservación Ecológica, c) Zonas de Recuperación, y d) Zonas de Tratamiento Especial;

Que, por su parte, el artículo 27 del Reglamento de Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, señala que, a fin de determinar las categorías de la Zonificación Forestal, el SERFOR aprueba una Guía Metodológica como un documento técnico que contiene, entre otros, los criterios y lineamientos para asignar las diferentes categorías de zonificación y unidades de ordenamiento forestal; la metodología para el desarrollo de los procesos participativos; los criterios del sistema de monitoreo y evaluación de la Zonificación Forestal; y el procedimiento de actualización e incorporación de información sobre la Zonificación Forestal en tierras de comunidades campesinas y comunidades nativas;

Que, en el marco del referido artículo, el SERFOR, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 168-2016-SERFOR-DE, aprueba la “Guía Metodológica de Zonificación Forestal” como documento técnico para establecer los criterios que determinan las categorías de zonificación;

Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000145-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, de fecha 03 de agosto de 2025, se publica en el Diario Oficial El Peruano, la propuesta de actualización de la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las personas interesadas;

Que, bajo ese marco normativo, la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, a través del Memorando N° D001165-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS, manifiesta su conformidad al Informe Técnico N° D000991-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, el cual sustenta la formulación y aprobación mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, de la propuesta de actualización de la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”, con el fin de optimizar la implementación de la zonificación para identificar las categorías forestales;

Que, asimismo, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, a través del Memorando N° D000978-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS, manifiesta su conformidad al Informe Técnico N° D000382-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación, en el cual opina que el proyecto de actualización de la Guía Metodológica para la Zonificación Forestal se ha realizado en concordancia con la normativa vigente, considerándola jurídica y técnicamente viable para su aprobación;

Que, por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° D000401-2025-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico N° D000991-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO y en el Informe Técnico N° D000382-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, concluye que resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo, en el marco de la función establecida en el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, emita el acto resolutivo que disponga la publicación de la propuesta de actualización de la Guía Metodológica para la Zonificación Forestal;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General (e) de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la aprobación de la actualización de la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 168-2016-SERFOR-DE, de fecha 27 de julio de 2016, con la que se aprueba la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, en coordinación con la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, realice las capacitaciones y/o asistencia técnica necesarias para implementar lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, para la acción prevista en el Artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como la publicación de dicho acto resolutivo y el documento mencionado en el Artículo 1, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR https://www.gob.pe/serfor.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESIDERIO ERASMO OTÁROLA ACEVEDO

Director Ejecutivo

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

2439749-1