Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 01146-2025-DE
Lima, 15 de setiembre del 2025
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 003425-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02135-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01824-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con aeronaves C-27J SPARTAN de alta performance, las cuales realizan vuelos en operación militar, vuelos en apoyo al desarrollo socio económico, vuelos en apoyo al sistema de Defensa Civil, vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, así como vuelos de evacuación aeromédica en apoyo al Sistema Integral de Salud;
Que, mediante Oficio N° 000103-2025-AGBRA/FAP, el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil informa a la Fuerza Aérea del Perú, que la fecha prevista para la visita académica, entre otro, del personal del Programa de Comando y Estado Mayor (PCEM 2025), será del 22 al 25 de setiembre 2025 (traslado el 22 de setiembre, actividades los días 22, 23 y 24 de setiembre, y retorno el 25 de setiembre de 2025);
Que, con Oficio Extra FAP N° 003425-2025-SECRE/FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que conformará la tripulación de la aeronave principal C-27J FAP 329 y de la aeronave alterna C-27J FAP 332, encargadas de realizar el traslado (ida y vuelta) de los Oficiales alumnos del Programa de Comando y Estado Mayor (PCEM 2025), a la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 22 al 25 de setiembre de 2025;
Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 012-2025-G8AJ-2025; la Hoja de Gastos N° 136 DGVC-ME/SIAF-RP; así como, la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000004 que garantiza el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto, permitirá realizar el traslado de los Oficiales alumnos del Programa de Comando y Estado Mayor (PCEM 2025), a la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, precisando que el Grupo Aéreo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú se encuentra en la capacidad de realizar de manera eficiente este tipo de operaciones aéreas, al contar con el personal de tripulantes aéreos debidamente calificados y con la experiencia suficiente para realizar este tipo de misiones;
Que, mediante el Oficio N° 02135-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 220-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar;
Que, mediante el Informe Legal N° 01824-2025- MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que se detalla a continuación, que conformará tripulación de la aeronave principal C-27J FAP 329 y de la aeronave alterna C-27J FAP 332, encargadas de realizar el traslado (ida y vuelta) de los Oficiales alumnos del Programa de Comando y Estado Mayor (PCEM 2025), a la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 22 al 25 de setiembre de 2025:
Aeronave Principal C-27J FAP 329
Tripulación principal:
Mayor General FAP JORGE CESAR ZAPATA TIPIAN
NSA N° 95943 DNI N° 43338482
Coronel FAP CESAR ALBERTO HUANQUI VALCARCEL
NSA N° 96539 DNI N° 43347384
Mayor FAP WILFREDO JUNIOR BAZAN RODRIGUEZ
NSA N° 97449 DNI N° 44355092
Mayor FAP HERNAN IRVING CHONATE SEGURA
NSA N° 97721 DNI N° 70123375
Capitán FAP DIEGO ALFONSO ALEJANDRO INFANTE MENDOZA
NSA N° 98054 DNI N° 71454344
Técnico de Primera FAP WILLIAM ROBERTH VASQUEZ ALAYO
NSA N° 608843 DNI N° 43353581
Suboficial de Primera FAP ABELARDO DALMER LIMASCCA CUEVA
NSA N° 611412 DNI N° 72274750
Aeronave Alterna C-27J FAP 332
Tripulación alterna:
Coronel FAP MARIO AUGUSTO OLIVERA CASTAÑEDA
NSA N° 96672 DNI N° 43585338
Coronel FAP MANFRED WILMAR RONDON LLAZA
NSA N° 95979 DNI N° 09341097
Coronel FAP DANTE RICARDO LLOSA SERNA
NSA N° 96666 DNI N° 43363111
Mayor FAP ESTEBAN EDUARDO MOSCA ZEGARRA
NSA N° 97656 DNI N° 43691390
Capitán FAP JIMMY LUIS ALOR CARDENAS
NSA N° 97707 DNI N° 45740052
Técnico de Primera FAP CESAR ARMANDO CHECA HUAMANTINCO
NSA N° 608880 DNI N° 43574064
Suboficial de Tercera FAP LUIS FERNANDO SALAZAR DAVILA
NSA N° 612337 DNI N° 73618775
Artículo 2.- La participación de la aeronave y tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la aeronave y tripulación principal.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto:
Viáticos:
US$ 370.00 x 3 días x 7 personas US$ 7,770.00
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Total a pagar: US$ 7,770.00
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2439405-1