Decreto Supremo que establece la Oficina Consular del Perú en Punta Cana, República Dominicana
DECRETO SUPREMO
Nº 019-2025-RE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno del Perú otorga especial prioridad al desarrollo de una activa labor de protección y promoción de sus intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior, así como el fomento de los intereses del país, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural;
Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la sede y circunscripción de las Oficinas Consulares se determinan por Decreto Supremo, lo cual es propuesto por el órgano de línea consular;
Que, el artículo 32 del Reglamento Consular del Perú dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modificación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor;
Que, mediante memoranda L-SANTO_DOMINGO005272022 del 11 de octubre de 2022; y L-SANTO_DOMINGO003632024 del 25 de julio de 2024; la Embajada del Perú en la República Dominicana presenta para consideración de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares información que sustenta la necesidad de establecer una Oficina Consular del Perú en la Ciudad de Punta Cana, República Dominicana;
Que, mediante memorándum DGC016802024 del 23 de setiembre de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares propone el establecimiento de una Oficina Consular del Perú en la Ciudad de Punta Cana, República Dominicana, con circunscripción en las provincias de La Altagracia y La Romana, tomando en consideración los criterios establecidos en el artículo 31 del Reglamento Consular del Perú;
Que, mediante Hoja de Trámite (GAC) Nº 4120 del 9 de octubre de 2024, el Despacho Viceministerial emite conformidad al establecimiento de una Oficina Consular del Perú en la Ciudad de Punta Cana, República Dominicana, con circunscripción en las provincias de La Altagracia y La Romana;
Que, mediante Nota Diplomática Nº 5-30-C/136 del 18 de noviembre de 2024, la Embajada del Perú en República Dominicana solicita el consentimiento respectivo para el establecimiento del Consulado del Perú en Punta Cana y remite informe con fundamentos que respaldan la apertura de la referida Oficina Consular;
Que, mediante Nota Diplomática VACM-DSC-DTSMC Nº 003476 del 31 de enero de 2025, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana adjunta documento interno Nº 0061, de 16 de enero de 2025, mediante el cual la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo informa que el Gobierno dominicano otorga su anuencia para establecer una Oficina Consular de la República del Perú en Punta Cana, con circunscripción en las provincias de La Altagracia y La Romana;
Que, en virtud de lo señalado en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, el presente Decreto Supremo se considera excluido del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo, por decretar disposiciones normativas de carácter general, relacionadas al funcionamiento y operatividad de las Oficinas Consulares del Perú en el exterior;
Que, en concordancia, el Reglamento de la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, establece en su literal q) del numeral 41.1 del artículo 41 los supuestos que se encuentran fuera del alcance de la obligación de presentar expediente AIR Ex Ante a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, dentro de las que se encuentran las disposiciones normativas de carácter general relacionadas al funcionamiento y operatividad de las Oficinas Consulares del Perú en el exterior;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; la Embajada del Perú en la República Dominicana; y, el consentimiento de las autoridades competentes de la República Dominicana;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE;
DECRETA:
Artículo 1.- Establecimiento de Oficina Consular y su sede
Se establece la Oficina Consular del Perú en Punta Cana, República Dominicana.
Artículo 2.- Establecimiento de la circunscripción consular de la Oficina Consular del Perú en Punta Cana
Se fija la circunscripción consular de la Oficina Consular del Perú en Punta Cana, República Dominicana, en las provincias de La Altagracia y La Romana de la citada República.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ELMER SCHIALER SALCEDO
Ministro de Relaciones Exteriores
2410149-4