Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Bolivariana de Venezuela, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 0388-2025-RE
Lima, 13 de junio de 2025
VISTOS:
La Hoja de Trámite (SGG) N° 1226 del Despacho de la Secretaría General, de 13 de junio 2025; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2541 del Despacho Viceministerial, de 13 de junio 2025; el Memorándum N° OPP015522025 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 13 de junio de 2025, que otorga la certificación presupuestal al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP017892025 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 13 de junio de 2025;
CONSIDERANDО:
Que, mediante Nota N° SP-25/0319-052, la Secretaría Permanente del Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA) ha convocado a la XVIII Reunión Extraordinaria del Consejo Latinoamericano, con el propósito de elegir al Secretario Permanente para el periodo 2025-2029, la cual se llevará a cabo el 16 de junio de 2025, en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela;
Que, el numeral 3 del artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, dispone que las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales tienen como una de sus funciones realizar inspecciones de sus predios y de los que se encuentran bajo su administración para verificar su uso y destino a fin de lograr una eficiente gestión de estos;
Que, la Directiva N° 010-2024 OGA/RE “Disposiciones para el Mantenimiento de los Bienes Inmuebles en el Exterior”, aprobada con Resolución de Secretaría General N° 0176-2024-RE, de 4 de marzo de 2024, establece las disposiciones para el mantenimiento de los bienes inmuebles de propiedad del Estado peruano e inmuebles bajo la administración del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela ha informado sobre las acciones de mantenimiento que se realizarán en los bienes inmuebles de propiedad del Perú en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, el Consulado General del Perú en Caracas ha indicado que viene realizando las acciones conducentes relativas a la baja de bienes muebles patrimoniales propiedad de esa Oficina Consular;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, señala que, entre otras, son funciones del Secretario General supervisar las acciones y/o actos administrativos que le correspondan, de acuerdo con la legislación aplicable;
Que, en ese sentido, se estima importante que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, participe en la citada Reunión, así como en la inspección de bienes de la Embajada del Perú en la República Bolivariana de Venezuela y en la revisión de asuntos administrativos del Consulado General del Perú en Caracas;
Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, será del 15 al 17 de junio de 2025;
De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 15 al 17 de junio de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos de pasajes, hospedaje у alimentación que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (293) 0094980 “Secretaría General”; y, Código POI: AOI00004500086 “Garantizar permanentemente la gestión de la Secretaría General”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos (USD) |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado |
3 085.98 |
370.00 |
2 +1 |
1 110.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado comisionado deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELMER SCHIALER SALCEDO
Ministro de Relaciones Exteriores
2409631-1