Autorizan viaje de personal policial a la República del Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 1095-2025-IN
Lima, 13 de junio de 2025
VISTOS, el Oficio N° 1050-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe N° 001722-2025-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 001219-2025-IN-OGPP, de fecha 28 de mayo de 2025, la Dirección General de la Oficina General Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior traslada a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú el OF. RE (DGC) N° 2-10-C/532, de fecha 21 de mayo de 2025, del Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, cursando invitación para que el personal policial participe en la Mesa Técnica en el marco del “Mecanismo Binacional para Asuntos Migratorios y de Movilidad Humana entre la República del Ecuador y la República del Perú”, a realizarse el 16 de junio de 2025, en la ciudad de Quito de la República del Ecuador;
Que, con Informe N° 067-2025-DIRNOS-DIRSEEST-PNP/DIVEXT-JEF, la División de Extranjería de la Policía Nacional del Perú, comunica la designación del Comandante de la Policía Nacional del Perú JHON BORIS VIRRUETA VILCA, asimismo, sustenta la importancia y viabilidad de su participación en la comisión descrita precedentemente;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 184-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú JHON BORIS VIRRUETA VILCA, del 15 al 16 de junio de 2025, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador, precisando que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, fortalecerá la cooperación bilateral en materia de movilidad humana, seguridad fronteriza y control migratorio; asimismo, aportará criterios técnicos vinculados a las competencias de la institución policial en zonas fronterizas, a fin de canalizar información institucional sobre procedimientos migratorios actuales, promover mecanismos de coordinación con autoridades homólogas peruanas y dar seguimiento a compromisos asumidos en el marco del referido mecanismo binacional. En ese sentido, permitirá recoger insumos estratégicos que permitan mejorar las capacidades operativas de la institución policial en contextos de movilidad transfronteriza;
Que, la participación del personal policial en la comisión antes indicada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior conforme a la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000002154, y la Hoja de Estudio y Opinión N° 184-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;
Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”.
Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, a través del informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú JHON BORIS VIRRUETA VILCA, del 15 al 16 de junio de 2025, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú JHON BORIS VIRRUETA VILCA, del 15 al 16 de junio de 2025, a la ciudad de Quito de la República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), del personal policial mencionado en el artículo precedente, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe |
Personas |
Días |
Total |
|
Viáticos |
US$ 370,00 |
1 |
2 |
US$ 740,00 |
Importe |
Personas |
Total |
|
Pasajes aéreos |
US$ 583,00 |
1 |
US$ 583,00 |
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS
Ministro del Interior
2409628-1