Autorizan viaje de Analista de Compromisos Internacionales de la Oficina Ejecutiva de Cooperación Técnica de la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica, y Punto Focal del INEI ante la OCDE, a la Confederación Suiza, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 133-2025-PCM

Lima,13 de junio de 2025

VISTO:

El Oficio N° 000422-2025-INEI/JEF del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) es el organismo central del Sistema Nacional de Estadística, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística oficiales del país; y, su Jefe es la máxima autoridad del Sistema Nacional de Estadística;

Que, mediante carta SDD/DO(2025)10, de fecha 21 de marzo de 2025, el Jefe de Estadísticas y Director de la Dirección de Estadística y Datos (SDD) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) invita al jefe del INEI a participar en la Vigésima Segunda Reunión del Comité de Estadística y Política Estadística (CSSP) de la OCDE, que se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, los días 18 y 19 de junio de 2025;

Que, de acuerdo a la agenda preliminar, en el citado evento se tiene previsto abordar temas como la implementación del nuevo Sistema de Cuentas Nacionales (SCN) y del Manual de Balanza de Pagos (MBP), incluyendo los desafíos de medición, la coordinación internacional y la comparabilidad internacional; inteligencia artificial (IA) como factor transformador en la agenda global de medición, con discusión de desafíos metodológicos y estadísticos; concepto de preparación para la IA y su relación con las buenas prácticas estadísticas; tendencias en la distribución de la riqueza neta de los hogares, analizando desigualdades y brechas intergeneracionales; y, costo de criar hijos en familias de configuraciones cambiantes, examinando metodologías de medición y su relación con políticas de fertilidad y envejecimiento;

Que, la participación de un representante del INEI en el referido evento contribuirá al fortalecimiento de las capacidades institucionales, mediante la incorporación de marcos normativos y metodológicos actualizados, como el SCN y el MBP; fortalecerá el posicionamiento del Estado Peruano como país que avanza hacia la adopción de estándares internacionales de calidad estadística; promoverá el intercambio técnico de estimaciones experimentales con oficinas nacionales de estadística de países miembros de la OCDE, facilitando el aprendizaje mutuo, el despliegue de aplicaciones de IA y la cooperación internacional asociada con el sector privado de forma creativa; y, brindará oportunidades de creación de parámetros armonizados del coste de los hogares durante crisis, así como el desarrollo de orientaciones metodológicas sobre el cálculo de los mismos;

Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor LUIS FRANCISCO CALLE ROSASCO, Analista de Compromisos Internacionales de la Oficina Ejecutiva de Cooperación Técnica de la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica, y Punto Focal del INEI ante la OCDE, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 17 al 20 de junio de 2025, para que participe en el citado evento;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, que se deriven de la participación en el referido evento, serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del INEI, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial
N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor LUIS FRANCISCO CALLE ROSASCO, Analista de Compromisos Internacionales de la Oficina Ejecutiva de Cooperación Técnica de la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 17 al 20 de junio de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y apellidos

Pasajes Aéreos USD

Viáticos

por día

USD

Número de días

Total viáticos

USD

LUIS FRANCISCO CALLE ROSASCO

2,953.95

540.00

2+2

2,160.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar ante su entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos; así como, la rendición de gastos correspondiente.

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Presidente del Consejo de Ministros

2409620-1