Autorizan viaje de servidores del SENASA a los Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 0217-2025-MIDAGRI
Lima, 12 de junio de 2025
VISTOS:
El Oficio Nº D000274-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, de la Jefatura del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; el Memorando Nº 1306-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 0333-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y el Informe N° 0767-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), el cual es el responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias;
Que, mediante la Carta N° D000223-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 08 de abril de 2025, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) solicita a la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) agendar una Reunión Técnica Bilateral, en adelante la Reunión, para abordar temas relacionados al acceso de productos agrícolas, cooperación y otros de interés mutuo, proponiendo su celebración en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, los días 17 y 18 de junio de 2025;
Que, con el Oficio N° B00.01.01.02.02.-03366/2025 de fecha 14 de abril de 2025, la Directora de Regulación Fitosanitaria del SENASICA acepta la solicitud para llevar a cabo la Reunión los días 17 y 18 de junio de 2025, en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos y adjunta la propuesta de agenda con los temas a ser tratados;
Que, mediante la Carta N° D000262-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV del 25 de abril de 2025, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA solicita a la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASICA, ampliar los temas a tratarse en la Reunión, dado que los mismos son de interés del Perú;
Que, con el Oficio N° B00.01.01.02.02-04244/2025 de fecha 15 de mayo de 2025, la Directora de Regulación Fitosanitaria del SENASICA, remite la nueva propuesta de agenda con los temas a discutirse en la Reunión;
Que, mediante la Carta N° D000310-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV del 15 de mayo de 2025 la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASA comunica a la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASICA, los servidores que asistirán a la Reunión, siendo los siguientes: Orlando Antonio Dolores Salas, María Verónica del Rosario Sánchez Valencia e Inés Midori Quispe Luján;
Que, mediante Oficio Nº D000274-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, la Jefatura del SENASA solicita al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, disponer el trámite de autorización del viaje al exterior de los servidores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; María Verónica del Rosario Sánchez Valencia, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal e Inés Midori Quispe Luján, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal del SENASA, quienes son propuestos para participar en la Reunión. Para tal fin, adjunta el Informe Nº D000116-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 02 de junio de 2025, en el que se exponen las razones técnicas que justifican la participación de los referidos servidores en la Reunión;
Que, en el referido informe se señala que, entre los beneficios a obtenerse con la participación del SENASA en la Reunión, se tiene: El acceso de productos agrícolas a nuevos mercados, otorgará alternativas para el crecimiento y desarrollo de nuestras agroexportaciones; la apertura del mercado de los Estados Unidos Mexicanos para frutos frescos de granada; brindar mayores alternativas comerciales para el desarrollo de la agroexportación en nuestro país; mejorar la demanda de estos productos e incentivar a los productores peruanos y empresas a incrementar sus áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y la generación de mayor empleo; el fortalecimiento de las relaciones entre las autoridades fitosanitarias de ambos países; oportunidad para que ambos países evalúen los avances en las gestiones de acceso de productos de mutuo interés; contar con un nuevo material genético de plantas que permita diversificar la cartera de productos exportables, generando mayores oportunidades de inversión y desarrollo agrícola nacional; fijar nuevos compromisos para lograr el acceso de nuevos productos y mejorar las condiciones de accesos de los productos vegetales que se exportan; y, el acceso a nuevos mercados genera mayor demanda de empleos y servicios por las empresas exportadoras (impacto socio-económico);
Que, a través del Memorando Nº 1306-2025-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), remite el Informe Nº 0333-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales (OCAI), señala que el expediente de autorización de viaje de los servidores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; María Verónica del Rosario Sánchez Valencia, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal e Inés Midori Quispe Luján, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal del SENASA, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva;
Que, asimismo la OCAI señala que, dada la naturaleza de la Reunión, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los referidos servidores del SENASA, en tanto su participación en la Reunión permitirá agilizar el proceso de apertura de los productos de interés para el Perú y definir con el SENASICA la lista definitiva de plagas para la regulación, así como las medidas de manejo del riesgo fitosanitario para la exportación de frutos frescos de granada a México. Así también, se busca comprometer al SENASICA para que dé inicio al proceso de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) de plantas y plantines de arándano, haba en grano y jengibre con rizoma fresco; y realizar el seguimiento y actualización de las gestiones de acceso del material de propagación hacia el Perú;
Que, los gastos que irrogue el viaje de los servidores comisionados, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certificación de crédito presupuestario contenida en las Notas Nº 0000003321, N° 0000003244, N° 0000003243, y N° 0000003245;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;
Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, mediante Informe N° 0767-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje de los servidores Orlando Antonio Dolores Salas, María Verónica del Rosario Sánchez Valencia e Inés Midori Quispe Luján, con la finalidad de participar en la Reunión;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de asegurar la participación oportuna de los servidores designados, resulta necesario autorizar su viaje del 16 al 19 de junio de 2025, conforme se señala en el Anexo 5, Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior, de la Directiva y a la demás documentación que obra en el expediente;
Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los servidores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal; María Verónica del Rosario Sánchez Valencia, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; e Inés Midori Quispe Luján, Analista de Cuarentena Vegetal Avanzado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), a la ciudad de Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 16 al 19 de junio de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al Presupuesto del Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Viáticos US $ 440 (2 días act. + 1 día instalación) |
Pasajes aéreos US $ (ida y vuelta) |
Monto Total US $ |
Orlando Antonio Dolores Salas |
1,320.00 |
1,085.50 |
2,405.50 |
María Verónica del Rosario Sánchez Valencia |
1,320.00 |
1,085.50 |
2,405.50 |
Inés Midori Quispe Luján |
1,320.00 |
1,085.50 |
2,405.50 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados citados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante la Titular del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2409366-1