Aprueban Directiva N° 0008-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la Inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar”

resolución directoral

N° 0010-2025-EF/53.01

Lima, 9 de junio de 2025

VISTO:

El Informe N° 2308-2025-EF/53.04 de la Dirección de Gestión de Personal Activo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, según lo establecido en el literal k) del artículo 4 del Decreto de Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, la Planilla Única del Sector Público es el instrumento que contiene la información sobre los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, la misma que es gestionada a través del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) o el sistema informático que haga sus veces. Dicha información constituye la única fuente para la autorización de pago de dichos ingresos;

Que, el literal a) del artículo 34 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con el literal c) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la planilla única de pago de las entidades públicas solo es afectada por los descuentos establecidos por ley, por cuotas sindicales expresamente autorizadas por el servidor, y por mandato judicial expreso, de corresponder;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 010-2014-EF, Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos, se regulan los descuentos y la adecuación de los mismos en la planilla única de pagos de las entidades del Sector Público, en lo que corresponde a conceptos expresamente solicitados y autorizados por el servidor o cesante;

Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final de las Normas reglamentarias para que las entidades públicas adecúen y realicen descuentos en la Planilla Única de Pagos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 010-2014-EF, establece entre otros, que el Ministerio de Economía y Finanzas habilitará un registro en el que inscribirá a los Fondos de bienestar y establecerá los requisitos que deberán cumplir aquellos Fondos que soliciten ser inscritos en el mismo;

Que, conforme con lo señalado en el literal b) del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1666, es función de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos la aprobación de directivas y lineamientos para la gestión eficiente de los fondos públicos destinados a las materias de su competencia, alineados con los principios de Sostenibilidad Fiscal y Responsabilidad Fiscal;

Que, con la finalidad de establecer los lineamientos para la inscripción en el registro de Fondos de Bienestar que administra el Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de afectar la planilla única de pagos y para efectuar, a través de ella, el pago de obligaciones asumidas por el servidor o cesante, vinculadas a los conceptos de bienestar, resulta necesario aprobar los Lineamientos para la inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar;

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Supremo N° 010-2014-EF, Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos, y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar la Directiva N° 0008-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar”, la misma que como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como de la Directiva N° 0008-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar”, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

DEROGATORIA

Única.- Derogatoria

Derogar la Resolución Directoral N° 0009-2025-EF/53.01 que aprueba la Directiva N° 0007-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar”, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERINA ELIZABETH SAAVEDRA TAPIA

Directora General (e)

Dirección General de Gestión Fiscal

de los Recursos Humanos

2408948-1