Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la “Colección Pedro E. Paulet”, custodiada en el Archivo Histórico Casa Fernandini
RESOLUCIóN VICEMINISTERIAL
N° 000140-2025-VMPCIC/MC
San Borja, 11 de junio del 2025
VISTOS; el Oficio N° 000145-2025-AGN/JEF de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación; la Hoja de Elevación N° 000315-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación son bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la citada norma establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este Ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la referida norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, además, el literal b) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 005- 2018-MC, señala que la Dirección de Archivo Histórico es el órgano de línea responsable de identificar, inscribir y registrar los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación en el ámbito de su competencia;
Que, con CARTA N° 015-2025-AH-CF, el Jefe de Archivo Histórico Casa Fernandini presenta un expediente de propuesta para declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de la “Colección Pedro E. Paulet” del Archivo Histórico Casa Fernandini;
Que, a través del Oficio N° 000145-2025-AGN/JEF, la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación propone la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación a la “Colección Pedro E. Paulet”, custodiada en el Archivo Histórico Casa Fernandini;
Que, a través del Memorando N° 000408-2025-AGN/DAH, la Dirección de Archivo Histórico alcanza los Informes N° 000087-2025-AGN/DAH-URDPD y N° 000025-2025-AGN/DAH-URDPD-EBB, documentos en los cuales se realiza la evaluación técnica de los procedimientos desarrollados por la Unidad Funcional de Registro y Defensa del Patrimonio Documental, exponiendo el sustento técnico, respecto a la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación a la “Colección Pedro E. Paulet”, la cual de acuerdo al significado, valor e importancia de su contenido, presenta valores histórico, social, científico y documental que se encuentran relacionados a la identificación de su autenticidad, antigüedad, en su contenido, siendo considerado una fuente primaria de investigación histórica dada su valoración documental;
Que, el valor documental, la “Colección Pedro E. Paulet” es fuente primaria para la investigación histórica porque contiene diferentes tipos documentales que muestran el lado personal y profesional del científico peruano. Uno de ellos son las cartas privadas, pues nos permiten conocer desde una mirada íntima los pensamientos y sentimientos de quien lo escribe y su entorno cercano. Es a través de la correspondencia personal que se tejen redes de tipo amical, familiar, entre otras, lo cual enriquece los estudios de historia social y de mentalidades. Un ejemplo son las cartas que Paulet le escribe a su amigo Eulogio Fernandini entre 1911 y 1912. El vínculo de amistad y la confianza entre ambos fue tal que este último le encargó la formación de su sobrino Héctor del Valle, con quien viajará a Europa para que complete sus estudios. La correspondencia contiene detalles al respecto, además de los planes profesionales que estaba desarrollando en ese momento en el campo de la ingeniería química. Cabe mencionar que Paulet tuvo especial cuidado en copiar algunas cartas que le había enviado a Fernandini pues podían extraviarse en el trayecto, una situación bastante común en aquella época. Generalmente este tipo documental no se conserva por mucho tiempo, lo que le da un valor notable como fuente histórica;
Que, el valor social de esta colección se encuentra en que esboza una parte de la vida de este notable personaje y no permite conocer su entorno, más allá de sus escritos como funcionario o su trabajo científico. A través de su correspondencia se tiene información de un periodo no tan conocido de Paulet: el último año en que fue director de la Escuela de Artes y Oficios, antes de enrumbar hacia el Viejo Mundo, los detalles de su travesía y las dificultades durante su estancia en estas tierras, el reencuentro con profesores y colegas en París, su casamiento con la belga Luisa Wilquet, su interés por retomar sus proyectos anteriores como la implementación del ácido sulfúrico o el estudio del vanadio; y su papel como responsable de la educación de Héctor del Valle, sobrino de Fernandini, en Europa. En el contrato privado firmado por ambas partes, el cual se encuentra en la colección, Paulet debía encargarse de buscar el centro de estudios más adecuado para el joven, visitarlo regularmente, comprar su vestuario y equipos, escoger los lugares que debía frecuentar para su formación y brindarle todo lo necesario. Esta información da una idea de cómo era la educación de un miembro de la elite oligárquica peruana en la década de 1910, es decir, dónde debía estudiar, qué materias o idiomas debía aprender, cómo debía comportarse o vestirse, cuánto costaba su formación, etc.;
Que, por otro lado, encontramos documentos como el proyecto para la urbanización y embellecimiento de Lima, los cuales dan testimonio de la preocupación que tuvo Pedro Paulet por mejorar la calidad de vida de la población limeña, en constante crecimiento debido a las migraciones internas y externas. El arquitecto peruano fue consciente de que la remodelación y modernización de la ciudad con la construcción de nuevos edificios, espacios públicos o viviendas atraería el turismo, beneficiando a la comunidad. nos permiten conocer las historias de vida de personas que llegaron al Perú en busca de nuevas oportunidades. Los expedientes de nacionalización contienen detalles sobre sus ocupaciones, sus familias, y sus contribuciones a la comunidad;
Que, el valor científico de esta colección consiste en que permite conocer las propuestas que tuvo Paulet en el campo de la industria química en el Perú; lo cual también fue del interés de Eulogio Fernandini, pues poseía yacimientos mineros donde se extraía pirita y vanadio, dos minerales que Paulet consideró de vital importancia para sus proyectos. La asociación entre ambos personajes fue de apoyo mutuo incluso cuando este estuvo de viaje por Europa, algo que se evidencia en su correspondencia. Por ejemplo, Paulet le comentó en una carta que vio a sus antiguos profesores en París y le recomendó contactar con Carlos Chabrier, director del Instituto Químico de la Universidad de París, a fin de que le envíe muestras de vanadio y las analice de forma gratuita; lo cual le agradece en otra carta. El ingeniero peruano conocía perfectamente la utilidad de este mineral para sus experimentos científicos (motor cohete), gracias a su naturaleza dúctil y resistente. También se interesó por el estudio y aprovechamiento de la pirita para la producción de ácido sulfúrico. En una carta a Fernandini le expresó su deseo de retomar un proyecto postergado sobre la posibilidad de establecer una industria de este compuesto químico en el país. Esto demuestra el carácter visionario de Paulet, ya que en la actualidad el ácido sulfúrico tiene una alta demanda y su producción es masiva;
Que, asimismo, Pedro Paulet estuvo al tanto de las transformaciones que experimentaron las principales ciudades del mundo en el tiempo que viajó a Europa, América del Norte y Asia, cuya experiencia le sirvió para esbozar lo que serían sus “Explicaciones del proyecto para la urbanización y embellecimiento del norte de Lima”; un plan de modernización de la ciudad que tuvo como núcleo el Centro de Lima y el Rímac. Tal como se mencionó líneas atrás, la colección conserva el proyecto original con su plano, donde el arquitecto peruano detalló sus planes de urbanizar y rectificar el cauce del río Rímac con la finalidad de mejorar la parte baja de dicho río, eliminando los muladares y adecuando la zona mediante un trabajo de terraplenes, lo cual haría posible la revalorización del lugar. Consideró, asimismo, edificar un monumento arquitectónico a Santa Rosa de Lima en el Cerro San Cristóbal, de tal manera que este sería el punto de origen para la construcción de nuevas avenidas exteriores: una principal destinada al tráfico internacional entre el Callao y la Montaña (Gran Diagonal Peruana) y otra red complementaria que uniría la carretera norte con la carretera sur. En el plano se observa la visión de ciudad que quería Paulet: una con grandes avenidas, aeropuerto para aviones e hidroaviones, lago artificial, parque de atracciones, parque zoológico, velódromo, invernadero, teatros, plazas, viviendas modernas, etc.;
Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación y, en ese sentido, el Memorando N° 000408-2025-AGN/DAH y los Informes N° 000087-2025-AGN/DAH-URDPD y N° 000025-2025-AGN/DAH-URDPD-EBB constituyen partes integrantes de la presente resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Archivo General de la Nación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la “Colección Pedro E. Paulet”, custodiada en el Archivo Histórico Casa Fernandini, conforme se aprecia en el anexo que es parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Archivo General de la Nación y al Archivo Histórico Casa Fernandini.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MOIRA ROSA NOVOA SILVA
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2408805-1