Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad Ejecutora 002: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General
Resolución Ministerial
Nº 248-2025-MINEDU
Lima, 10 de junio de 2025
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº MPV2025-EXT-0519924; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, mediante la Resolución Ministerial Nº 637-2024-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 010: M. de Educación, por la suma de S/ 13 225 912 066,00 (TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;
Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisando además que dicha resolución se publica en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, con la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, mediante el Oficio Nº 000162-2025-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República, solicita a la Oficina General de Administración del Ministerio de Educación realizar una transferencia financiera a su favor, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), que corresponde al cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV), correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo a auditar 2025;
Que, con el Memorándum Nº 00542-2025-MINEDU/SG-OGA y el Informe Nº 00045-2025-MINEDU/SG-OGA-OCCP la Oficina General de Administración (OGA) sustenta y solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), correspondiente al cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, para los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación por el periodo a auditar 2025, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, modificado por la Ley Nº 30742 y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG;
Que, con el Informe Nº 01052-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable sobre la Transferencia Financiera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para financiar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación por el periodo a auditar 2025, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, modificado por la Ley Nº 30742 y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG; por cuanto, la propuesta se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector de Educación, y se cuenta con los recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 024: Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 002: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, modificado por la Ley Nº 30742, y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias; la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modificada por la Resolución Directoral Nº 0001-2025-EF/50.01; y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 024: Sede Central, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 002: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo a auditar 2025, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; de acuerdo al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3.- La Contraloría General de la República, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución y Anexo a la Oficina General de Administración del Ministerio de Educación, para que efectúe las acciones que correspondan.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución, en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Morgan Niccolo Quero Gaime
Ministro de Educación
2408684-1