Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° D000149-2025-MIDIS

San Isidro, 10 de junio del 2025

VISTOS:

El Oficio N° 000161-2025-CG/GRECE, emitido por la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; el Informe N° D000164-2025-MIDIS-OGA, emitido por la Oficina General de Administración; el Informe N° D000184-2025-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000153-2025-MIDIS-OP, emitido por la Oficina de Presupuesto; y el Informe N° D000401-2025-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público, y pliego presupuestal;

Que, mediante Resolución Ministerial N° D000201-2024-MIDIS, se aprobó, entre otros, el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2025 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, conforme a lo indicado en el tercer párrafo del artículo 20 de la citada Ley Nº 27785, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el diario oficial El Peruano;

Que, en esa línea, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por período a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, bajo ese marco, mediante el Oficio N° 000161-2025-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República en el marco de lo establecido en la Ley N° 30742 y sus modificatorias, solicita al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar una transferencia financiera a su favor, para el financiamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría para los períodos 2025 y 2026, correspondiéndole por cada periodo, la suma de S/ 821 658,00 (OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), para financiar la retribución económica incluido IGV;

Que, al respecto, mediante Informe N° D000164-2025-MIDIS-OGA, la Oficina General de Administración, en el marco de su competencia, no formula observaciones para la transferencia financiera en el presente año fiscal 2025, por un monto de S/ 821 658,00, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 Sede Central, Pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para cubrir los gastos de retribución económica incluido IGV para la contratación de la sociedad auditora (periodo auditado 2025);

Que, asimismo, mediante Informe N° D000153-2025-MIDIS-OP, la Oficina de Presupuesto, en el marco de su competencia, emite opinión favorable para la transferencia financiera en el presente año fiscal 2025, hasta por un monto de S/ 821 658,00, a favor de la Contraloría General de la República, destinado a la retribución económica del periodo 2025, incluido el IGV, para la designación de la sociedad de auditoría del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; lo cual cuenta con la conformidad de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de acuerdo con lo expresado en el Informe N° D000184-2025-MIDIS-OGPPM;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 821 658,00 (OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, destinado a financiar el pago de la retribución económica del ejercicio 2025, incluido el IGV, para la designación de la sociedad de auditoría del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y, la Resolución Ministerial N° D000026-2025-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de S/ 821 658,00 (OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, destinado a financiar el pago de la retribución económica del periodo 2025 incluido el IGV, para la designación de la sociedad de auditoría del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central – MIDIS, Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, según Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Acciones Administrativas

Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Administración de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central - MIDIS, para la realización de las acciones administrativas que correspondan.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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