Aprueban el diseño de la cédula de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2025
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000091-2025-JN/ONPE
Lima, 9 de junio de 2025
VISTOS: El Informe Nº 000103-2025-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000609-2025-SGPE-GGE/ONPE de la Subgerencia de Producción Electoral de la Gerencia de Gestión Electoral; la Hoja de Elevación Nº 000042-2025-GG/ONPE de la Gerencia General; así como, el Informe Nº 000286-2025-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (LOONPE);
Mediante el Decreto Supremo Nº 128-2024-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 23 de noviembre de 2024, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2025 (EMC 2025), para el 28 de septiembre de 2025, con la finalidad de elegir a alcaldes y regidores de los concejos municipales en el distrito de Pion, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; y en el distrito de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca;
De conformidad con los literales b) y c) del artículo 5 de la LOONPE, es función de la ONPE diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos electorales a su cargo; así como planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente;
Asimismo, según los artículos 159 y 165 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), es competencia de la ONPE determinar las características y el diseño de la cédula de sufragio, además de disponer su impresión y distribución, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;
Igualmente, corresponde que el diseño y el procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos deban publicarse y presentarse ante los personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos, con el objeto de que los personeros puedan presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con el artículo 167 de la LOE;
Al respecto, con Resolución Nº 0423-2024-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el cronograma electoral en el marco de las EMC 2025, en el que fijó el día 10 de junio de 2025 como fecha límite para la presentación de la lista de candidatos ante el Jurado Electoral Especial. Por ende, dentro de los dos (2) días calendario después de la fecha indicada, la ONPE debe proceder con la publicación del diseño de la cédula y sus especificaciones técnicas;
De acuerdo con lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en el literal b) del artículo 70 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE, la Gerencia de Gestión Electoral, a través del informe de Vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de los diseños y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio correspondientes a las EMC 2025;
La Gerencia General, mediante el documento de Vistos, presentó a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para las elecciones antes referidas, recomendando su aprobación y publicación; por lo que es necesario emitir la resolución jefatural correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales m) y n) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE;
Con el visado de la Secretaría General y la Gerencia General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica, y de Gestión Electoral;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2025, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2 (anverso y reverso), y sus especificaciones técnicas están contenidas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Poner el contenido de la presente Resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como de las organizaciones políticas participantes en las EMC2025.
Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano
www.gob.pe/onpe y en el portal de Transparencia de la Entidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL DISEÑO
DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
ELECCIONES MUNICIPALES
COMPLEMENTARIAS 2025
1. MEDIDAS:
1.1 La cédula de sufragio tiene las siguientes dimensiones:
1.1.1 Será de 15.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho, en formato horizontal.
2. ANVERSO:
2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en negro en la esquina superior derecha. Debajo, centrado en dos líneas, se encuentra el nombre del proceso electoral “ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2025” y el nombre de la región a la que pertenece, ambos en letras de color negro. El escudo nacional está impreso en negro en el extremo izquierdo, y el isotipo de la ONPE en negro en el extremo derecho.
2.2 Subtítulo: se muestra un recuadro de fondo negro, donde se incluye el nombre del distrito al cual pertenece, en letras de color blanco.
2.3 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro de fondo gris, con el texto: “MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA
DENTRO DEL RECUADRO DEL SIMBOLO DE SU PREFERENCIA”, en letras de color negro dividido en dos líneas.
2.4 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla dos filas. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color celeste con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco en forma diagonal ascendente. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:
2.4.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.4.2 Símbolos de las Organizaciones Políticas al lado derecho, impresos a todo color, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.
2.5 Pie de página: se presenta un recuadro de fondo gris y debajo en la esquina inferior izquierda, se observa un código de barras impreso en color negro.
3. REVERSO:
3.1 Fondo de color gris, con las siglas: “JNE ONPE RENIEC” con letras de color blanco, caladas y repetidas uniformemente en diagonal ascendente a lo largo de toda el área del fondo.
3.2 El encabezado presenta dos secciones diferenciadas: la primera, con el título “ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2025”, distribuido en dos líneas; la segunda, el texto “ORGANISMOS ELECTORALES” y debajo las siglas “JNE - ONPE – RENIEC” en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.
3.3 Se ha consignado el título: “CEDULA DE SUFRAGIO”, centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisa las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: “FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE INSTALACION”, en letras de color negro centrado en dos líneas.
3.4 A continuación, se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.
El diseño de cédula publicado mide 21.00 cm. de ancho x 15.00 cm. de largo, es de formato horizontal a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.
2407886-1