Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito de Lurín
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2025-ALC/MDL
Lurín, 6 de junio de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que, según lo prescrito por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que, son atribuciones del alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, el 28 de julio del presente año, se celebra el 204º Aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú;
Que, esta gestión municipal, ha adoptado como política de gobierno local, promover los valores cívicos y patrióticos en la comunidad distrital, incentivando la participación cívica de los vecinos, resaltando el respeto a los símbolos patrios;
Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER, con carácter obligatorio, el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Lurín, a partir del 1 de julio de 2025, hasta el 31 de julio de 2025, con motivo de conmemorarse el 204º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- ESTABLECER, que las banderas y pabellones nacionales a izar, deberán encontrarse en buen estado de conservación, como muestra de respeto a los símbolos patrios.
Artículo Tercero.- EXHORTAR y recomendar, a la ciudadanía del Distrito de Lurín, la limpieza, el resane y pintado de las fachadas de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Lurín que lo requieran para su mejor presentación y ornato, previo a la colocación de la Bandera Nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR, a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Municipal, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Sistemas, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN RAÚL MARTICORENA PEREZ
Alcalde
2407539-1