Aprueban vacantes y cargos a desempeñarse por Oficiales Generales, Oficiales Superiores y Personal Técnico del Ejército del Perú en las Agregadurías a las Misiones Diplomáticas del Perú en el Exterior

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 014-2025-DE

Lima, 6 de junio de 2025

VISTOS:

El Oficio Nº 3562 S-CGE/N-01.3/02.00 del Secretario de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio Nº 01051-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 207-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal Nº 00969-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG (en adelante, el Reglamento), establece que el personal militar nombrado ante las Agregadurías en el exterior, asume un cargo de interés institucional y nacional, brindando un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables;

Que, el artículo 6 del citado Reglamento, modificado mediante Resolución Ministerial Nº 0272-2021-DE, señala que dentro de los cargos a ocupar por el Personal Militar nombrado, se encuentra el de Agregado Militar, Naval o Aéreo, el cual es desempeñado por un Oficial del grado de General de Brigada, Contralmirante, Mayor General, Coronel o Capitán de Navío, según corresponda, acreditado a una Embajada; así como, el de Agregado Militar, Naval o Aéreo Adjunto, el cual es desempeñado por un Oficial del grado de Coronel, Capitán de Navío, Teniente Coronel, Comandante o Capitán de Fragata, según corresponda; igualmente, señala que dentro de los cargos a ocupar por el Personal Militar nombrado, se encuentra el de Auxiliar de Agregaduría, el cual es desempeñado desde el grado de Técnico de Primera hasta Técnico Superior;

Que, el literal a) del artículo 14 del Reglamento acotado, modificado mediante Resolución Ministerial Nº 1123-2021-DE, señala que el proceso de selección se inicia con la publicación de la Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, que aprueba el número de vacantes y los cargos a desempeñar por el personal militar en las Agregadurías del exterior, para el año siguiente, para lo cual las Instituciones Armadas previamente deberán remitir los mencionados cargos al Ministerio de Defensa;

Que, asimismo, el artículo 15 del Reglamento, modificado mediante Resolución Ministerial Nº 1123-2021-DE, dispone el nombramiento del Personal Militar para las Agregadurías en el exterior por un periodo máximo de dos años;

Que, el tercer párrafo del artículo 14 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y el tercer párrafo del artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establecen que el personal militar en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior, en representación de su institución, debiéndose cumplir con el requisito de temporalidad antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro;

Que, mediante Oficio Nº 3562 S-CGE/N-01.3/02.00, el Secretario de la Comandancia General del Ejército del Perú remite la propuesta institucional de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en las Agregadurías en el exterior;

Que, mediante el Oficio Nº 01051-2025-MINDEF/VRD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico Nº 207-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa considera necesario aprobar las vacantes y cargos de Agregadurías a ser desempeñados por Oficiales Generales, Oficiales Superiores y personal Técnico del Ejército del Ejército del Perú, en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, por un periodo máximo de dos (2) años;

Que, mediante el Informe Legal Nº 00969-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable aprobar, por medio de resolución suprema, las vacantes y cargos de Agregadurías a ser desempeñados por Oficiales Generales, Oficiales Superiores y personal Técnico del Ejército del Perú, en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, conforme al marco normativo sobre la materia;

Estando a lo propuesto; y,

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas; el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; y, la Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las vacantes y cargos a ser desempeñados por el Personal de Oficiales Generales y Oficiales Superiores del Ejército del Perú en las Agregadurías a las Misiones Diplomáticas del Perú en el Exterior, a partir del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con el detalle siguiente:

1) (01) Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay.

2) (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil.

3) (01) Agregado Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.

4) (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Popular China.

5) (01) Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y Oficial de Enlace en el Comando Sur.

6) (01) Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa.

7) (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India.

8) (01) Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel.

9) (01) Agregado Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos.

10) (01) Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús.

11) (01) Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús.

Artículo 2.- Aprobar las vacantes y cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico del Ejército del Perú en las Agregadurías a las Misiones Diplomáticas del Perú en el Exterior, a partir del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2028, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con el detalle siguiente:

1) (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay.

2) (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia.

3) (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil.

4) (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en Canadá.

5) (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia.

6) (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República de Corea.

7) (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Popular China.

8) (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República Francesa.

9) (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la India.

10) (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de Israel.

11) (01) Auxiliar a la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos.

12) (01) Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús.

Artículo 3.- En aquellos países donde haya más de un Agregado, se designará al más antiguo como Agregado de Defensa y a los otros Oficiales como Agregados de Defensa Adjuntos y Militar, Naval o Aéreo, según corresponda.

Artículo 4.- Autorizar al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y término de los cargos descritos en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Suprema, sin incrementar la cantidad de días descrita en los citados artículos.

Articulo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectúa con cargo a las partidas presupuestarias del Ejército del Perú, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ

Ministro de Defensa

2407454-5