Delegan funciones en el/a Gerente/a General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA
N° D000118-2025-CONADIS-PRE
Lince, 6 de junio del 2025
VISTOS:
El Proveído N° D002879-2025-CONADIS-PRE, de la Presidencia del Conadis; y, el Informe N° D000417-2025-CONADIS-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; la Nota N° D000537-2025-CONADIS-GG de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad (LGPCD), establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (en adelante, Conadis) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad. Está constituido como un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; asimismo, el artículo 79 dispone que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia;
Que, asimismo, el numeral 85.1 del artículo 85 del TUO de la LPAG, dispone que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo General;
Que, con relación a la competencia de las entidades públicas, el artículo 72 del TUO de la LPAG, determina que la competencia de las mismas tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquellas se derivan, y, que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° D000219-2025-MIMP-DM, autorizó el viaje de la Presidenta del Conadis, Sandra Pilar Piro Marcos, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América del 09 al 14 de junio de 2025 a participar en la 18° sesión de la Conferencia de Estados Parte de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (COSP18), a llevarse a cabo del 10 al 12 de junio de 2025, en la citada ciudad;
Que, a consecuencia de la autorización de viaje y posterior ausencia de la Presidenta al mando del Conadis, corresponde establecer las condiciones adecuadas para brindarle continuidad a la gestión y mantener la operatividad institucional, cautelando el cumplimento de los fines y objetivos institucionales, y como consecuencia de ello, formalizar el acto administrativo que se requiera y a través del Proveído N° D002879-2025-CONADIS-PRE, desde la Presidencia se dispone que la Gerencia General adopte las acciones administrativas que correspondan para la delegación o suplencia pertinente;
Que, el TUO de la LPAG establece excepciones indelegables de su titular como es la función de suscribir resoluciones de procedimientos sancionadores o aquellos que agotan la vía administrativa; no obstante, el literal p) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad aprobado con Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, la Presidencia tiene la facultad de:
p. Delegar, a el/la Gerente/a General, parte de las funciones asignadas, incluyendo la suplencia por encargo, en los casos de impedimento o ausencia, debidamente justificados, con las mismas atribuciones y responsabilidades.
Que, conforme al artículo 67 de la LGPCD, concordante con el artículo 11 del Texto Integrado del ROF del CONADIS aprobada por Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, la Gerencia General, es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad administrativa; además, es responsable de la conducción, coordinación y supervisión de la administración interna y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de asesoramiento y de apoyo de la entidad:
Que, con la Resolución de Presidencia N° D000001-2025-CONADIS-PRE, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 6 de enero de 2025, y sus modificatorias, la Presidencia delegó en el Gerente General diversas funciones en materia administrativa, de planeamiento, presupuestal, de tesorería, en recursos humanos, en inversión pública y en materia contable, con el propósito de aliviar las funciones propias de la titular de la entidad y agilizar los procesos involucrados;
Que, conforme al marco normativo expuesto y lo dispuesto por la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), resulta legalmente viable delegar en el Gerente General las funciones expuestas precedentemente durante su ausencia del 9 al 14 de junio de 2025, razón por la cual, se propone la emisión del acto resolutivo correspondiente.
Que, mediante informe N° D000417-2025 de la Oficina de Asesoría Jurídica, en la cual concluye que resulta legalmente viable delegar en el Gerente General las funciones de la Presidencia del Conadis, cuyas funciones se encuentran establecidas en el artículo 10 del Texto Integrado del ROF del Conadis, de los siguientes literales: a), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n) y q); durante su ausencia del 9 al 14 de junio del 2025, razón por la cual se propone la emisión del acto resolutivo correspondiente;
Que, conforme lo dispuesto en el literal q) del artículo 10 del Texto Integrado del ROF del Conadis, la Presidencia tiene la facultad de emitir actos resolutivos en el marco de su competencia;
Con el visado de la Gerencia General; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE; y, la Resolución Suprema N° 005-2023-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DELEGAR en el/a Gerente/a General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, durante el periodo del 9 al 14 de junio de 2025, las funciones que se detallan a continuación:
a. Dirigir y supervisar el diseño e implementación de las políticas públicas en materia de discapacidad, en el marco del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS) y de la Política Nacional en materia de Discapacidad;
c. Presidir y dirigir las sesiones del Consejo Directivo;
d. Supervisar el cumplimiento de políticas públicas en la entidad, así como aquellas en materia de discapacidad;
e. Conducir las relaciones y articulación con los gobiernos regionales y gobiernos locales y otras entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales en materia de discapacidad;
f. Dirigir, coordinar, supervisar y controlar las acciones de los órganos de línea y de la Gerencia General en armonía con los objetivos institucionales;
g. Representar al CONADIS ante las autoridades nacionales y extranjeras;
h. Presentar al Consejo Directivo las estrategias institucionales del CONADIS;
i. Presentar la Memoria Anual y los Estados Financieros para ser aprobados en sesión del Consejo Directivo;
j. Celebrar convenios, contratos y otras gestiones de carácter institucional con entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras, de conformidad con la normativa vigente;
k. Aprobar asignaciones, donaciones, legados y transferencias a favor del Conadis, o que este otorgue, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia, dando cuenta del consejo Directivo;
l. Conducir la coordinación multisectorial e intergubernamental del SINAPEDIS orientada al cumplimiento de las políticas públicas en materia de discapacidad;
m. Aprobar normas y documentos técnicos de los procedimientos que ejecutan los órganos de línea del CONADIS, en concordancia con las políticas institucionales y la normativa vigente;
n. Proponer al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables proyectos normativos y/o documentos normativos en materia de discapacidad y otros según corresponda;
q. Emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; y,
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario Oficial “El Peruano” y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta
Consejo Nacional para la Integración
de la Persona con Discapacidad
2407452-1