Autorizan viaje de personal naval al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00669-2025-DE
Lima, 4 de junio del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 4364/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01216-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01092-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 211/43, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI) remite a la Marina de Guerra del Perú, el programa de reuniones para el año 2025 de la OMI, en el cual se encuentra considerado la realización del 110° Periodo de Sesiones del Comité de Seguridad Marítima (MSC), a llevarse a cabo en la sede de la Organización Marítima Internacional (OMI);
Que, con Oficio N° 4364/51, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Samuel Isaac NAMIHAS CASTRO, identificado con CIP N° 00904661 y DNI N° 43383090, como titular, y del Capitán de Fragata Anthony Manuel GUTIERREZ TONG, identificado con CIP N° 00010066 y DNI N° 43317613, como suplente, para participar en la referida actividad, a realizarse en la sede de la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 18 al 22 de junio de 2025; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 16 de junio y su retorno el 24 de junio de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 074-2025; la Hoja de Gastos N° 109-2025; la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 116-2025; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000016 y N° 0000000052 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar designado para participar en el citado evento, por cuanto, les permitirá estar actualizados sobre las decisiones de los Estados Miembros en lo relativo a las normas más estrictas para la protección de la vida humana en la mar y la seguridad marítima, eficacia de la navegación, prevención y control de la contaminación ocasionada por los buques. Asimismo, permitirá adquirir conocimientos y experiencias relativo a la construcción, navegación, equipo de buques, reglas destinadas a prevenir abordajes, manipulación de cargas peligrosas y procedimientos sobre la seguridad de los buques; así como, conocer y mejorar las nuevas enmiendas al Convenio para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS 74) y otros relativos a la seguridad marítima, beneficiando al Estado Peruano al mantenerse como Estado Miembro del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI) en la Categoría “C”;
Que, mediante el Oficio N° 01216-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 135-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 01092-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatoria; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Samuel Isaac NAMIHAS CASTRO, como titular, y del Capitán de Fragata Anthony Manuel GUTIERREZ TONG, como suplente, para participar en el 110° Periodo de Sesiones del Comité de Seguridad Marítima (MSC), a realizarse en la sede de la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 18 al 22 de junio de 2025, así como autorizar su salida del país el 16 de junio y su retorno el 24 de junio de 2025.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima
(Clase económica)
US$ 2,171.15 x 1 persona US$ 2,171.15
Viáticos:
US$ 540.00 x 1 persona x 5 días US$ 2,700.00
Total a pagar: US$ 4,871.15
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal naval comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2406873-1