Aprueban, en vía de regularización, el Cronograma Trimestral de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias propuesto por la Segunda Sala Penal de Apelaciones, de la Corte Superior de Lima, para el Año Judicial 2025

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000375-2025-P-CSJLI-PJ

Lima, 22 de mayo del 2025

VISTO:

El Decreto Ley Nº 25476 de fecha 05 de mayo de 1992; el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, aprobado por la Sala Plena de la Corte Suprema, mediante Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo del 2011; el Oficio Múltiple Nº 003-2025-P-CSJLI-PJ, el Oficio Nº Adm.S/N-APE-2025-2ºSPA-CSJLI-PJ, de fecha 21 de mayo del 2025; y,

CONSIDERANDO:

Primero.- Mediante Decreto Ley Nº 25476, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias por parte de las Salas Penales de las Cortes Superiores de Justicia de la República, estableciendo su artículo segundo, que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley, así como el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. Es así, que por Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ, la Corte Suprema de Justicia de la República aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, estableciendo las reglas y el procedimiento de las mismas.

Segundo.- A través del Oficio de Visto, la Presidenta de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima, hace de conocimiento en vía de regularización, el rol de programación de las Audiencias Públicas Extraordinarias, programadas por la Sala a su cargo, para el presente año 2025.

Tercero.- Estando a lo antes expuesto, este despacho considera oportuno, aprobar el cronograma en vía de regularización de la realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, con arreglo a lo establecido en el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias y en procura del cumplimiento de los fines perseguidos por el Decreto Ley Nº 25476 y en la normativa vigente, emitiendo la resolución administrativa correspondiente.

En consecuencia, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR en vía de regularización el Cronograma Trimestral de realización de las AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS propuesto por la Segunda Sala Penal de Apelaciones, de la Corte Superior de Lima, para el presente Año Judicial 2025, el mismo que se detalla a continuación:

CRONOGRAMA DE AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS SEGUNDA SALA PELA DE APELACIONES 2025

TRIMESTRE

TRIMESTRE

TRIMESTRE

TRIMESTRE

Segunda Sala Penal de Apelaciones

21 de marzo

08:45 AM

20 de junio

08:45 AM

19 de septiembre 08:45 AM

19 de diciembre 08:45 AM

Artículo Segundo.- DISPONER que las Sala Penal mencionada en el artículo precedente, cumpla con realizar las Audiencias Públicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma aprobado, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo 4º del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.

Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a la Sala Penal respectiva, los informes sobre los procesos ordinarios y sumarios a que se refiere el artículo 3º del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano de Imagen y Comunicaciones de este Distrito Judicial la publicación y difusión de la presente resolución administrativa a través de la página web y del correo institucional y de las redes sociales oficiales; sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el punto 1 del artículo 5º de la Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ.

Artículo Quinto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de Lima, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Presidenta de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de este Distrito Judicial, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RICARDO GUILLERMO VINATEA MEDINA

Presidente de la CSJLima (e)

2406248-1